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<title><![CDATA[Noticias]]></title>
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<description><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></description>
<lastBuildDate>Fri, 22 Apr 2022 06:38:44 +0200</lastBuildDate>
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<title><![CDATA[INMO NEWS]]></title>
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<item>
<title><![CDATA[¿La fianza solidaria es abusiva?]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/la-fianza-solidaria-es-abusiva.html]]></link>
<description><![CDATA[¿LA FIANZA SOLIDARIA ES ABUSIVA?]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Su empresa gestiona alquileres y a menudo usted solicita la firma de un
fiador solidario como garantía. ¿Es siempre válida esta cláusula? ¿Puede darle
problemas? Fiador.&nbsp;El fiador (o
avalista) es un tercero ajeno al contrato que garantiza el cumplimiento de las
obligaciones del arrendatario cuando este no cumpla.&nbsp;¡Atención!&nbsp;&nbsp;Pero existen dos tipos de fianza:

Fianza simple. Si no se pacta nada más, el fiador responde de forma
     subsidiaria. Por tanto, podrá ejercer su&nbsp;derecho de excusión,
     es decir, podrá oponerse al pago hasta que el arrendador acredite que ha
     reclamado contra el arrendatario y este es insolvente.Fianza solidaria.&nbsp;En cambio, si se pacta una fianza solidaria o el
     fiador&nbsp;renuncia al beneficio de excusión, en caso de
     incumplimiento el arrendador podrá reclamar indistintamente a uno o a
     otro.&nbsp;¡Atención!&nbsp;&nbsp;Pero... ¿y si el arrendatario es una
     empresa pero el fiador es un&nbsp;consumidor&nbsp;que actúa al
     margen de su actividad (por ejemplo, el padre del administrador de la
     empresa)? ¿Podrá alegar, como particular, que dicha renuncia al beneficio
     de excusión es abusiva?Ejemplo 1.&nbsp;Si se ha pactado la fianza para el caso de que el
     arrendatario no pague las rentas, no se puede reclamar al fiador por los
     daños causados por el arrendatario en la vivienda.Ejemplo 2.&nbsp;Si no se ha pactado que la fianza se extienda a
     las prórrogas del contrato, cuando termine el período inicial el fiador
     quedará liberado, salvo que firme nuevamente el pacto de fianza en el
     documento de prórroga del contrato.Ejemplo 3.&nbsp;Si durante el contrato se incrementa la renta de
     500 a 700 euros al mes y el fiador no interviene en esa modificación, solo
     se podrá reclamar al fiador hasta el límite de renta pactada en el
     contrato suscrito por este, es decir, hasta 500 euros mensuales.

Válida.&nbsp;Pues bien,
recientemente los tribunales han considerado que, siempre que esté redactada de
forma clara, la renuncia a los beneficios de excusión no es abusiva&nbsp;por
sí misma&nbsp;, ya que el consumidor no precisa de conocimientos
financieros o económicos especiales para su comprensión, y además la propia ley
permite esta posibilidad.

Extensión de la fianza.&nbsp;Ahora bien, como este tipo de fianza supone una restricción
de derechos del fiador, se considera que su aplicación debe ser restrictiva y
afectar solo al cumplimiento de las obligaciones expresamente pactadas.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Vea algunos ejemplos:



La fianza solidaria es
válida incluso para un consumidor, pero solo garantiza lo que el fiador haya
firmado. Téngalo en cuenta si modifica cualquier aspecto del contrato.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/la-fianza-solidaria-es-abusiva.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Thu, 21 Apr 2022 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Los electrodomésticos de la casa que consumen más electricidad]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/los-electrodomesticos-de-casa-que-consumen-mas-electricidad.html]]></link>
<description><![CDATA[LOS ELECTRODOMÉSTICOS DE LA CASA QUE CONSUMEN MÁS ELECTRICIDAD]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Con los precios de
la energía disparados quizás te plantees cuáles de tus electrodomésticos es el
que más gasta. Te lo aclaramos.La gasolina, por las nubes. Los costes de la energía,
ídem.. un bonito cóctel para que tu billetera se resienta. Podemos, desde
luego, intentar consumir de otra manera, directamente, consumir menos. Aparte,
saber realmente cuáles son los&nbsp;electrodomésticos&nbsp;de tu casa
que más electricidad consumen te ayudará también a tomar decisiones que
redunden en un mayor ahorro. Elaboramos un ranking&nbsp;de
los electrodomésticos que tienes en casa: de mayor a menor consumo. Vamos con
ello.

·&nbsp; El
frigorífico y el congelador:&nbsp;sí, si pensabas que el palmarés se lo llevaba otro
electrodoméstico, te equivocas. Es el que más consume debido a que nunca se
desconecta, claro está. De acuerdo con Red Eléctrica Española, gasta
aproximadamente el 14% de la energía total de una casa. ¿Qué hacer para
ahorrar? Comprar uno con etiquetado energético eficiente, abrir lo menos
posible las puertas, conservar debidamente los alimentos (nada por ejemplo de
introducir comida caliente, mejor quitar los envoltorios de papel de los
yogures?) y regular la potencia en función de la climatología exterior. También
es importante que la nevera no esté cerca del horno, de un radiador o de un
mirador o ventana soleada. Un frigorífico consume 662 kw/h al año (el
congelador, 563 kW/H de consumo anual).

·&nbsp; Televisor:&nbsp;puede ser responsable del 10% del
consumo energético de una casa, considerando las horas que nos pasamos delante
de él. Una de las formas más eficaces de ahorrar con este aparato es desconectarlo
cuando no lo estemos utilizando (dejarlo en stand by también gasta).

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;Lavadora:&nbsp;aquí llega la 3ª que más gasta, unos 255
kwh al año. El 80% del gasto en energía de este aparato viene del calentamiento
del agua; por este motivo es aconsejable, como medida de ahorro, lavar a baja
temperatura.

·&nbsp;&nbsp;Secadora:&nbsp;si tienes secadora, algo que es fundamental en
zonas muy húmedas y lluviosas, que sepas que ocupa la posición 4 del ranking,
con un consumo anual de 255 kWh. Para reducir el gasto es recomendable
centrifugar la ropa primero.

·&nbsp; Lavavajillas:&nbsp;246 kwh anuales de consumo energético.
Como sucede con la lavadora, la mayor parte de su gasto energético tiene lugar
durante el calentamiento de agua. ¿Qué recomendamos? Utilizar los programas
ECO, limpiar los filtros y un mantenimiento adecuado.

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;Horno:&nbsp;elemento esencial presente en cualquier
cocina que representa un 7% del consumo total de electricidad. Es uno de los
electrodomésticos que más gasta debido a la generación de calor: calculamos un
consumo anual de 231 kwh. Por este motivo es aconsejable, como medida de
ahorro, apagar el aparato completamente para aprovechar el calor que acumula
durante los últimos minutos de cocción de un plato y no abrir la puerta durante
su uso. Mejor, si queremos ver cómo va el guiso, utilizar la luz interior.

·&nbsp; Ordenador:&nbsp;antes de pandemia su consumo en casa podía ser
residual pero desde la Covid-19 y el teletrabajo, ¿Cuántas horas lo tienes
encendido en casa? Ojo: su consumo anual está en 172 kwh.

·&nbsp; Otros
pequeños electrodomésticos:&nbsp;el
microondas, la cafetera, la aspiradora o la plancha son algunos de los aparatos
del hogar que más consumo producen, ya que a pesar de tener una potencia baja,
originan calor. Sí, parece que no pero todo suma? Según Red Eléctrica de
España, estos electrodomésticos representan el 27% del gasto total en energía
de una vivienda.Unos consejillos
finales: cuidado con el stand-by. El consumo que hacen los electrodomésticos
en&nbsp;modo stand-by suele rondar los&nbsp;375 kWh al año. Una
buena medida para evitar este gasto es usar una regleta con interruptor para
aquellos que normalmente se quedan en este modo como son la televisión, el
ordenador, el microondas, la cafetera...Ojo con las tablets y
los móviles cargando: si los desenchufas y el enchufe sigue en la corriente,
estará consumiendo energía.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/los-electrodomesticos-de-casa-que-consumen-mas-electricidad.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Wed, 20 Apr 2022 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Contrato de alquiler con opción a compra]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/contrato-alquiler-con-opcion-compra.html]]></link>
<description><![CDATA[CONTRATO DE ALQUILER CON OPCIÓN A COMPRA]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Los&nbsp;contratos de alquiler&nbsp;con opción a compra de
vivienda son aquellos en los que el inquilino puede adquirir el inmueble una
vez que ha llegado a su fin el plazo marcado en el contrato de arrendamiento.
También puede comprarlo antes si consigue reunir el dinero. Te explicamos todo
lo relativo a ellos. Contrato de alquiler con
opción a compra, cómo funciona

Los&nbsp;contratos de alquiler con opción a
compra son dobles. Por un lado hay que crear un contrato de
alquiler y uno de compraventa. En idealista puedes descargar todos los&nbsp;modelos de contrato.

En
los&nbsp;contratos de alquiler&nbsp;con opción a compra hay
que dejar bien fijadas una serie de cuestiones. Las más importantes son:

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;Señal: El
interesado debe abonar una señal, normalmente el 10% del precio final de la
vivienda, para mostrar su interés en la compra.

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;La&nbsp;cuota
de las mensualidades&nbsp;de alquiler.

·&nbsp; &nbsp;&nbsp;El&nbsp;porcentaje
que se quita&nbsp;de cara a la futura compraventa.

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;El&nbsp;plazo&nbsp;en
el que finaliza el contrato de alquiler y en el que se debe formalizar la
adquisición del inmueble.Como en todos los
contratos de alquiler, hay que señalar&nbsp;quién se encarga de los gastos de la vivienda&nbsp;durante
el periodo del arrendamiento, quién costea las&nbsp;reparaciones,
las&nbsp;facturas,
etc.Pros y contras de un
contrato de alquiler con opción a compraFijar
unas&nbsp;ventajas y
desventajas&nbsp;universales para&nbsp; un contrato de alquiler
con opción a compra es complicado, ya que puede resultar&nbsp;beneficioso o perjudicial dependiendo
de la parte afectada. Estas son algunas de las claves:·&nbsp;Una vez firmado el contrato,&nbsp;el precio del inmueble no puede cambiar,
tanto el del alquiler como el de venta. Esto puede favorecer al inquilino, pero
no al arrendatario. Si el precio medio de la vivienda sube, no podrá vender su
inmueble más caro, ya que está fijada la cantidad en el contrato.·&nbsp;&nbsp;&nbsp;No&nbsp;se
puede vender el piso a terceras personas&nbsp;mientras tenga
vigencia el contrato de alquiler, aunque la oferta sea de mayor cuantía.·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Puede darse el caso de que&nbsp;el inquilino no quiera comprar la vivienda cuando
finalice su contrato. Si han aparecido otros compradores, estos
pueden haber perdido el interés debido a la espera.·&nbsp;El&nbsp;cobrar
una señal&nbsp;inicial por la vivienda supone una&nbsp;garantía para el propietario,
ya que puede cubrir los impagos (en caso de que ocurran) e, incluso, sufragar
los gastos económicos derivados de un desahucio.











·&nbsp;&nbsp;Los propietarios pueden disfrutar de las&nbsp;ventajas fiscales&nbsp;que
supone tener una vivienda alquilada.Contratos de alquiler
con opción a compra entre particularesSon
muy&nbsp;útiles para los particulares&nbsp;que quieran comprar un
inmueble, pero que no dispongan del capital necesario para hacerlo en ese
momento. De ese modo, van pagando parte del precio final mientras viven en la
casa que desean.¿Se puede comprar antes
de cumplir el contrato de alquiler con opción a compra?

Un inquilino que resida
en régimen de alquiler con opción a compra podrá adquirir la vivienda antes de
tiempo. Para ello, tendrá que&nbsp;abonar la cantidad restante
que corresponda.¿Quién paga el IBI en un
contrato de alquiler con opción a compra?

Como en
todos los contratos de alquiler (a no ser que se estipule lo contrario),&nbsp;el
propietario será quién pague el IBI. Otros gastos como la luz o
el agua pueden correr a cargo del inquilino, pero depende de las condiciones
contractuales.Contrato de alquiler con
opción a compra de finca rústica

Funcionan
igual que los contratos de alquiler con opción a compra de vivienda. En ellos
debe aparecer el&nbsp;precio de la compraventa,
el&nbsp;importe de las mensualidades, el porcentaje que se&nbsp;descuenta&nbsp;y
el&nbsp;plazo&nbsp;para hacer efectiva la compra.Impuestos contrato de
alquiler con opción a compra

Respecto
a los contratos de alquiler con opción a compra, el inquilino debe pagar el ITP
en un plazo máximo de 30 días desde la firma del contrato de arrendamiento. Por
el lado de la venta, también deberá&nbsp;abonar el ITP en un plazo
máximo de 30 días después de la compraventa.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/contrato-alquiler-con-opcion-compra.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Wed, 20 Apr 2022 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Situación familiar IRPF: todo lo que tienes que saber de cara a la Renta]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/situacion-familiar-irpf-todo-lo-que-tienes-que-saber-cara-a-renta.html]]></link>
<description><![CDATA[SITUACIÓN FAMILIAR IRPF: TODO LO QUE TIENES QUE SABER DE CARA A LA RENTA]]></description>
<content:encoded><![CDATA[La importancia del
modelo 145 en el IRPFEste
modelo posee especial relevancia, ya que, a la hora de la&nbsp;declaración de la renta,
puede implicar&nbsp;deducciones&nbsp;que supongan
un&nbsp;ahorro
considerable.

Cuando
se entra a trabajar en una compañía, la empresa solicita rellenar el&nbsp;modelo 145&nbsp;con el objetivo de conocer la&nbsp;situación personal y familiar del
asalariado. Con ello, podrá aplicar las retenciones
correspondientes de cara a la&nbsp;declaración
de la renta.

Así
mismo,&nbsp;el
contribuyente deberá comunicar cualquier cambio en su situación,
independientemente del momento en el que se produzca, a través, de nuevo, de la
entrega del modelo para que el pagador efectúe las modificaciones pertinentes
en su nómina.

