Usted ha recibido información sobre una futura promoción que podría interesarle y está valorando comprar sobre plano. Recuerde los aspectos básicos de estas operaciones y cómo protegerse frente a posibles riesgos.
Una opción interesante y habitual
Ventajas. La venta sobre plano es bastante habitual, ya que
ofrece algunos beneficios para el comprador. Apunte. Suele resultar entorno a un 15% más económica
que las convencionales, supone mayor facilidad de pago al irse abonando
cantidades a cuenta durante la construcción y permite la personalización de la
obra, pactando materiales y acabados o cambios en la distribución.
Inconvenientes. Al ser operaciones que se alargan varios años,
entrañan riesgos: desde que la promotora incumpla sus obligaciones hasta que
pueda resultar insolvente y entrar en concurso. ¡Atención! El resultado puede ser que la
vivienda finalmente entregada no se corresponda con la anunciada, o bien que no
se llegue a entregar. Para evitar riesgos, antes de contratar, solicite un
informe de solvencia de la promotora y recuerde los derechos y obligaciones que
conllevan estos contratos. Vea cuáles son.
Obligaciones del promotor
Entregas a cuenta. Sepa que el promotor debe
contratar garantías ?en relación con las cantidades de dinero que usted vaya a
entregar? y que debe informarle de los contratos y el nombre de las entidades
con las que sean suscritos. Apunte. Estas garantías son:
Contrato de seguro de caución con una
entidad aseguradora autorizada, o bien un aval solidario emitido por entidad de
crédito autorizada, por si la obra no se inicia o no llega a buen fin. Apunte. Puede verificar qué entidades están debidamente
autorizadas en la web del Ministerio de Economía: http://rrpp.dgsfp.mineco.es .
Ingresar las cantidades percibidas en
una cuenta especial de una entidad de crédito, de forma separada a cualquier
otra clase de fondos que le pertenezcan. Apunte. Y únicamente podrá disponer de ellas para atender
a pagos derivados de la construcción de la obra.
La publicidad obliga. Además, recuerde que en la
compraventa inmobiliaria cualquier información publicada o entregada al
comprador tiene carácter vinculante. Apunte. Por tanto, si la vivienda entregada no se ajusta
a lo publicitado, usted puede alegar incumplimiento y reclamar.
Cláusula de modificación. Hay que tener en cuenta que,
durante la construcción, pueden producirse modificaciones técnicas en el
proyecto; por ejemplo, porque lo solicita el ayuntamiento o el arquitecto
estima que son imprescindibles. Para ello, estos contratos suelen incluir una
cláusula de modificación. ¡Atención! No obstante, dichas
modificaciones no deben afectar a la habitabilidad o la funcionalidad (por
ejemplo, no pueden permitir pasar de vivienda a local) ni tampoco pueden
alterarse las calidades.
Con intereses...
Incumplimiento. Además,
sepa que en este tipo de contratos el promotor queda obligado a devolver las
cantidades percibidas a cuenta, incluidos los impuestos aplicables y los
intereses legales, en los siguientes supuestos:
Que la construcción no se inicie o termine en
los plazos convenidos en el contrato.
No se obtenga la cédula de habitabilidad, la licencia de primera ocupación o un documento equivalente que faculte para ocupar la vivienda.
Aunque la compra sobre plano es más económica, el hecho de hacer entregas a cuenta entraña riesgos. Asegúrese de que la promotora es solvente y ofrece las garantías legalmente requeridas para resarcirle frente a posibles modificaciones o incumplimientos.