Por
otro lado, los&nbsp;autónomos&nbsp;están obligados a presentar el&nbsp;modelo 145&nbsp;en
algunos escenarios como, por ejemplo, solicitar prestaciones por&nbsp;cese de actividad o si tienen empleado
a su cargo. En este supuesto, el autónomo&nbsp;está obligado&nbsp;a
que sus&nbsp;trabajadores
rellenen el formulario, indicando su situación personal y
familiar, para así establecer las&nbsp;retenciones
de IRPF.Deducción en el IRPF por
familia numerosaHacienda contempla&nbsp;una
deducción de 1.200 euros (100 euros al mes)&nbsp;a
las familias numerosas. En el caso de&nbsp;unidades
familiares&nbsp;de categoría especial, esta&nbsp;ventaja
fiscal&nbsp;puede ascender hasta 2.400 euros. Estos son los&nbsp;requisitos
para aplicar esta deducción:·&nbsp;&nbsp;Si eres un ascendiente o un hermano huérfano de padre y madre
que forme parte de una familia numerosa. Y cumples uno o varios de los
siguientes supuestos:·&nbsp;&nbsp;Realizas una actividad por cuenta propia o ajena por la cual
estés dado de alta en la Seguridad Social o Mutualidad.·&nbsp; Recibes prestaciones contributivas y asistenciales del sistema
de protección del desempleo.·&nbsp;&nbsp;Percibes pensiones abonadas por la Seguridad Social o por Clases
Pasivas.·&nbsp;&nbsp;Eres un profesional no integrado en el RETA y percibes, de las
mutualidades de previsión alternativas, prestaciones análogas a las anteriores.

·&nbsp;&nbsp;Podrás acreditar que formas parte de una familia numerosa con el
título oficial de familia numerosa o por cualquier medio de prueba admisible en
Derecho.Deducción por cónyuge
con discapacidad a cargoEn el
caso de que el cónyuge del contribuyente cuente con una&nbsp;discapacidad
superior al 33%&nbsp;y esté a su cargo, se podrá solicitar&nbsp;una
deducción de 1.200 euros anuales.Situación familiar en el
IRPFEl fisco contempla tres
escenarios:Situación familiar 1 IRPFPersonas solteras,
viudas, divorciadas o separadas con hijos menores de 18 años o mayores
discapacitados sujetos a patria potestad.Situación familiar 2 IRPFPersonas casadas cuyo
cónyuge obtenga rentas superiores a 1500 euros. También se incluyen las
personas con hijos.Situación familiar 3 IRPF













Todos los
contribuyentes que no caigan en las otras dos situaciones (parejas de hecho con
hijos, matrimonios en los que ambos obtienen rentas anuales superiores a los
1.500 euros, etc.).¿La pareja de hecho
entra en la unidad familiar?

A ojos de
la Agencia Tributaria, solo los&nbsp;matrimonios&nbsp;pueden
presentar la declaración de la renta de&nbsp;manera
colectiva. Es decir,&nbsp;no lo concibe como unidad
familiar. ]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/situacion-familiar-irpf-todo-lo-que-tienes-que-saber-cara-a-renta.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Tue, 19 Apr 2022 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Pibank abarata su hipoteca variable: las condiciones que la convierten en una de las mejores del mercado]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/pibank-abarata-su-hipoteca-variable-condiciones-que-convierten-una-de-mejores-mercado.html]]></link>
<description><![CDATA[PIBANK ABARATA SU HIPOTECA VARIABLE: LAS CONDICIONES QUE LA CONVIERTEN EN UNA DE LAS MEJORES DEL MERCADO]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Es una de
las más baratas, no tiene comisiones y permite financiar hasta el 90% del
precio de compra. Pibank
da una nueva vuelta de tuerca a la guerra hipotecaria&nbsp;que
está librando la banca. La entidad se ha sumado a la lista de rivales que han
anunciado en las últimas semanas una mejora de condiciones en sus préstamos a
tipo variable. En su caso, la mejora se basa en una bajada del interés y la
eliminación de las vinculaciones, lo que convierte a&nbsp;la hipoteca
variable de Pibank&nbsp;en una de las
mejores del momento.

Tras
el cambio, el tipo de interés durante los primeros 12 meses se sitúa en el
0,98%, aunque pasado ese plazo se reconvierte en&nbsp;euríbor + 0,78% (1,26% TAE).&nbsp;Para
conseguir esta oferta no es necesario domiciliar la nómina, contratar el seguro
de hogar ni el de vida, ni aplicarse cualquier otra bonificación. Algo que sí
es habitual en el resto del mercado.

Hasta
ahora, el tipo de interés inicial se situaba en el 1,95% en el primer año y en
euríbor + 0,88% durante el resto del préstamo con las máximas bonificaciones.

Otra
ventaja es que establece una&nbsp;carencia
de tres meses, lo que significa que el cliente no empieza a
pagar la cuota del préstamo hasta el cuarto mes tras la firma. Esta hipoteca
variable también destaca por no
tener comisiones&nbsp;(ni siquiera hay penalización por la
amortización anticipada, ya sea parcial o total) y por dar&nbsp;hasta 35 años de margen de
contratación,&nbsp;frente a los 30 años que establecen como
máximo la mayoría de los bancos, siempre que el titular de mayores ingresos no
tenga más de 75 años al terminar de pagar el préstamo. Además, Pibank&nbsp;asume el coste de tasación&nbsp;de
la vivienda, siempre que la operación salga adelante.

Un
punto a favor adicional es que se tramita online, permite seguir en tiempo real
el estado de la solicitud y&nbsp;financiar
hasta el 90% del precio de compra de la vivienda habitual&nbsp;o
bien, el 80% del valor de tasación, si este importe es inferior.

No
obstante, esta oferta no está disponible para la adquisición de segundas
residencias y también establece&nbsp;condiciones
concretas, como que el precio de compra de la casa debe ser
superior a 100.000 euros, con un importe mínimo de la hipoteca de 80.000 euros.

Todas
estas características convierten a la ?nueva? hipoteca variable de Pibank en
una de las ofertas más competitivas del mercado, tanto por sus condiciones como
por la ausencia de comisiones y el elevado porcentaje de financiación.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/pibank-abarata-su-hipoteca-variable-condiciones-que-convierten-una-de-mejores-mercado.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Wed, 13 Apr 2022 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Las claves para contratar con éxito la empresa para reformar nuestra vivienda]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/las-claves-para-contratar-con-exito-empresa-para-reformar-nuestra-vivienda.html]]></link>
<description><![CDATA[LAS CLAVES PARA CONTRATAR CON ÉXITO LA EMPRESA PARA REFORMAR NUESTRA VIVIENDA]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Podríamos hablar de
plataformas como&nbsp;habitissimo&nbsp;en
las que podemos encontrar empresas con recomendaciones o comentarios unas veces
positivos y otras no tanto sobre el servicio y atención prestada, como ocurre
con los portales de reserva de restaurantes. Ya pensemos en una rehabilitación de vivienda unifamiliar o de un
edificio de viviendas, lo más recomendable sería seguir las recomendaciones de
guías publicadas como la&nbsp;Guía ciudadana de impulso a la rehabilitación&nbsp;elaborada por el Observatorio 2030 del CSCAE, donde
se detallan&nbsp;los
beneficios de la rehabilitación para quienes habitan el inmueble,
así como aspectos vinculados a la financiación, ayudas, agentes del proceso y
pasos a seguir, sin embargo se echa en falta un mayor detalle sobre la elección
del contratista, que en general presenta gran dificultad para el ciudadano.&nbsp;En el
sector contamos con empresas constructoras con gran experiencia, calidad e
innovación en sus procesos&nbsp;y un alto nivel de
profesionalidad, con departamentos técnicos, con equipos de obra cualificados
que actualizan conocimientos para poder incorporar los nuevos productos y
sistemas del mercado.Al entablar contacto con
la constructora se debería tener en cuenta al menos los siguientes puntos,
pues&nbsp;al contratar
una obra también se adquieren ciertas responsabilidades:·&nbsp;&nbsp;Su inscripción en el Registro
de Empresas Acreditadas (REA):&nbsp;inscripción obligatoria
para cualquier empresa que sea contratada o subcontratada para realizar
trabajos en una obra de construcción, cumpliendo con los requisitos de
capacidad y de calidad de la prevención de riesgos laborales.·&nbsp;Su actividad empresarial
vinculada a los trabajos a contratar: epígrafe profesional,
CNAE.·&nbsp; &nbsp;Que disponga de seguro de
responsabilidad civil&nbsp;(SRC), y acredite su vigencia.







·&nbsp;&nbsp;&nbsp;Que acredite estar al&nbsp;corriente de pago con Hacienda y la Seguridad Social.Ya del lado de la
recomendación, pues se deben considerar aspectos adicionales al mero importe
del presupuesto que ayuden a inclinar la balanza y a tomar la decisión de
contratación sobre una constructora u otra, debería:·&nbsp;&nbsp;&nbsp;Contar con un equipo técnico en la empresa.·&nbsp;Años de actividad de la empresa (informe empresarial obtenido
por sí mismo).·&nbsp;Revisión de posibles comentarios y recomendaciones en
plataformas de internet por otros clientes: reputación digital.·&nbsp;&nbsp;Pertenencia a asociaciones sectoriales, pues normalmente para la
adhesión se ha de cumplir una serie de requisitos así como compromiso
profesional.·&nbsp;&nbsp;Ejemplos de obras similares&nbsp;realizadas
a la que se pretende acometer.·&nbsp; &nbsp;Certificaciones&nbsp;del
tipo: ISO 9001 (Gestión de Calidad), ISO 14001 (Gestión Medioambiental), OHSAS
18001 (Prevención de riesgos laborales), u otros.·&nbsp;&nbsp;Conocimiento actualizado de los
materiales&nbsp;y sistemas constructivos tendentes a la industrialización y
edificios de consumo casi nulo.·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Compromiso&nbsp; de la empresa con la sostenibilidad.Establecer
un buen contrato es importante para ambas partes, el
constructor y la propiedad, pues evitará retrasos, sobrecostes y conflictos,
sobre todo en estos tiempos que ahora afrontamos en los que los costes de
energía, transporte y materia prima han podido cambiar sustancialmente durante
la evolución de la obra.Con una perspectiva más
amplia, que cada obra sea un éxito en términos de satisfacción de cliente y
para el contratista en su negocio, es crucial, pues sólo así lograremos activar
el boca a boca de la rehabilitación creando un efecto dominó de obras de
rehabilitación que nos acerque al objetivo del PNIEC de 300.000 viviendas
rehabilitadas al año en 2030.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/las-claves-para-contratar-con-exito-empresa-para-reformar-nuestra-vivienda.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Wed, 13 Apr 2022 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Llega la vivienda geosolar: casas eficientes que ahorran energía y de carbono positivo]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/llega-vivienda-geosolar-casas-eficientes-que-ahorran-energia-y-carbono-positivo.html]]></link>
<description><![CDATA[LLEGA LA VIVIENDA GEOSOLAR: CASAS EFICIENTES QUE AHORRAN ENERGÍA Y DE CARBONO POSITIVO]]></description>
<content:encoded><![CDATA[¿Qué es una vivienda
geosolar?

Es una vivienda sostenible y ahorradora.&nbsp;Por un lado, es lo que se conoce
como una casa activa, de carbono positivo, es decir, que produce más energía de
la que va a consumir con fuentes renovables y está diseñada pensando en la
sostenibilidad y en el medio ambiente. Esta casa geosolar se adelanta
un poco a su tiempo. Es una casa pensada para el futuro, pero llevándola al
presente. Nos basamos en normas que ya están establecidas para reducir el gasto
energético de los hogares y alcanzar las emisiones netas nulas de carbono en
2050 que se aplican, por ejemplo, en los Distritos de Energía Positiva por toda
Europa.¿Cómo se consigue que
sea activa y ahorradora?El diseño de estas
viviendas está basado en la forma de producir toda la energía que necesita. La
gran demanda de una vivienda está en el consumo energético de luz y en el
consumo energético de calefacción, de climatización de la vivienda, tanto frío
como calor. En nuestras viviendas, lo que hemos hecho es revolucionar un poco
los sistemas ya existentes, y combinarlo entre ellos.Primero, pensando en
lo que es una cuestión de comodidad y confort de la vivienda. La hemos dotado
de suelo radiante, un sistema con un nivel de confort muy alto. ¿Cómo&nbsp;conseguimos esa producción de energía? A través de la geotermia.Es un sistema que está
basado en conseguir la temperatura estable que nos da la corteza terrestre. Son
perforaciones en la tierra que se hacen&nbsp;a unos 160 metros aproximadamente,
en la zona en la que estamos, donde conseguimos temperaturas constantes, de tal
manera que lo que hacemos es un intercambio de calor con la tierra a través de
una caldera.Para compensar el
propio consumo de la caldera y el resto del funcionamiento eléctrico de la casa
usamos placas solares fotovoltaicas. También aprovechamos la gran energía que
tenemos del sol, renovable y gratuita, y con eso alimentamos al generador de
calor.¿Es muy diferente una
construcción de una casa geosolar de una construcción tradicional?Sorprendentemente no.&nbsp;Las perforaciones
tienen que ir justo antes de la fase de estructura de cimentación. Entonces
están muy bien coordinados con el equipo técnico, de tal manera que no afecta
para nada en el sistema constructivo y muchísimo menos en el plazo, que
probablemente es lo que más nos preocupa.¿Se tiene que hacer
algún mantenimiento particular de una vivienda geosolar?

















El mantenimiento de
una vivienda convencional y de una vivienda geosolar es el mismo. Por ejemplo,
la caldera de geotermia tiene el mismo mantenimiento que pueda tener cualquier
caldera eléctrica, mientras que las placas fotovoltaicas están diseñadas para
ser autosuficientes. Los cálculos de ingeniería ya tienen en cuentan la
inclinación y la propia autolimpieza de las placas.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/llega-vivienda-geosolar-casas-eficientes-que-ahorran-energia-y-carbono-positivo.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Tue, 12 Apr 2022 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Fináncielo a través del Instituto de Crédito Oficial]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/financielo-traves-instituto-credito-oficial.html]]></link>
<description><![CDATA[FINÁNCIELO A TRAVÉS DEL INSTITUTO DE CRÉDITO OFICIAL]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Gastos.&nbsp;En su comunidad de propietarios es necesario hacer obras de
rehabilitación en la fachada y otros elementos comunes, pero la elevada derrama
que supone disuade a algunos vecinos.&nbsp;¡Atención!&nbsp;&nbsp;Sepa que las
comunidades de propietarios también pueden optar a las líneas de financiación
que ofrece el Instituto de Crédito Oficial (ICO) y, de esta manera, conseguir
condiciones más beneficiosas que a través de la financiación bancaria "normal". Rehabilitación.&nbsp;En
concreto, la línea ICO Empresas y Emprendedores contempla la posibilidad de
financiar la rehabilitación de viviendas y edificios.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Esta
línea ofrece las siguientes condiciones:

Hasta
     12,5 millones de&nbsp;euros en una o varias operaciones.Plazos
     de amortización de entre 1 y 20 años y con hasta 3 años de carencia de
     principal.Poder
     optar entre interés fijo o variable con una TAE más competitiva. Por
     ejemplo, en un préstamo a interés fijo, a cuatro años y con uno de
     carencia, la TAE máxima sería del 4,39%, mientras que en un préstamo
     "normal" se situaría entre el 5,65% y el 7,30% según datos oficiales del
     Banco de España cerrados a diciembre 2021.

Información.&nbsp;Consulte
toda la información acerca de este tipo de financiación y cómo acceder a ella
en la web oficial del ICO (&nbsp;https://www.ico.es&nbsp;), seleccionando la pestaña "Líneas ICO, nacional"
dentro de "Financiación empresarial".Las comunidades de propietarios pueden financiar obras de rehabilitación a través del ICO.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/financielo-traves-instituto-credito-oficial.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Mon, 11 Apr 2022 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[El Gobierno se plantea congelar la actualización del IPC en los alquileres]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/el-gobierno-se-plantea-congelar-actualizacion-ipc-en-alquileres.html]]></link>
<description><![CDATA[EL GOBIERNO SE PLANTEA CONGELAR LA ACTUALIZACIÓN DEL IPC EN LOS ALQUILERES]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Entre las medidas para paliar los efectos económicos de la crisis
desatada por la guerra en Ucrania y el incremento de la inflación desde el
pasado verano, el Gobierno&nbsp;estudia
congelar de forma temporal la cláusula de actualización de las rentas,
incluida en la mayoría de contratos de arrendamiento de viviendas, y que está
vinculado al IPC.&nbsp;Este febrero,&nbsp;la
inflación se anotó un nuevo récord desde los años 80 del 7,6%,
y las&nbsp;previsiones
de Funcas&nbsp;para marzo hablan de un
nuevo máximo del 8,6%. El Ejecutivo&nbsp;se reúne con partidos y agentes
sociales para buscar el máximo consenso&nbsp;para acometer una
serie de medidas que rebajen la escalada de precios de la luz, el gas o los
carburantes, que están golpeando directamente al bolsillo de los ciudadanos.
Mientras la inflación sigue en máximos, y parece que seguirá así también en
marzo, el socio minoritario en el Gobierno ha puesto sobre la mesa la
congelación, al menos durante 2022, de la actualización de las rentas del
alquiler, que en la mayoría de contratos de alquiler está vinculado al Índice
de Precios al Consumo (IPC).

Los
sindicatos también apoyan esta medida, mientras negocian con la patronal y el
Ejecutivo un pacto sobre las rentas. "No parece lógico que si los salarios no
suben conforme al IPC sí lo hagan los alquileres".Otras medidas que ya se
han conocido es la de rebajar el cargo del IVA a productos como los
carburantes, la de un nuevo&nbsp;cheque energético de 300 euros por hogar o
ampliar el bono social para aumentar a los beneficiarios.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/el-gobierno-se-plantea-congelar-actualizacion-ipc-en-alquileres.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Mon, 11 Apr 2022 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Necesita una autorización militar]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/necesita-una-autorizacion-militar.html]]></link>
<description><![CDATA[NECESITA UNA AUTORIZACIÓN MILITAR]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Usted está intermediando en la venta de unos terrenos en Mallorca y ha
encontrado un interesado. Dado que es extranjero, puede que necesite una
autorización militar para comprar. Recuerde esta figura y vea algunos cambios
recientes. Autorización militar.&nbsp;Usted sabe que, cuando se transmite a un ciudadano
extracomunitario un inmueble situado en las zonas consideradas&nbsp;de
interés para la defensa nacional&nbsp;(básicamente islas y lagunas zonas
costeras y de las fronteras con Portugal y Francia), este debe obtener una&nbsp;autorización
militar.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Pues bien, últimamente ha habido
cambios en esta materia. Vea cuáles son y los pasos que debe seguir para
realizar este trámite, que es imprescindible para la venta.A quién y qué afectaAdquirente.&nbsp;Quien deber obtener la autorización es el
adquirente, si bien cabe distinguir entre:Personas físicas. Necesitan autorización los extranjeros (excepto los
     ciudadanos de países de la Unión Europea o del espacio Schengen, pues se
     les equipara a los ciudadanos nacionales).&nbsp;¡Atención!&nbsp;&nbsp;Además,
     a raíz del Brexit,&nbsp;el Reino Unido ha salido de los tratados
     que permitían esta equiparación, por lo que, desde el 1 de enero de 2021,
     los ciudadanos británicos también requieren autorización.Personas jurídicas. También necesitarán autorización las sociedades que,
     aun siendo españolas, más del 50% de su capital esté en manos de no
     nacionales (o equiparables).





Rústicos.&nbsp;Los inmuebles que quedan
afectados por esta obligación son los situados en las&nbsp;zonas de interés
para la defensa nacional,&nbsp;excepto los que se encuentran en suelo
urbano.&nbsp;¡Atención!&nbsp;&nbsp;En este sentido, la redacción
original de la ley era algo confusa, ya que afectaba también a algunos
inmuebles urbanos, pero no especificaba bien cuáles. Desde el pasado 22 de
julio de 2021, se ha aclarado este punto y, a efectos prácticos,&nbsp;únicamente
se necesita autorización militar para la compra de terrenos rústicos.Cómo obtener la autorizaciónInstancia.&nbsp;El interesado deberá presentar una
instancia ante el Ministerio de Defensa solicitando la autorización.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;En
ella, deberá identificar al comprador con fotocopia compulsada de su pasaporte
o permiso de residencia (si es persona física) o la escritura de constitución y
certificación relativa a la participación de personas físicas o jurídicas
extranjeras en el capital y en los órganos sociales (si es persona jurídica).
Además, deberá adjuntar:Un croquis a escala del
     terreno, con la distancia a costa o a instalación militar.Un plano de la finca a escala
     no inferior a 1/500.





Y, en caso de que el
adquirente desee realizar obras, el anteproyecto o proyecto y la memoria
explicativa.A tener en cuenta...Imprescindible.&nbsp;Dado que es una autorización obligatoria y
debe adquirirse previamente a la transmisión, no podrá otorgarse la escritura
pública hasta que no se disponga de ella (el trámite puede alargarse entre seis
y ocho meses aproximadamente).&nbsp;¡Atención!&nbsp;&nbsp;Esto significa
que no será válido ni siquiera sujetar la compra a condición resolutoria si no
se obtiene.Denegada.&nbsp;Recuerde que la ley determina que, dentro
de cada municipio afectado, no puede estar en manos extranjeras más del 15% de
los terrenos, por lo que es posible que en algunos territorios ya se haya
alcanzado ese límite y se deniegue la autorización.&nbsp;¡Atención!&nbsp;&nbsp;Tenga
esto en cuenta de cara a firmar un contrato de arras o de reserva.





Necesitan autorización militar
los extranjeros no comunitarios para adquirir un inmueble rústico en una zona
de interés para la defensa nacional. Tenga en cuenta que el trámite es largo y
que en algunas zonas tal vez ya no se puedan otorgar más autorizaciones.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/necesita-una-autorizacion-militar.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Thu, 07 Apr 2022 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Calculadora IRPF venta vivienda: cuánto se paga y qué exenciones hay]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/calculadora-irpf-venta-vivienda-cuanto-se-paga-y-que-exenciones-hay.html]]></link>
<description><![CDATA[CALCULADORA IRPF VENTA VIVIENDA: CUÁNTO SE PAGA Y QUÉ EXENCIONES HAY]]></description>
<content:encoded><![CDATA[La mayor parte de los
beneficios que obtengas tendrán que rendir cuentas en la&nbsp;Campaña de la
Renta. Uno de ellos es el incremento del
patrimonio gracias a la venta de una vivienda. Dependiendo de la situación,
edad y cantidad obtenida, hay que aplicar un tipo de retención del IRPF. Te
contamos cómo calcularlo. Calcular incremento
patrimonialSi
vendiste una vivienda en 2021, te toca declarar el resultado en la&nbsp;Renta de 2022. Lo primero que hay que hacer para averiguar el&nbsp;IRPF es
calcular el incremento patrimonial&nbsp;obtenido con la
operación. Para ello, hay que restar el&nbsp;precio de
adquisición de la vivienda al valor de transmisión&nbsp;(precio de
venta).Valor de transmisiónEl valor
de transmisión de una vivienda&nbsp;se refiere a la&nbsp;ganancia&nbsp;neta
que obtuviste por la venta de tu inmueble. En ellos hay que incluir:·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;El precio de venta de la casa.·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Los gastos asociados a la operación, por ejemplo, notaría.·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Los impuestos que debiste pagar por la operación.

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Comisión inmobiliaria en el que caso de que haya.Valor de adquisiciónEn cambio, el&nbsp;valor de
adquisición hace mención a la inversión total realizada&nbsp;sobre
la vivienda, desde que la compraste hasta que la vendiste. Algunas de las
cuestiones a tener en cuenta son:·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
El precio de compra de tu casa.·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Reformas, arreglos, etc.·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Los gastos e impuestos derivados de la compra.









·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Hipoteca.Ejemplo IRPF viviendaPor
ejemplo,&nbsp;si compraste una vivienda por 100.000 euros y obtienes 150.000&nbsp;(habiendo
abonado ya los gastos derivados de la operación; notaría, impuestos, tasas,
etc.), te queda un incremento patrimonial de 50.000 euros.&nbsp;Sobre
esta cantidad habrá que aplicar la retención del IRPF, que en
este caso es del 21%.Cálculo de IRPF de
viviendaEn el caso de que
hayas&nbsp;perdido dinero con la operación, no
tendrás que aplicar&nbsp;ningún tipo de retención. Si,
por el contrario, has obtenido un beneficio, debes aplicar uno de los&nbsp;siguientes&nbsp;tramos&nbsp;del IRPF, que
dependen de la cantidad ganada:·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Hasta 6.000 euros de ganancia: 19%.&nbsp;·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Entre 6.000 y 50.000 euros: 21%.·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Entre 50.000 y 200.000 euros: 23%.









·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Más de 200.000 euros: 26%.¿Es obligatorio pagar el
IRPF de venta de vivienda?Como norma general, sí,
pero hay casos en los que&nbsp;no es obligatorio aplicar
ninguna retención del IRPF&nbsp;en una operación de venta
de vivienda. Son los siguientes:Exención IRPF por venta de vivienda habitual en mayores de 65 años.No tienes que declarar
la ganancia patrimonial derivada de la transmisión, onerosa o lucrativa, de la
vivienda habitual&nbsp;si eres mayor de 65 años&nbsp;o si
eres una persona en situación de dependencia. Por lo tanto, no hay que&nbsp;aplicar
el IRPF.No hay ganancia patrimonialSi con la venta de una
vivienda no has obtenido beneficio, no tienes que aplicar ningún tipo de
retención del IRPF.Exención en el IRPF por dación en pagoSi has tenido que
entregar tu casa al banco al no poder afrontar la hipoteca, lo que se conoce
como dación en pago, podrás aplicar una exención en el pago del IRPF. Para ello,
hay que demostrar que no se posee solvencia ni otros bienes para afrontar la
deuda.Exención por reinversión en vivienda habitualSi la ganancia total que
obtienes al vender tu vivienda va destinada a la compra de otra o las reformas
de la que vaya a ser tu vivienda habitual, estás exento de aplicar el IRPF. La
aplicación de la exención no es automática, sino que deberás notificar la
voluntad de acogerte a la misma.La reinversión&nbsp;deberá
hacerse efectiva en un plazo no superior a dos años, tanto
anteriores o como posteriores a la venta de tu vivienda habitual.¿Qué se considera
residencia habitual?Según la&nbsp;Agencia
Tributaria, para que la vivienda se
considere habitual,&nbsp;debes residir en ella
durante un plazo continuado de tres años. Podrá considerarse
residencia habitual cuando, no viviendo ese periodo, ocurran circunstancias que
exijan el cambio necesario de residencia.Reducción del IRPF por
ingresos de arrendamiento

Si has
obtenido&nbsp;rentas por el alquiler de una vivienda habitual, se
pueden&nbsp;deducir gastos de los ingresos obtenidos. Por
ejemplo, se podrán deducir los gastos de&nbsp;reparación
y conservación del inmueble, comunidad, seguro, tasa de
basuras o el IBI, entre otros.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/calculadora-irpf-venta-vivienda-cuanto-se-paga-y-que-exenciones-hay.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Thu, 07 Apr 2022 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Qué es la base imponible del IRPF y cómo se calcula]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/que-es-base-imponible-irpf-y-como-se-calcula.html]]></link>
<description><![CDATA[QUÉ ES LA BASE IMPONIBLE DEL IRPF Y CÓMO SE CALCULA]]></description>
<content:encoded><![CDATA[La base imponible en el IRPF es la suma de todos los ingresos, independientemente de la fuente, que una persona ha obtenido durante el último ejercicio impositivo. ¿Qué es la base imponible del IRPF?La base imponible en el IRPF es la&nbsp;suma de todos los ingresos, independientemente de la fuente, que una persona ha&nbsp;obtenido durante el último ejercicio impositivo. Sobre esta cifra se calcula el porcentaje de retención de IRPF de cara a la declaración de la Renta. Para obtener el total, hay que prestar atención a dos partes:Base imponible general del IRPFLa base imponible general está formada por los&nbsp;rendimientos del trabajo&nbsp;(salario), los rendimientos del&nbsp;capital, las ganancias patrimoniales&nbsp;y los rendimientos de capital inmobiliario (alquiler de un piso, etc.). Es decir,&nbsp;reúne todo el dinero obtenido a lo largo de un año.Por ejemplo, si una persona&nbsp;gana 1.500 euros al mes en 12 pagas, suma una&nbsp;base imponible de 18.000 euros. Si, además, tiene un&nbsp;piso alquilado por 1.000 euros&nbsp;al mes, habría que sumar 12.000 a los 18.000 euros, lo que dejaría una base imponible general de 30.000 euros.Base imponible de ahorro del IRPFEs la que recoge el dinero&nbsp;ganado con inversiones y otras partidas&nbsp;(intereses del banco, depósitos financieros, participaciones en beneficios de empresas, etc.).Calcular base imponible IRPFPara&nbsp;calcular la base imponible del IRPF&nbsp;hay que&nbsp;sumar la base imponible general y la base imponible de ahorro. La cifra resultante será la base imponible.Siguiendo con el ejemplo anterior, si se obtienen 4.000 euros de inversiones, habrá que sumarlos a los 30.000 de la base imponible general. Eso arrojará una base imponible total&nbsp;de 34.000 euros.Base liquidable del IRPFA la hora de pagar el IRPF, lo más importante es la base liquidable. Esta se calcula&nbsp;restando a la base imponible las&nbsp;deducciones y reducciones&nbsp;a los que un contribuyente tiene derecho, además del&nbsp;mínimo familiar, una cantidad destinada a cubrir las necesidades esenciales del contribuyente y las personas que están a su cargo.La&nbsp;base liquidable&nbsp;es la&nbsp;base sujeta a las retenciones del IRPF. Para la declaración de la renta de este año, estos son los tramos:Tabla de las retenciones del IRPF en 2022Hacienda fija las&nbsp;retenciones&nbsp;de este modo:·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Hasta 12.450 euros: 19%·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;De 12.450 euros hasta 20.200 euros: 24%·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;De 20.200 euros hasta 35.200 euros: 30%·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;De 35.200 euros hasta 60.000 euros: 37%·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;De 60.000 euros hasta 300.000 euros: 45%·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Rentas superiores a 300.000 euros: 47%¿Cómo reducir la base imponible del IRPF?Se puede reducir la base imponible general con las aportaciones y contribuciones a: planes de pensiones, pensiones compensatorias, sistemas de previsión social, anualidades por alimentos, etc.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/que-es-base-imponible-irpf-y-como-se-calcula.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Wed, 06 Apr 2022 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Cómo son las hipotecas para comprar casas de bancos]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/como-son-hipotecas-para-comprar-casas-bancos.html]]></link>
<description><![CDATA[CÓMO SON LAS HIPOTECAS PARA COMPRAR CASAS DE BANCOS]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Las&nbsp;casas de
los bancos&nbsp;suelen ser muy atractivas para los compradores,
sobre todo por las&nbsp;condiciones de financiación. Su principal ventaja es
que las hipotecas que conceden las entidades para sus propios inmuebles
permiten financiar más del 80%, pueden firmarse a plazos de hasta 40 años y
suelen ofrecer facilidades para el pago, como establecer una carencia durante
los primeros meses.&nbsp; ¿De dónde proceden las
casas de bancos?

El
principal negocio de las entidades bancarias es la concesión de crédito.
Entonces, ¿por qué los bancos pueden vender casas? Estas casas proceden de las&nbsp;propiedades embargadas por el
propio banco como consecuencia de impagos. Es decir, son&nbsp;propiedades
embargadas&nbsp;que pertenecieron a
clientes del banco y que, al no poder pagar la hipoteca, pasaron a manos de la
entidad. Por ello,&nbsp;intenta venderlas y recuperar el dinero que había
prestado.&nbsp;En idealista
hay disponibles más de 37.000 casas y pisos de bancos, incluso de obra nueva.¿Comprar casas de bancos sale más barato?



Existe
la idea generalizada de que comprar casas de bancos es más barato que comprar
casas en el mercado inmobiliario convencional. La realidad es que, por regla
general,&nbsp;estas
viviendas no suelen ser mucho más baratas,&nbsp;más allá de
las ofertas puntuales&nbsp;que aplican
las entidades.&nbsp;Sin embargo, al margen del precio de la propia vivienda, sí
que es cierto que comprar casas de bancos puede ser más fácil que hacerlo en el
mercado inmobiliario convencional, ya que&nbsp;las
condiciones de financiación pueden facilitar el proceso. Sobre
todo, en lo referente a las hipotecas para casas de bancos.Hipotecas para casas de
bancos: ¿por qué son tan atractivas?El
principal atractivo a la hora de comprar las casas de los bancos reside en las
hipotecas que conceden los bancos para las casas que tienen en cartera. Como
hemos mencionado, estas casas proceden de embargos como consecuencia de
hipotecas impagadas y&nbsp;lo
que intentan los bancos es deshacerse de los inmuebles lo antes posible&nbsp;(siempre
a un precio adecuado al mercado inmobiliario).Por
ello,&nbsp;a la hora de pedir una hipoteca para comprar una casa de un banco,
sí que vamos a encontrar&nbsp;mejores
condiciones&nbsp;que cuando solicitamos una hipoteca para
comprar una casa en el mercado inmobiliario ordinario.¿Cómo son las hipotecas para
casas de bancos y qué ventajas tienen?







Las
hipotecas para casas de bancos son similares a las convencionales, pero con
mayores facilidades. Algunas de las características más relevantes y que las
diferencian del resto son las siguientes:Financiación de más del 80%Por
lo general, la mayoría de las hipotecas solo cubre el 80% del precio de
tasación de la vivienda que vamos a comprar. Por el contrario, en el caso de
solicitar una hipoteca para comprar casas de bancos, es muy probable que&nbsp;podamos conseguir un capital mayor.
De hecho, en algunos casos, se puede llegar incluso a encontrar&nbsp;hipotecas al
100%&nbsp;de la financiación de la compra.
De esta forma, solo tendríamos que contar con el 10% adicional necesario para
financiar el proceso de compra. Casi, lo mismo que&nbsp;pedir una
hipoteca sin ahorros.Plazos de
amortización más largosOtra
de las diferencias de las hipotecas para casas de bancos en comparación con el
resto es que suelen ofrecer&nbsp;plazos de
amortización más largos. De hecho, en
algunos casos, se pueden conseguir&nbsp;plazos
de 30 o 40&nbsp;años sin problema, lo que, al mismo tiempo,
suele conllevar cuotas más pequeñas.Facilidades
especiales en el pago









En
algunos casos, este tipo de hipotecas también cuentan con algunas facilidades
especiales a la hora de realizar el pago. Por ejemplo, se puede dar el caso de
que existan ciertas&nbsp;carencias
durante los primeros años&nbsp;de la hipoteca. Es decir, que
durante este tiempo determinado solo se paguen intereses y la amortización del
capital se empiece a hacer más adelante.¿Cómo conseguir una
hipoteca para casas de bancos?Las
hipotecas para casas de bancos se deben solicitar en las propias entidades que
son propietarias de las viviendas que se quieren comprar. Es decir, si queremos
beneficiarnos de las ventajas de las hipotecas para casas de bancos, lo más
recomendable es&nbsp;acudir
a las entidades que quieren deshacerse de las casas.



Por
supuesto, otra opción disponible es solicitar una hipoteca en otra entidad
bancaria y luego usar esa hipoteca para comprar una casa de banco que sea
propiedad de otra entidad diferente. Sin embargo, en este caso, lo más habitual
es que las condiciones de la hipoteca sean las habituales a cualquier hipoteca
al uso, por lo que, si realmente queremos beneficiarnos de las hipotecas para
casas de bancos, lo más recomendable suele ser solicitar la financiación en la
misma entidad que es propietaria de la casa que queremos comprar.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/como-son-hipotecas-para-comprar-casas-bancos.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Wed, 06 Apr 2022 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Cómo cobrar el paro después de renunciar al puesto de trabajo]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/como-cobrar-paro-despues-renunciar-puesto-trabajo.html]]></link>
<description><![CDATA[CÓMO COBRAR EL PARO DESPUÉS DE RENUNCIAR AL PUESTO DE TRABAJO]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Cuando un&nbsp;empleado
decide dejar su puesto de trabajo, lo hace con el conocimiento de que no
podrá cobrar los meses de paro que lleva acumulados. En muchos casos, este es
motivo suficiente para no abandonar una empresa donde las condiciones laborales
y el trato no están siendo los adecuados. Pero lo que pocos
saben es que&nbsp;existe un respaldo legal para aquellos que tengan un buen
motivo para dimitir.&nbsp;La normativa de nuestro país contempla algunas
situaciones en las que es posible&nbsp;cobrar el paro después de dejar tu
trabajo voluntariamente.

Según el&nbsp;artículo 50 del Estatuto de los
Trabajadores,&nbsp;los trabajadores con despido voluntario tienen derecho a
esta prestación cuando:1.&nbsp;Se den modificaciones
sustanciales en las condiciones de trabajo como pueden ser el horario, la remuneración,
las funciones o el régimen de trabajo a turnos.2.&nbsp; &nbsp;Haya impagos o
retrasos continuados en el pago del salario.3.&nbsp;Otros incumplimientos
graves del empresario (salvo casos de fuerza mayor) y la negativa del
empresario a readmitir al trabajador en su puesto de trabajo tras sentencias
que declaren injustificados los traslados geográficos o las modificaciones
sustanciales de las condiciones.







Estos casos están amparados además en&nbsp;el
artículo 267 de la Ley General de la Seguridad Social, que explica cómo los
motivos citados justifican la&nbsp;extinción voluntaria del contrato de
trabajo. Si esto sucede, el sujeto tendrá derecho no solo a paro, sino
también a cobrar las indemnizaciones correspondientes al despido improcedente.Pero para cobrar el
paro hay que acreditar la situación legal de desempleo, lo cual implica&nbsp;cumplir
los siguientes requisitos:·&nbsp;&nbsp;&nbsp;Estar dado de alta o
asimilado a la Seguridad Social.·&nbsp;&nbsp;&nbsp;Suscribir el
compromiso de actividad con el SEPE.·&nbsp; &nbsp;Tener cotizados al
menos 360 días en concepto de desempleo dentro de los últimos seis años.·&nbsp; &nbsp;No tener la edad
ordinaria de jubilación.·&nbsp; &nbsp;No cobrar una pensión
incompatible con el trabajo.·&nbsp; &nbsp;No desemplear un
trabajo por cuenta ajena o propia a tiempo completo.En caso de no cumplir
con las condiciones necesarias para recibir la indemnización, los trabajadores
no pierden los periodos cotizados por desempleo. Pero para cobrar esos meses
acumulados es necesario que el empleado vuelva a trabajar y sufra de nuevo un
cese no voluntario en el trabajo.















La duración de ese
periodo de trabajo también es importante. La legislación que procede del&nbsp;Tribunal
Supremo&nbsp;habla de&nbsp;un mínimo de tres meses&nbsp;trabajados
para cobrar la prestación.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/como-cobrar-paro-despues-renunciar-puesto-trabajo.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Tue, 05 Apr 2022 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[En qué casos no es necesario ir al notario para repartir la herencia]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/en-que-casos-no-es-necesario-ir-notario-para-repartir-herencia.html]]></link>
<description><![CDATA[EN QUÉ CASOS NO ES NECESARIO IR AL NOTARIO PARA REPARTIR LA HERENCIA]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Cuando fallece un ser querido, los herederos pasan por momentos muy
dolorosos y el papeleo que implica recibir la herencia, suele suponer un
auténtico quebradero de cabeza. Pero, es posible heredar sin ir al notario y
sin necesidad de pagar los gastos de notaría en los casos que vamos a detallar
a continuación. No hay necesidad de
acudir al notario y es posible ahorrarse los gastos de notaría en las
siguientes situaciones:

Cuando en la herencia no hay inmuebles

Hay
situaciones en las que en la herencia del difunto no hay ningún inmueble porque
ha vivido de alquiler. En este caso es posible que haya dejado dinero en
metálico, acciones, productos financieros o algún bien mueble, como joyas,
obras de arte, etc. Así, los bienes o derechos que adquieran los herederos no
tienen que quedarse inscritos en el Registro de la Propiedad.Y la aceptación y partición de la herencia puede formalizarse en un documento privado, llamado también cuaderno particional. Este documento deberá recoger un inventario de los bienes, derechos y obligaciones que componen la herencia, así como las deudas o cargas que hubiera, y las adjudicaciones concretas que a cada uno de los herederos corresponda. En este caso, los herederos evitarán pagar los gastos de notaría, pero deberán pagar el Impuesto de Sucesiones en plazo.Cuando sólo hay un
heredero

En caso
de que sólo haya un heredero que herede inmuebles y que no haya ningún
interesado con derecho a legítima, no será necesario acudir al notario. Así, el
heredero podrá presentar una instancia con el título sucesorio y demás
documentos, siempre y cuando la firma del heredero esté legitimada
notarialmente para inscribir los bienes de la herencia a su favor en el
Registro de la Propiedad. Eso sí, debe haber pagado antes el Impuesto de
Sucesiones.Cuando el cónyuge sigue
disfrutando de los bienes heredados como usufructuarioEs muy habitual que tras
el fallecimiento de uno de los cónyuges sea el otro el que siga disfrutando de
los bienes de la herencia mientras viva. Es el caso de que en el testamento se
otorgue al cónyuge el usufructo universal y vitalicio de los bienes de la
herencia. De este modo, el viudo puede mantener una situación patrimonial
semejante a la que tenía antes de fallecer su pareja. En este caso, no hay
necesidad de ir al notario.



En este
caso, si además los hijos no tienen intención de vender los bienes o
adjudicárselos,&nbsp;la
viuda podrá seguir disfrutando de todos los bienes del difunto.&nbsp;Así,
la herencia puede quedarse indivisa hasta que el cónyuge fallezca. El pago de
los impuestos se puede resolver mediante una instancia en documento privado, a
la que hay que acompañar de la documentación justificativa del óbito, los
bienes de la herencia y acreditar quiénes son los herederos.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/en-que-casos-no-es-necesario-ir-notario-para-repartir-herencia.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Tue, 05 Apr 2022 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[La campaña de la Renta 2021-2022]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/la-campana-de-renta-2021-2022.html]]></link>
<description><![CDATA[LA CAMPAÑA DE LA RENTA 2021-2022]]></description>
<content:encoded><![CDATA[El 6 de abril comienza la&nbsp;campaña
de la Renta 2021-2022, que finalizará el 30 de
junio. Para una correcta declaración, hay que fijarse en todos los puntos. Uno
de ellos, es el de las deducciones en el IRPF, que nos permitirán ahorrar unos
cuantos euros. ¿Qué gastos son deducibles? Lo explicamos a continuación. ¿Qué son las deducciones en el IRPF?

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es una
cantidad que se adelanta a Hacienda en previsión a la declaración de la renta.
Las&nbsp;deducciones en el IRPF son unos beneficios fiscales&nbsp;que
se aplican sobre la cuota tributaria para impulsar actividades que le interesan
al Estado, como&nbsp;tener hijos, fomentar las donaciones, la compra de
vivienda, etc.Tipos de deducciones en el IRPFExisten&nbsp;dos tipos de deducciones
fiscales&nbsp;en el IRPF, dependiendo de su ámbito:&nbsp;estatales
y autonómicas.·&nbsp;&nbsp;Las deducciones estatales&nbsp;están
grabadas en la&nbsp;Ley de
Impuesto&nbsp;y se aplican a todos los
ciudadanos españoles.





·&nbsp;&nbsp;Las deducciones autonómicas&nbsp;están
marcadas por la ley de cada comunidad autónoma y se aplican a los
contribuyentes que residan en ese territorio.¿Qué
puedo deducir en la Renta 2021-2022?A nivel estatal, hay una serie de deducciones que conviene
destacar. Estos son los&nbsp;gastos deducibles en el
IRPF a los que tienen derecho todas las personas físicas&nbsp;que
residan en España:Deducción
de IRPF por:·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Hijo en
nómina.·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Plan de pensiones.·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Vivienda habitual.·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Familia numerosa.·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Donativos
(Renta 2021-2022).·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Afiliación
a un sindicato o partido político.

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Alquiler.¿Se
puede deducir la cuota de autónomos?La cuota de los autónomos&nbsp;es
deducible, siempre que en la declaración de la renta se presente un
justificante bancario.¿Qué son
las deducciones autonómicas?Las&nbsp;deducciones&nbsp;del
IRPF a nivel&nbsp;autonómico&nbsp;son aquellas que están
reguladas&nbsp;por una&nbsp;comunidad
autónoma. El porcentaje, el tipo de ayuda y los requisitos varían de una a
otra.&nbsp;En este&nbsp;enlace&nbsp;puedes consultar todas.&nbsp;]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/la-campana-de-renta-2021-2022.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Mon, 04 Apr 2022 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Qué pasa con la hipoteca si la casa sufre daños o es destruida]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/que-pasa-con-hipoteca-si-casa-sufre-danos-o-es-destruida.html]]></link>
<description><![CDATA[QUÉ PASA CON LA HIPOTECA SI LA CASA SUFRE DAÑOS O ES DESTRUIDA]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Cuando suceden desastres naturales como inundaciones o incendios es
frecuente que surjan preguntas sobre qué pasa con la hipoteca si la casa sufre
daños e incluso si es destruida. La respuesta depende de cada caso particular
pero, en general, contar con un seguro de hipoteca o un seguro de hogar que
cubra la hipoteca es lo mejor que podemos hacer para prevenir estas
situaciones. Repasamos algunas consideraciones al respecto. La casa como garantía de
la hipoteca

Lo
primero que hay que tener en cuenta es que, cuando vamos a pedir una hipoteca,
el banco nos concede el dinero porque tiene una garantía que le permitirá
recuperarlo en caso de impago. Esta garantía es la propia vivienda sobre la que
recae la hipoteca. Sin embargo,&nbsp;en
caso de que la casa sea destruida o dañada, la vivienda ya no constituye una
garantía en sí misma, ya que ha perdido el valor que tenía&nbsp;en
el momento en el que se realizó la tasación y que fue considerado a la hora de
conceder la hipoteca.El seguro de hogar como seguro de hipoteca

En
general, cuando una casa con hipoteca es dañada o destruida, lo primero que
debemos hacer es tener en cuenta el seguro de hogar contratado.&nbsp;El seguro de hogar es un seguro con el
que el tomador se protege de determinados riesgos que pueden afectar a su casa.&nbsp;Estos
riesgos van desde cortocircuitos eléctricos, roturas de las cañerías,
accidentes domésticos a inundaciones o incendios, entre otros muchos.En este sentido, es importante tener en cuenta el&nbsp;artículo 40 de la Ley 50/1980 de contrato de seguro. Este artículo viene a decir que, en caso de que la casa sea dañada o destruida, si el seguro se hace cargo de la hipoteca, el seguro se encargará de realizar el pago de parte de la hipoteca que quede pendiente de amortizar. Además, el banco tendrá una posición preferente a la hora de recibir el dinero. Es decir, que el seguro deberá pagar antes la deuda de la hipoteca y, a continuación, al propietario de la vivienda en las condiciones correspondientes a cada caso.El Consorcio de
Compensación de SegurosRespecto
a situaciones en las que la casa es dañada o destruida completamente, cabe
mencionar la importancia tiene el&nbsp;Consorcio
de Compensación de Seguros, también denominado simplemente como
Consorcio. El Consorcio es una entidad pública empresarial adscrita al
Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.Las
funciones del Consorcio son varias, aunque&nbsp;una de las principales es la
de&nbsp;dar cobertura en
caso de siniestros de gran magnitud, como por ejemplo&nbsp;el volcán de La
Palma, ya que los seguros de hogar no incluyen en sus pólizas
este tipo de siniestros. Es decir, en el contrato del seguro de hogar no está
estipulado que el seguro cubrirá los gastos derivados de una hipotética
erupción volcánica. Sin embargo, en este caso, es el Consorcio de Compensación
de Seguros el que interviene para financiar los gastos derivados de este tipo
de siniestros, aunque no estén incluidos en la póliza de los seguros
convencionales.





No
obstante, hay que tener en cuenta que, para poder beneficiarse de cualquier
compensación aprobada por el Consorcio,&nbsp;es
indispensable contar con un seguro previamente contratado y estar al corriente
de los pagos&nbsp;correspondientes.¿Qué sucede cuando no
hay un seguro de hipoteca?Finalmente,
si se da la circunstancia de que no existe un seguro de hogar contratado, la
situación es más complicada. En este sentido, lo primero que hay que tener en
cuenta es que la deuda contraída con el banco no desaparece por el hecho de que
la vivienda haya sido dañada o destruida. Debido a esto, la deuda hipotecaria
debe seguir pagándose independientemente de la situación concreta de la
vivienda.En
esta situación, podemos encontrarnos con dos casos concretos que son clave a la
hora de afrontar la situación:Grandes catástrofesEn
el caso de las grandes catástrofes, por ejemplo la acontecida con el volcán de
La Palma, es habitual que la Administración Pública intervenga para paliar el
daño causado. En este sentido, si se declara el territorio afectado como zona
catastrófica según lo previsto en el artículo 23 de la Ley 17/2015, las
personas afectadas tendrán acceso a ayudas económicas concretas y en proporción
a su patrimonio inicial. De esta forma, las personas que reciban estas ayudas
podrán hacer frente al pago de la hipoteca y, en muchos casos, liquidar la
deuda pendiente con el banco.Desastres particulares&nbsp;











Otra
situación diferente es la que se da en el caso de no contar con un seguro de
hogar pero que, al mismo tiempo, la magnitud del desastre o catástrofe no
implique la intervención de la Administración Pública.¿Es obligatorio el
seguro de hogar en una hipoteca?Por
todo lo visto anteriormente, es muy recomendable que, tanto si tenemos una
hipoteca como si no, contratemos un seguro de hogar, aunque no es obligatorio
por ley. Es obligatorio contar con un seguro de hogar, pero no que vaya ligado
al préstamo.



No
obstante, también hay que tener en cuenta que, actualmente, casi todos
los&nbsp;bancos exigen disponer de un seguro de hipoteca a la hora de conceder
el préstamo. Por tanto, contratar un seguro de hogar se convierte en una de las
formas más fáciles y sencillas para mejorar las condiciones si estamos pensando
en solicitar una hipoteca en cualquier entidad bancaria. Además, es la mejor
forma de evitar vernos en la hipotética situación de sufrir un desastre y
vernos sin casa, pero&nbsp;con una deuda que pagar.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/que-pasa-con-hipoteca-si-casa-sufre-danos-o-es-destruida.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Mon, 04 Apr 2022 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[La agencia no tenía que hacerlo]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/la-agencia-no-tenia-que-hacerlo.html]]></link>
<description><![CDATA[LA AGENCIA NO TENÍA QUE HACERLO]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Encargo.&nbsp;El dueño de un local encargó en exclusiva su venta, pactándose
como honorarios del mediador 3.600&nbsp;euros. Tras encontrar un comprador y
firmar un contrato privado de compraventa, el adquirente desistió y no firmó la
escritura, por lo que el vendedor se negó a pagar los honorarios.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Sin embargo, los
tribunales le han obligado a hacerlo: Los honorarios se devengan
     cuando se perfecciona la compraventa, lo que, en este caso, sucedió al
     firmar el contrato privado.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Asimismo,
     en dicho contrato las partes reconocieron la labor del mediador y que el
     vendedor debía abonar sus honorarios.Por ello, no se ha aceptado lo
     alegado por el vendedor: que el mediador no hizo nada para lograr la
     consumación de la venta ni requirió al comprador para que escriturara.

La firma del contrato
privado de compraventa supone el devengo de los honorarios.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/la-agencia-no-tenia-que-hacerlo.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Fri, 01 Apr 2022 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Cómo calcular cuánto cobrarás en tu jubilación]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/como-calcular-cuanto-cobraras-tu-jubilacion.html]]></link>
<description><![CDATA[CÓMO CALCULAR CUÁNTO COBRARÁS EN TU JUBILACIÓN]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Las&nbsp;prestaciones
sociales&nbsp;son uno de los asuntos que más preocupan a muchos
españoles. No basta con saber cuáles son los requisitos para tener acceso a
ellas, sino que también es importante tener clara la cuantía que se obtiene con
cada una. Sin duda,&nbsp;las
más abonadas son las prestaciones contributivas, es decir, las
de jubilación, viudedad, etcétera. La
Seguridad Social&nbsp;ha explicado en su cuenta de atención al ciudadano en
Twitter que dicha prestación se calcula "aplicando un porcentaje a la base
reguladora de su prestación, que es una cuantía determinada en función de las
bases de cotización del periodo que se tiene en cuenta para su prestación".
Este método se utiliza para calcular otras pensiones como el paro, por ejemplo.

Las pensiones por jubilación suponen más de 6,2 millones&nbsp;de los
9,9 millones de prestaciones que se conceden en España. Con un gran número de
trabajadores casi en edad de retirarse, incluso de forma anticipada, es
importante saber cómo calcular esta cuantía.

Cómo calcular la base reguladoraEn
conclusión;&nbsp;para
cobrar el total de la jubilación el ciudadano debe contar con un total de 36
años trabajados. Pero esto no significa que el importe de la
pensión aumente ya que lo que hay que tener en cuenta es esa base reguladora.
Por este motivo, es importante cotizar por bases de cierta cuantía en los
últimos años de trabajo previos a la jubilación.

Desde la reforma de las pensiones en 2011, se ha ido produciendo
un&nbsp;aumento
progresivo&nbsp;de las bases de cotización necesarias para
calcular la base reguladora. Por ello, a partir de 2013 esa cantidad se ha
incrementado cada año, hasta llegar a 2022.

Este año el método consiste en sumar las bases de cotización
de&nbsp;los últimos 25
años (300 meses) y dividir el resultado entre 350. El año
pasado, en cambio, había que tener en cuenta de los últimos 24 años y el
divisor era de 336.

El porcentaje al que el trabajador tendrá derecho depende del número
de años cotizados que posea.&nbsp;El
mínimo necesario para cobrar la jubilación son 15 años cotizados,
con los que la persona puede optar a cobrar un 50% de la base reguladora. En el
caso de no llegar a la cuantía mínima que le corresponde, se le aplica un
complemento que aumente el importe hasta llegar a la cifra necesaria.

Posteriormente, el porcentaje al que esta persona tiene derecho
aumentará conforme sume meses y años de cotización. Durante los 106 meses
siguientes el trabajador consigue un 0,21% de la base por cada uno de ellos.
Después, por cada uno de los 146 meses restantes la cifra desciende a un 0,19%.A qué
otras prestaciones se destina el resto de la base reguladoraEn el caso de la jubilación el porcentaje que recibimos depende
de cada uno, pero en el resto de las pensiones el valor es predeterminado.·&nbsp;&nbsp;&nbsp;Las pensiones por viudedad:&nbsp;por
normal general están en el 52% pero pueden variar hasta el 70% en función de
las circunstancias personales del beneficiario, como cargas familiares o bajos
ingresos.·&nbsp;&nbsp;&nbsp;Las pensiones de incapacidad
permanente:&nbsp;en este caso la cuantía va desde el 55% al 100% de la base
reguladora (para aquellos con gran o absoluta invalidez). Según la Seguridad
Social:&nbsp;"las
cantidades pueden aumentar de un 30 a un 50%&nbsp;cuando la
lesión se produzca por máquinas, artefactos o en instalaciones, centros o
lugares de trabajo que carezcan de los dispositivos de precaución
reglamentarios, los tengan inutilizados o en malas condiciones, o cuando no se
hayan observado las medidas de seguridad e higiene en el trabajo, o las
elementales de salubridad o las de adecuación personal a cada trabajo".







·&nbsp;&nbsp;La prestación contributiva por
desempleo:&nbsp;en el caso del paro, tenemos derecho a cobrar el 70% de la
base reguladora durante los primeros seis meses, después la cifra desciende al
50%.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/como-calcular-cuanto-cobraras-tu-jubilacion.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Wed, 30 Mar 2022 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Propietario o inquilino: quién paga las pequeñas reparaciones del piso]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/propietario-o-inquilino-quien-paga-pequenas-reparaciones-piso.html]]></link>
<description><![CDATA[PROPIETARIO O INQUILINO: QUIÉN PAGA LAS PEQUEÑAS REPARACIONES DEL PISO]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Cualquier vivienda necesita un
mantenimiento habitual. Y en el caso de un inmueble de alquiler suelen existir
muchas dudas sobre&nbsp;quién debe hacerse cargo de las pequeñas
reparaciones, si el arrendador o el arrendatario. Según explica la&nbsp;Agencia
Negociadora del Alquiler (ANA),&nbsp;el mantenimiento diario de la vivienda
le corresponde al inquilino, quien es responsable&nbsp;de aquellos gastos
periódicos que deben efectuarse en la vivienda para poder continuar disfrutando
de ella en el mismo estado en que la recibió.

Pero, para que se
puedan repercutir a los inquilinos estas pequeñas reparaciones,&nbsp;es
necesario que se haya producido un desgaste por uso, por ello es muy
difícil que se puedan imputar a los inquilinos estas pequeñas reparaciones en
los primeros meses de los contratos o en aquellos elementos que los inquilinos
apenas puedan usar.

Ahora bien, ¿de que
estamos hablando cuando nos referimos a "pequeñas reparaciones?". Claramente es
un&nbsp;problema de interpretación, porque resulta complicado averiguar
qué quiere regular exactamente el legislador cuando habla de "pequeñas"
reparaciones". Las&nbsp;pequeñas reparaciones que los propietarios pueden
exigir a los inquilinos en el alquiler de viviendas&nbsp;vienen recogidas
en el&nbsp;artículo 21.4 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), y se
refiere a&nbsp;obras menores de escasa cuantía que no afectan a la
habitabilidad de las viviendas, y que derivan del uso que hacen los
arrendatarios.

Existen cinco
criterios que la jurisprudencia ha utilizado para determinar cuándo estamos
ante este tipo de reparaciones, y que la&nbsp;Agencia Negociadora del Alquiler&nbsp;recomienda
como una buena referencia para todos los que se dediquen al alquiler de
vivienda y tengan que solucionar quién se hace cargo de las pequeñas reparaciones:1.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;El
importe económico de las reparaciones. El importe de las reparaciones debe ser razonable en relación
con el valor de reposición del objeto deteriorado. Así, por ejemplo, hay
sentencias que consideran que existen pequeñas reparaciones cuando el coste de
la reparación no excede del 50% de la renta mensual. Otras sentencias en cambio
consideran que existe una pequeña reparación&nbsp;cuando el coste de la
reparación es inferior al 50% del coste nuevo del bien a reparar.2.&nbsp;Analizar
el tipo de bien de que se trate.&nbsp;Teniendo en cuenta los deterioros que puedan realizarse en
elementos que se utilizan diariamente por los arrendatarios y que precisan un
mantenimiento habitual y periódico para mantenerse en correcto uso. Aquí
podríamos incluir: grifos, cerraduras, enchufes, bombillas, cisterna del wáter,
avería en calentadores, persianas, termos, cristales, puertas, etc.3.&nbsp;&nbsp;Analizar
el tiempo de uso que lleva el arrendatario usando la vivienda.&nbsp;Esta es una fórmula muy importante para poder
determinar si ha habido desgaste imputable al inquilino o no. De esta forma,
las reparaciones que aparezcan al poco tiempo de iniciarse los contratos son
muy difícil que se puedan imputar a los inquilinos (arrendatarios). El
arrendatario debe responder por el desgaste producido por él, y no por el
desgaste acumulado que se haya ocasionado por el uso de otros arrendatarios
anteriores.4.&nbsp;&nbsp;Determinar
si el bien a reparar&nbsp;era muy nuevo o a estrenar, o ya era usado.&nbsp;Un elemento a estrenar no arrastra un
uso anterior, y en este caso se puede presumir que su rotura correspondería al
arrendatario, salvo que fuera imputable al fabricante dentro de su garantía.







5.&nbsp;Tareas
de mantenimiento de los electrodomésticos, tales como: filtros, sustitución de piezas, mantenimiento en
juntas, mantenimiento de suelos utilizando los productos adecuados,
mantenimiento de muebles, de bañeras (sellados), inodoros, bidet, fregaderos,
desagües en cocinas y baños para evitar obstrucciones. Muy característico, si
se pacta, es el mantenimiento anual de las calderas, calentadores, equipos de
aire acondicionado (filtros y carga), campanas extractoras (filtros),
mantenimiento de persianas (sustitución de cuerdas o lamas que se pudieran
haber soltado). Todas estas son reparaciones de poco coste económico y derivan
del uso que hacen los inquilinos. Las inspecciones obligatorias de
instalaciones de gas corresponderían a los arrendadores por ser gastos
derivados de la conservación de las viviendas.Lo que no se puede
incluir dentro del apartado de pequeñas reparaciones producidas por el uso y
desgaste ordinario imputables a los inquilinos, son las&nbsp;reparaciones
originadas&nbsp;cuando las cosas agotan su vida útil, es decir,
cuando su deterioro se debe&nbsp;a su antigüedad&nbsp;y no a un uso
inadecuado, incluso cuando el elemento roto tenga poco valor o no sea
indispensable para que la vivienda siga siendo habitable.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/propietario-o-inquilino-quien-paga-pequenas-reparaciones-piso.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Wed, 30 Mar 2022 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Cómo conseguir una hipoteca sin aval bancario]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/como-conseguir-una-hipoteca-sin-aval-bancario.html]]></link>
<description><![CDATA[CÓMO CONSEGUIR UNA HIPOTECA SIN AVAL BANCARIO]]></description>
<content:encoded><![CDATA[A la hora de estudiar la concesión de nuevas hipotecas,&nbsp;muchos&nbsp;bancos exigen un avalista
para formalizar la operación: es decir, que una tercera persona
se comprometa a pagar la deuda en caso de impago del titular.&nbsp;Sin embargo,
esta figura no es necesaria cuando el cliente tiene un perfil solvente y se
cumplen otros factores, como por ejemplo que solicite un préstamo de un importe
reducido o que ya tenga contratados otros productos con la entidad. Repasamos
qué es el aval bancario, qué responsabilidad tiene, cuándo lo piden los bancos
y qué condiciones deben darse para conseguir una hipoteca sin aval. ¿Qué es el aval bancario y qué responsabilidad tiene?El aval bancario, o&nbsp;avalista solidario, es&nbsp;una tercera persona que se compromete a pagar la deuda&nbsp;del titular de la hipoteca en caso de impago. Es decir, se trata de una persona que, sin recibir el dinero del préstamo, se compromete a responder por la deuda contraída con el banco como si fuera suya.¿Cuándo piden aval los bancos?Existen diversos casos en los que los bancos suelen solicitar un aval bancario cuando vamos a&nbsp;pedir una hipoteca. En general, se puede decir que los bancos pedirán un aval cuando el titular que va a firmar la hipoteca no sea un cliente que ofrezca todas las seguridades al banco a la hora de prestar su dinero. Es decir, un cliente que, por sí solo, no sea lo suficientemente solvente o que&nbsp;no ofrezca suficientes garantías de que podrá hacer frente al pago de la deuda contraída&nbsp;a partir de la firma de la hipoteca.¿Qué necesito para una hipoteca sin aval?En general, podemos decir que la única forma posible de conseguir una hipoteca sin aval bancario es convenciendo a la entidad de que somos un&nbsp;cliente suficientemente seguro y solvente como para no necesitar contar con el aval&nbsp;en cuestión. Para ello, se tienen que tener en cuenta diversos factores, entre los más importantes cabe destacar los siguientes:Nivel de ingresosEl primer factor que hay que tener en consideración es el nivel de ingresos. Si contamos con un nivel de ingresos elevado, es muy probable que el banco no nos solicite un aval a la hora de conceder una hipoteca. Como es lógico, esto depende principalmente del trabajo que tengamos, por lo que no es un elemento fácil de modificar. En este sentido, un buen consejo si queremos conseguir una hipoteca sin aval es solicitar el préstamo&nbsp;después de un aumento de sueldo, ya que es la forma más sencilla de mejorar nuestro nivel de ingresos de cara al banco.Trabajo estableAdemás del nivel de ingresos, otro elemento que los bancos tienen en cuenta a la hora de pedir o no un aval bancario es la estabilidad de nuestro trabajo. Puede que ganemos mucho dinero pero, si esos ingresos no se mantienen a lo largo del tiempo, al banco no le bastará como garantía. En este sentido, llevar&nbsp;muchos años trabajando en una misma empresa,&nbsp;así como contar con un contrato fijo, ayuda a la hora de no necesitar un avalista. Del mismo modo, en el caso de los&nbsp;trabajadores autónomos, estar dado de alta en el régimen de autónomos de forma estable y mantenida en el tiempo ayuda a la hora de poder prescindir del aval bancario cuando vamos a&nbsp;buscar una hipoteca.EdadLa edad es otro factor que va a influir mucho a la hora de necesitar o no una hipoteca.&nbsp;La mejor edad para pedir una hipoteca es entre los 35 y los 45 años, por lo que es menos probable que el banco exija un aval bancario si solicitamos el préstamo en esta franja de edad. Por el contrario, si somos menores de 35 años, es casi seguro que la entidad bancaria nos solicite un aval para completar la firma de la hipoteca, algo bastante común en la mayoría de&nbsp;hipotecas para jóvenes.Importe del préstamoOtro elemento que puede ser decisivo a la hora de conseguir una hipoteca sin aval es la cantidad de dinero de la hipoteca.&nbsp;A mayor capital prestado mayor riesgo de impago&nbsp;y, en consecuencia, mayor probabilidad de que el banco exija un aval. Por el contrario, en el caso de préstamos con un capital pequeño, al haber menos riesgo de impago, es más probable que el banco acepte prestarnos el dinero sin necesidad de contar con una avalista.Vinculación con el bancoFinalmente, otro factor que puede influir bastante a la hora de conseguir una hipoteca sin aval bancario es el nivel de vinculación que tenemos con el banco. Si solicitamos la hipoteca en un&nbsp;banco con el que tenemos una larga relación (es decir, tenemos&nbsp;otros productos contratados desde hace ya tiempo) es más probable que no necesitemos contar con un aval bancario a la hora de firmar la hipoteca.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/como-conseguir-una-hipoteca-sin-aval-bancario.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Tue, 29 Mar 2022 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Transmitido en menos de un año]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/transmitido-menos-un-ano.html]]></link>
<description><![CDATA[TRANSMITIDO EN MENOS DE UN AÑO]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Recuerde que ahora,
aunque transmita un inmueble adquirido hace menos de un año, también puede
verse obligado a satisfacer la plusvalía municipal... Nuevo sistema de cálculo.&nbsp;Como sabe, después de que el sistema de cálculo del impuesto
sobre la plusvalía municipal fuese declarado inconstitucional por vulnerar los
principios de equidad, justicia y capacidad económica, fue aprobada una nueva
normativa al respecto.

Menos de un año.&nbsp;El nuevo sistema de cálculo también obliga a tributar por
las transmisiones que se produzcan sin que haya transcurrido más de un año
desde la adquisición (antes, salvo en algunos municipios, esto no
sucedía).&nbsp;¡Atención!&nbsp;&nbsp;En
estos casos, al realizar el cálculo del impuesto según el método de
coeficientes, debe prorratearse el coeficiente aplicable considerando el número
de meses completos transcurridos desde la adquisición, es decir, sin tener en
cuenta las fracciones de mes.Si calcula el impuesto
"según coeficientes", deberá prorratear el coeficiente para transmisiones a
menos de un año en función de los meses completos transcurridos.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/transmitido-menos-un-ano.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Mon, 28 Mar 2022 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Cómo saber si mi inquilino es moroso]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/como-saber-si-mi-inquilino-es-moroso.html]]></link>
<description><![CDATA[CÓMO SABER SI MI INQUILINO ES MOROSO]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Alquilar una vivienda es un negocio que puede ser muy fructífero, ya que
mientras se recibe una renta mensual, la casa se puede revalorizar. Sin
embargo, arrendar no está exento de riesgo, ya que te puedes topar con un&nbsp;moroso&nbsp;o, lo que
es peor, con un moroso profesional.&nbsp;¿Cómo
detectarlos?&nbsp;Te lo explicamos. Señales
que alertan de un inquilino moroso

Sin
embargo, no todos figuran en las&nbsp;bases de datos
de inquilinos morosos. Puede que tu caso sea el
primero. Pero hay unas señales y rasgos que les delatan. Estas son algunas de
ellas:No tiene referencias



Si el
posible inquilino ha vivido de alquiler anteriormente y&nbsp;no tiene
referencias de otros propietarios, algo no marcha bien. Esto
probablemente indica que&nbsp;ha terminado mal con su
antiguo arrendador. Y, aunque puede haber diversos motivos,
uno de ellos puede que sea debido a la morosidad.Pagar por adelantado



Esta es
una señal de las más frecuentes y en las que más caen los propietarios. El
posible inquilino ofrece pagar una cantidad por adelantado para&nbsp;demostrar
que la solvencia no va a ser un problema.&nbsp;

Puede
llegar a&nbsp;querer abonar cuatro o seis meses más de los estipulados, y eso
genera cierta seguridad en el arrendador. Por eso utilizan esta táctica.
Lamentablemente, lo cierto es que seguramente quien te esté ofreciendo ese
avance sea un moroso profesional, no un inquilino responsable. En todos los
casos,&nbsp;lo conveniente es ceñirse a las condiciones contractuales&nbsp;(fianza,
mes en curso y mes de agencia, si procede).Retraso en el pago de las rentas



Que
tu&nbsp;inquilino se retrase en el pago&nbsp;de
la mensualidad una vez, es comprensible. Pero si lo hace con&nbsp;frecuencia, deben
saltar las alarmas. Además, si los retrasos empiezan a ser consecutivos, hay
que actuar pronto.No proporcionar la información y documentación necesaria



A la
hora de escoger inquilino, siempre hay que&nbsp;solicitar
información documentada sobre él.&nbsp;Con esto, se conocerá más
su perfil, sus ingresos, su contrato de trabajo, etc. En el caso de varios
candidatos, toda la información recabada será muy útil a la hora de decantarse
por uno u otro. Si el interesado&nbsp;responde con evasivas, se
muestra reticente o le faltan documentos, hay más que&nbsp;motivos
para desconfiar. Puede que diga la verdad, pero cuántos menos riesgos se
corran, mejor.Evita profesionales



Si el
posible inquilino quiere&nbsp;fijar el contrato sin ayuda
profesional,&nbsp;puede indicar que esconde algo. Las
agencias inmobiliarias están igual de interesadas que tú en que el alquiler
salga bien, pues viven, en parte, del boca a boca de sus clientes. Y un cliente
insatisfecho, significa menos retribución a la larga. No tiene por qué ser
siempre así, pero si te dejas asesorar por una compañía inmobiliaria, como
propietario reduces riesgos, ya que ellos velarán por ti.Contratos de palabra



Un
moroso querrá&nbsp;dejar por escrito lo menos posible&nbsp;para
que su delito esté lo menos registrado. Lo mejor es hacer&nbsp;contratos&nbsp;por escrito y&nbsp;añadir
las cláusulas que tú creas necesarias. Si te pide que quites
alguna, no debes ceder, si ello supone un riesgo para ti.No tiene propiedades



Otra
pista que nos puede sugerir que estamos ante un moroso del alquiler es que el
inquilino&nbsp;extrapole su estatus al resto de ámbitos. Por
ejemplo, si no tiene propiedades, utiliza permanentemente un coche que no está
a su nombre, etc. Es muy difícil de detectar, pero puede servir de referencia.No querer pagar por transferencia



Si el
pago de las mensualidades quieres que sea por transferencia bancaria, pero
el&nbsp;posible inquilino se niega&nbsp;y
solo quiere pagar en efectivo, puede levantar sospechas. Hoy en día todo el
mundo tiene una cuenta en el banco. Las transferencias quedan
registradas, el metálico no.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/como-saber-si-mi-inquilino-es-moroso.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Fri, 25 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Cómo solicitar el borrador del IRPF 2022 (Renta 2021) y cuándo hacerlo]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/como-solicitar-borrador-irpf-2022-renta-2021-y-cuando-hacerlo.html]]></link>
<description><![CDATA[CÓMO SOLICITAR EL BORRADOR DEL IRPF 2022 (RENTA 2021) Y CUÁNDO HACERLO]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Como todos los años, llega la Declaración de la Renta y toca hacer
números. Aunque hasta abril no se abre el plazo para presentar las
declaraciones, conviene preparar el borrador cuanto antes y conocer las fechas
y los puntos clave. En este artículo te contamos los detalles. Cuándo pedir el borrador
de la Renta 2022: fechas claveSegún el calendario del contribuyente de la&nbsp;Agencia Tributaria, se podrá pedir
el borrador de la Declaración de la Renta&nbsp;por internet a partir del día 6 de abril.
Por otro lado, se podrá realizar de&nbsp;manera
presencial desde el 1 de junio&nbsp;hasta el 30 del mismo mes.
También se podrá hacer&nbsp;por
teléfono desde el 5 de mayo&nbsp;hasta el 30 de junio.Consultar el borrador del IRPF de 2021



Habrá que&nbsp;esperar
hasta el 15 de marzo para poder obtener y consultar el borrador de la Renta
2022&nbsp;y conseguir el número de referencia en la página web
de la Agencia Tributaria. Ese mismo día, Hacienda sacará la aplicación para la
declaración de la Renta 2022 (IRPF 2021).Por otro lado, si hiciste la Declaración de la Renta el ejercicio pasado y marcaste la casilla correspondiente, este año te&nbsp;llegará a casa por correo ordinario un borrador de tu declaración para 2022. De modo que, una vez lo recibas, puedes entrar en la web de la Agencia Tributaria o llamar por teléfono para confirmarlo o modificar algún dato.Solicitar el borrador de
la Renta por internetSe podrá presentar las declaraciones vía&nbsp;online a partir del miércoles 6 de
abril&nbsp;a través de la&nbsp;web&nbsp;de la Agencia Tributaria.
Para ello, se debe disponer de alguno de los siguientes métodos de acceso al
borrador:·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Certificado digital.·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Cl@veNúmero de
referencia, que en la campaña anterior se hizo a través del resultado de la
casilla 505 del ejercicio anterior.Declaración
de la Renta por teléfonoA&nbsp;partir
del 5 de mayo&nbsp;se podrá pedir cita previa para hacer la
declaración de forma&nbsp;telefónica.
Esta opción es recomendable para aquellas personas que precisen de ayuda, ya
que contarán con la guía de un empleado de la Agencia Tributaria. Se puede
pedir cita previa llamando a los teléfonos&nbsp;901 12 12 24 y 91 535 73 26&nbsp;o en la
página web del organismo.Obtener el borrador de forma presencial





No será
hasta el&nbsp;jueves 26
de mayo&nbsp;que se pueda pedir cita previa para hacer la
presentación del borrador de forma presencial en una&nbsp;oficina de la Agencia Tributaria.
Se podrá&nbsp;pedir cita
previa llamando a los teléfonos 901 22 33 44 y 91 553 00 71&nbsp;o
en la web de la Agencia Tributaria. A partir del&nbsp;miércoles 1 de junio&nbsp;se
empezarán a presentar las declaraciones por esta vía.¿Cuándo
se declara a Hacienda?El último
plazo para presentar la Declaración&nbsp;de la Renta es el&nbsp;30 junio.
Aunque cabe destacar que el&nbsp;25 de junio es el último
día para presentar declaraciones a ingresar. Por
otro lado, el 29 de junio es el último día para solicitar cita previa por
internet, en oficinas y por vía telefónica.Novedades de la Renta 2022Las
principales&nbsp;novedades&nbsp;de la Declaración de la Renta de 2022 son el&nbsp;aumento
de dos puntos del tipo estatal&nbsp;que grava las&nbsp;rentas
del trabajo de más de 300.000 euros, hasta el 47%, y&nbsp;tres
puntos&nbsp;para las rentas de&nbsp;capital de más de 200.000
euros, hasta el 26%, lo que afectará a un número reducido de 36.194
contribuyentes Por último, aquellos con un&nbsp;patrimonio
de más de 10 millones&nbsp;verán como su tipo
impositivo&nbsp;se eleva al 3,5%,&nbsp;un 1% más que el año
anterior.¿Cómo saber si tengo que
hacer la declaración de la Renta?Lo más
común es que todos los trabajadores tengan que declarar. Para concentrar la
cuestión,&nbsp;deberán realizar la Declaración&nbsp;de la
Renta:-&nbsp; Los trabajadores por cuenta ajena que hayan percibido un&nbsp;sueldo superior a los 22.000 euros&nbsp;durante
el año 2021.&nbsp;- Trabajadores que hayan&nbsp;percibido menos de 22.000 euros&nbsp;durante
2021 pero de&nbsp;varios pagadores.&nbsp;-&nbsp; &nbsp; Autónomos.-&nbsp; Personas que hayan&nbsp;obtenido
más de 14.000 euros de varios pagadores.&nbsp;- Las personas que obtengan&nbsp;ingresos patrimoniales&nbsp;o
de rendimiento de capital mobiliario de&nbsp;más de 1.600 euros al año.&nbsp;-&nbsp; Aquellos que hayan percibido como&nbsp;mínimo 1.000 euros&nbsp;brutos en 2021
de&nbsp;rentas inmobiliarias, rendimientos de Letras
del Tesoro o subvenciones&nbsp;para la adquisición de
viviendas de protección oficial o de precio tasado.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/como-solicitar-borrador-irpf-2022-renta-2021-y-cuando-hacerlo.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Thu, 24 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[El Supremo aclara cómo actuar si un vecino cierra su terraza sin autorización de la comunidad]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/el-supremo-aclara-como-actuar-si-un-vecino-cierra-su-terraza-sin-autorizacion-de-comunidad.html]]></link>
<description><![CDATA[EL SUPREMO ACLARA CÓMO ACTUAR SI UN VECINO CIERRA SU TERRAZA SIN AUTORIZACIÓN DE LA COMUNIDAD]]></description>
<content:encoded><![CDATA[El
Tribunal Supremo acaba de resolver un asunto que suele darse más de lo previsto
en algunas comunidades de propietarios. Hay muchos vecinos que&nbsp;deciden cerrar su terraza con o
sin el consentimiento del resto de propietarios&nbsp;y en
algunos casos también tiran muros para unir la terraza con el resto de la
vivienda. El Alto Tribunal recalca que es esencial que&nbsp;quien quiera cerrar la terraza y
anexionarla a la casa debe contar con el consentimiento de los copropietarios. En el
caso resuelto, el demandante interpuso la demanda contra el vecino que cerró su
terraza con PVC y, además, eliminó la pared preexistente de la terraza. El
demandado alegó que el demandante carecía de legitimidad para interponer dicha
demanda porque su parecer iba en contra del resto de vecinos.

Ahora el Supremo estima que la comunidad de propietarios dio el
visto bueno al cierre de la terraza, pero no a la demolición de los muros de
cierre de la vivienda. Por eso, condena al vecino demandado a reponer los muros
demolidos para anexionar vivienda y terraza.

Y, por
otro lado, el Alto Tribunal considera que el demandante sí que tiene derecho a
ejercitar acciones legales que competen a la comunidad de vecinos, siempre y
cuando actúe en beneficio de todos los propietarios y en defensa del interés
sobre los elementos comunes.Los
elementos comunes de un edificioEl artículo 396 del Código Civil establece que los elementos
comunes de un edificio son los necesarios para su adecuado uso y disfrute:
fachadas, terrazas, balcones, cubiertas, escaleras, porterías, patios,
ascensores, etc.El mantenimiento de los elementos comunes del edificio
corresponde a todos los copropietarios. No en vano, la realización de obras
para la adecuada conservación de los servicios e instalaciones comunes no
requerirá acuerdo previo de la Junta de propietarios. Y tendrá carácter
obligatorio por lo que no cabrá oponerse a la realización de tales
reparaciones. Con independencia de que sean solicitadas por algunos vecinos o
impuestas por la Administración Pública.Qué posibilidades hay de modificar un elemento comúnEn principio, sí es posible modificar un elemento común de un
edificio, pero siempre que haya consentimiento por parte de la comunidad de
propietarios. Así, cualquier alteración de un elemento común deberá acordarse
en la Junta de Propietarios con la mayoría legalmente exigida.









El
cerramiento de una terraza es una actuación sobre elementos comunes
relativamente frecuente. Anteriormente exigía el acuerdo unánime de todos los
copropietarios. Y actualmente, tras la reforma llevada a cabo por Ley 8/2013,
requiere el voto favorable de los 3/5 de los propietarios que representen las
3/5 partes de las cuotas de participación. Así como la autorización
administrativa del organismo correspondiente y el consentimiento de los
propietarios afectado.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/el-supremo-aclara-como-actuar-si-un-vecino-cierra-su-terraza-sin-autorizacion-de-comunidad.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Thu, 24 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[El aislamiento térmico de las casas pasivas]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/el-aislamiento-termico-de-casas-pasivas.html]]></link>
<description><![CDATA[EL AISLAMIENTO TÉRMICO DE LAS CASAS PASIVAS]]></description>
<content:encoded><![CDATA[El&nbsp;aislamiento
de la&nbsp;casa&nbsp;pasiva&nbsp;es una de las partes
fundamentales de este tipo de construcciones sostenibles, siendo clave para
poder lograr el ahorro de energía que persigue este tipo de inmuebles. Las&nbsp;viviendas pasivas&nbsp;duplican
o triplican su espesor de aislamiento térmico con respecto a las casas
convencionales. Gracias a un mayor&nbsp;espesor
de aislamiento en la casa pasiva, se consigue mantener de
manera eficaz una temperatura de confort en el interior del inmueble. El aislamiento térmico
en una casa pasiva

En
una&nbsp;passivhaus&nbsp;uno
de los aspectos más importantes es el&nbsp;aislamiento térmico. Un buen aislamiento
favorece el sistema de climatización de la casa pasiva, siendo clave para
mantener durante todo el año una temperatura óptima.

En función de la zona climática
en la que se encuentre localizado el inmueble el&nbsp;espesor aislamiento casa pasiva&nbsp;variará,
debiendo encontrar el punto de inflexión, a partir del cual el incremento del
grosor sea poco relevante para poder&nbsp;mejorar la eficiencia energética.Cómo conseguir el aislamiento en las casas pasivas



Al
buscar&nbsp;materiales
aislantes para casas pasivas&nbsp;es recomendable tener en
cuenta una serie de consejos que son clave para poder lograr los mejores
resultados y ahorrar dinero.

En una&nbsp;casa pasiva, el aislamiento es
fundamental, siendo un conjunto de materiales y técnicas de
instalación que se aplican para tratar de&nbsp;minimizar la transmisión de calor hacia otros espacios no
deseados. Gracias al aislamiento térmico se logran reducir las
pérdidas de calor hacia el exterior de la vivienda durante los meses de
invierno, mientras que, en verano, protege de que pueda entrar calor en el
inmueble.

Asimismo, es importante&nbsp;mantener un adecuado aislamiento
térmico&nbsp;en otros lugares que no están directamente
relacionados con la construcción, como son las tuberías de distribución de
líquidos fríos o calientes, de las cámaras frigoríficas, de calderas y hornos,
y de otros elementos o aparatos que emplean energía y que se necesita&nbsp;mejorar la eficiencia en su consumo.

Los materiales aislantes que se
deben utilizar en la envolvente de una casa pasiva se caracterizan por tener
una&nbsp;baja
conductividad térmica.Para lograr el mejor aislamiento es necesario recurrir a&nbsp;ventanas para casas pasivas&nbsp;que se encuentren fabricadas con un vidrio muy eficiente. Las ventanas utilizadas en este tipo de inmuebles reducen las pérdidas de calor eliminando el&nbsp;puente térmico que existe entre marco y cristal, además de que el propio marco debe ser altamente aislante y contar con al menos tres juntas de hermeticidad.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/el-aislamiento-termico-de-casas-pasivas.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Wed, 23 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Paga seis meses]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/paga-seis-meses.html]]></link>
<description><![CDATA[PAGA SEIS MESES]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Alquiler.&nbsp;En
diciembre de 2018 se firmó un contrato de alquiler de vivienda, pactándose una
duración de un año y que el inquilino podía "desistir del contrato sin
penalización, una vez transcurridos al menos 6 meses, comunicándolo
fehacientemente al arrendador con una antelación mínima de 30 días".&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Pues bien: Dado que en febrero de 2019 el
     arrendatario abandonó la vivienda, los tribunales le han obligado a pagar
     las rentas que faltaban hasta cumplir los seis primeros meses de
     contrato.Se ha considerado que no existe
     un "enriquecimiento injusto" del arrendador (como alegaba el inquilino),
     pues este tenía que haber permanecido en el piso al menos seis meses,
     según lo pactado y lo que establece la ley.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Recuerde que también puede pactar en el contrato
     que, en caso de desistimiento, el inquilino deberá indemnizarle con un mes
     de renta por cada año de contrato que falte por cumplir.El inquilino sólo puede
desistir del contrato tras los seis primeros meses.¿Ya existían los daños?Alquiler.&nbsp;Un arrendador reclamó al inquilino por unos daños en el piso, pero el inquilino alegó que ya existían cuando se firmó el contrato.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Los tribunales han dado la razón al arrendador:La ley presume que la vivienda
     arrendada fue entregada en buen estado, por lo que el inquilino debe
     demostrar lo contrario.Es cierto que el arrendador que
     afirma que el piso le ha sido devuelto con daños debe acreditarlos.&nbsp;¡Atención!&nbsp;&nbsp;Pero según el tribunal, una vez el
     arrendador demuestra que la vivienda se ha devuelto con daños existe
     responsabilidad del inquilino, salvo que este demuestre que son anteriores
     al alquiler, que se han causado por un tercero de quien no deba responder
     o que son fruto de un caso fortuito.



Prevenir.&nbsp;Refuerce
su posición incluyendo en el contrato una cláusula conforme el piso se entrega
en buen estado y adjuntando fotografías que lo acrediten.

Se presume que la
vivienda se entregó al inquilino en buen estado.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/paga-seis-meses.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Tue, 22 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Por qué conviene utilizar sistemas SATE en obras de nueva construcción]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/por-que-conviene-utilizar-sistemas-sate-obras-nueva-construccion.html]]></link>
<description><![CDATA[POR QUÉ CONVIENE UTILIZAR SISTEMAS SATE EN OBRAS DE NUEVA CONSTRUCCIÓN]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Los&nbsp;Sistemas de Aislamiento Térmico por el Exterior (SATE)&nbsp;contribuyen a mejorar las prestaciones de la fachada, ya
que pueden llegar a eliminar los puentes térmicos prácticamente en su
totalidad. Lo que cobra especial relevancia hoy en día, cuando el aislamiento
de las viviendas y los edificios se ha convertido en una auténtica prioridad. Los SATE constituyen
una solución de envolvente de fachada ideal a la hora de recomendarlo&nbsp;tanto para obras de nueva construcción
como para rehabilitación de edificios existentes&nbsp;por sus
múltiples ventajas:

Ahorro de energíaLos SATE son
soluciones constructivas ideales para el cumplimiento de las exigencias de la
normativa, ya que&nbsp;se
adaptan fácilmente a los espesores de aislamiento térmico requeridos y pueden
eliminar los puentes térmicos&nbsp;de la envolvente de fachada
con elementos constructivos como pilares y cantos de forjados.Asimismo,
la combinación de los SATE con las carpinterías, vidrieras e instalaciones
térmicas adecuadas&nbsp;permite
obtener edificios con calificaciones energéticas A y B&nbsp;de
forma relativamente sencilla, siempre y cuando se hagan bien las cosas.Seguridad
en caso de incendio

En la
revisión del documento sobre propagación de incendios se modificó la clase de
reacción al fuego exigido a los sistemas constructivos de fachada, porque&nbsp;se ha incrementando notablemente
la seguridad&nbsp;de los edificios frente al fuego y el SATE
cumple las exigencias requeridas actualmente.Salubridad

Los SATE justifican el cumplimiento de los requisitos de protección
contra la humedad aportando el mayor grado de impermeabilidad y haciendo
posible su aplicación en toda España. Además,&nbsp;poseen un revestimiento exterior de
muy alta resistencia&nbsp;a la filtración, adaptable a los
movimientos del soporte, que garantiza la adherencia al mismo, aportando de
igual modo una elevada permeabilidad al vapor de agua.Protección
contra el ruidoResultan muy
interesantes los sistemas SATE&nbsp;basados
en aislamientos de lana mineral, teniendo en cuenta sus excelentes propiedades
acústicas.La aplicación
de esta técnica en una vivienda requiere un análisis de las características
propias del inmueble y los elementos o materiales a utilizar.





Así pues, al margen de sus
prestaciones, la durabilidad en el tiempo o la relación calidad-precio; los SATE están en claro auge y&nbsp;suponen
una herramienta ideal para cumplir con las exigencias del Código Técnico de la
Edificación (CTE), sobre todo a nivel térmico, siendo
soluciones constructivas cada vez más habituales en edificios de consumo casi
nulo.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/por-que-conviene-utilizar-sistemas-sate-obras-nueva-construccion.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Tue, 22 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Compraventas de inmuebles]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/compraventas-inmuebles.html]]></link>
<description><![CDATA[COMPRAVENTAS DE INMUEBLES]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Comprador.&nbsp;En una compraventa de vivienda, se firmó un contrato privado y se
entregaron 10.000&nbsp;euros como arras penitenciales. Además, se pactó la
fecha máxima para escriturar y se añadió la posibilidad de prorrogar ese plazo
25&nbsp;días.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Esa cautela ha permitido al vendedor no tener que devolver las
arras por duplicado: Llegada la fecha máxima, no se
     pudo escriturar por un impedimento no imputable al vendedor (faltaba una
     resolución de la Administración conforme no ejercía el derecho de
     tanteo).&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Dicha circunstancia justificaba la prórroga del
     plazo para escriturar.Además, cuando el comprador fue
     requerido para escriturar, no lo hizo e intentó aprovechar un retraso
     ajeno al vendedor para atribuirle a él la responsabilidad.

Si firma arras, prevea
el riesgo de no poder escriturar en la fecha pactada.



No
podías ignorarlos...

Humedades.&nbsp;Los
tribunales&nbsp;han rechazado una reclamación por vicios ocultos en una
compraventa porque los defectos eran visibles antes de la compra (diversos
testigos declararon que se podían ver las manchas de humedad y el suelo negro y
abombado).&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Pero,
además, el tribunal también ha tenido en cuenta estos dos factores:El comprador era una SL dedicada a la construcción y rehabilitación.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Y el vendedor no responde si los defectos están a la vista o si, aunque no lo estén, el comprador es un experto que debía fácilmente conocerlos.También se ha tenido en cuenta que se pactó una rebaja de 5.000 euros por el estado de la vivienda (si vende un inmueble con una rebaja así, especifique los defectos que crea que es más probable que se manifiesten tras la compra).No se puede reclamar por vicios ocultos si los defectos estaban a la vista.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/compraventas-inmuebles.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Mon, 21 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[El reparto de fondos para el bono joven del alquiler y el Plan de Vivienda se aprobará en una semana]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/el-reparto-fondos-para-bono-joven-alquiler-y-plan-vivienda-se-aprobara-una-semana.html]]></link>
<description><![CDATA[EL REPARTO DE FONDOS PARA EL BONO JOVEN DEL ALQUILER Y EL PLAN DE VIVIENDA SE APROBARÁ EN UNA SEMANA]]></description>
<content:encoded><![CDATA[El Gobierno ha dado el visto bueno al reparto planteado y
la Conferencia Sectorial de Vivienda lo aprobará el próximo 9 de marzo. Empieza la cuenta atrás para que el bono joven del
alquiler y las ayudas del nuevo Plan de Vivienda sean una realidad.Las ayudas del bono joven y el
Plan de Vivienda

El&nbsp;bono joven
del alquiler&nbsp;contempla una ayuda de&nbsp;hasta 250
euros mensuales durante dos años para inquilinos de entre 18 y 35 años.&nbsp;Para
acceder a ese monto, los solicitantes&nbsp;deben contar con un contrato de
alquiler y con un contrato de trabajo&nbsp;que no les genere
ingresos superiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos
Múltiples (Iprem), en 24.318 euros anuales.

Además,&nbsp;el límite de
la renta del alquiler será de 600 euros en el caso de los pisos&nbsp;y
de 300 euros para las habitaciones. No obstante, la medida contempla la
posibilidad de elevar ese tope a 900 euros y 450 euros, respectivamente, en
zonas tensionadas. El Mitma no descarta que los máximos superen esos 900 y 450
euros en determinadas zonas.Por otro lado, el&nbsp;Plan Estatal de Vivienda&nbsp;para los próximos cuatro años centrado en facilitar el acceso a la vivienda mediante ayudas al alquiler a los jóvenes y a ciudadanos vulnerables, en aumentar el parque público residencial, sobre todo para alquiler social y asequible, y permitir la emancipación de los jóvenes en entornos rurales. Y contempla&nbsp;diferentes&nbsp;programas de ayudas al alquiler y la compra.

]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/el-reparto-fondos-para-bono-joven-alquiler-y-plan-vivienda-se-aprobara-una-semana.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Mon, 21 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Esta construcción es ilegal]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/esta-construccion-es-ilegal.html]]></link>
<description><![CDATA[ESTA CONSTRUCCIÓN ES ILEGAL]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Un cliente le ha encargado la venta de una vivienda en la que realizó
unas obras sin obtener la oportuna licencia municipal. Vea en qué situación se
encuentra la finca y cómo debe actuar para no tener problemas al vender. Sin licencia

Ilegal.&nbsp;Explique a su
cliente que, en estos momentos, la construcción realizada en la finca es ilegal
porque cuando se hizo no contaba con los permisos municipales
correspondientes.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Explíquele
también que la obra podría ser legalizable siempre que sea acorde con la normativa
vigente en el momento de la legalización. De lo contrario no se podrá
legalizar, a menos que pueda ser modificada para adecuarla a la normativa.

Infracción.&nbsp;En
todo caso, el hecho de haber realizado las obras sin licencia constituye una
infracción urbanística, por lo que si la Administración lo descubre podría:

Imponer a su cliente una multa
     que variará según la comunidad autónoma (en Andalucía, por ejemplo, la
     infracción se considera grave, con multa de a partir de 3.000 euros).Requerirle, como propietario,
     para que retire la obra ilegal.¡Atención!&nbsp;&nbsp;Esto
siempre dependerá de si ha transcurrido el plazo del que dispone la
Administración para reclamar (que varía según la comunidad autónoma ?cuatro
años en Madrid, seis en Cataluña, ocho en Baleares...?) y del suelo (si es no
urbanizable, no prescribe).

ICIO.&nbsp;Además, si no han
transcurrido cuatro años desde la finalización de las obras, podrían exigir a
su cliente también el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
(ICIO).

A la hora de vender

Venta.&nbsp;Informe a su
cliente que, si pretende transmitir la finca tal como está, deberá hacer
constar en la escritura de compraventa la situación urbanística (para
asegurarse de que el comprador la conoce).&nbsp;¡Atención!&nbsp;&nbsp;De lo contrario, el comprador dispondrá de
un plazo de cuatro años desde la compra para exigir que se rescinda la venta y
además solicitar una indemnización por daños y perjuicios.

Legalización.&nbsp;En
consecuencia, antes de iniciar cualquier gestión de búsqueda de un posible
comprador, realice unas investigaciones previas para verificar si es posible
legalizar la finca (ya que lo más probable es que, si encuentra uno, este exija
que se legalice la obra antes de comprar).

Legalización de una construcción

Paso 1. Ayuntamiento.&nbsp;Verifique si puede legalizar la construcción acudiendo al
Ayuntamiento y solicitando las ordenanzas municipales para ver si éstas
permiten la obra realizada con sus características.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Es importante que cuente con el
asesoramiento de un especialista (un arquitecto) que pueda interpretar bien las
ordenanzas y verificar que la obra cumple con los requisitos técnicos
especificados.

Paso 2. Proyecto técnico.&nbsp;Necesitará que el arquitecto realice un proyecto técnico
sobre la construcción, indicando sus características y demás datos que permitan
comprobar que se ajusta a la legalidad vigente.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Recuerde que debe ser legal en el
presente. Si en el momento de la construcción las ordenanzas lo permitían pero
estas han cambiado y ya no lo permiten, deberá igualmente legalizar la obra.

Paso 3. Licencia de legalización.&nbsp;Presente el proyecto técnico en el
Ayuntamiento para solicitar la licencia de legalización y que sea modificado el
catastro según la realidad.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Deberá pagar unas tasas y, una vez hecho, el Ayuntamiento resolverá
y el proceso habrá terminado.Una construcción hecha sin licencia es ilegal, de modo que la Administración puede exigir su retirada e imponer sanciones. Pero podrá legalizarse si es conforme a la normativa vigente. Si se quiere vender hay que informar de la situación urbanística en la escritura.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/esta-construccion-es-ilegal.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Thu, 17 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Calcular cuánto paga de IRPF un autónomo en 2022: retenciones y tramos]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/calcular-cuanto-paga-irpf-un-autonomo-2022-retenciones-y-tramos.html]]></link>
<description><![CDATA[CALCULAR CUÁNTO PAGA DE IRPF UN AUTÓNOMO EN 2022: RETENCIONES Y TRAMOS]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Tanto si eres trabajador por cuenta ajena como
autónomo, toca pasar por la caja de la Agencia Tributaria. Hacienda somos
todos. Mientras que el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
de los empleados se descuenta de la nómina, el&nbsp;IRPF del autónomo&nbsp;se
abona de manera trimestral. En este artículo te explicamos todo lo que debes
saber. ¿Qué es el IRPF de los autónomos?Las&nbsp;retenciones del IRPF&nbsp;son&nbsp;aportaciones&nbsp;que
los trabajadores&nbsp;adelantan a Hacienda de cara a
la Declaración de la Renta&nbsp;con el fin de cumplir en la medida de lo
posible con sus obligaciones fiscales.El&nbsp;IRPF de los autónomos&nbsp;es
un&nbsp;impuesto&nbsp;progresivo.
Esto quiere decir que&nbsp;cuánto más se gana, más se paga.
El Fisco establece una serie de porcentajes para poder calcular cuánto pagas de
IRPF. Desde 2015, el&nbsp;tipo general para un autónomo es
del 15%.&nbsp;De este modo, habrá que pagar a la Agencia
Tributaria la cantidad proporcional al 15% de lo que se haya facturado en el
trimestre.Estas retenciones se aplican a los&nbsp;trabajadores
por cuenta propia&nbsp;que están dados de alta en las secciones
segunda y tercera del&nbsp;Impuesto de Actividades
Económicas. Por lo tanto,&nbsp;solo
se deben aplicar retenciones&nbsp;si se realizan actividades profesionales y
artísticas y el destinatario sea otro autónomo o una empresa. En&nbsp;operaciones
intracomunitarias&nbsp;o entre particulares no se aplican estas
retenciones.¿Cómo&nbsp;pagan los autónomos el IRPF?Los&nbsp;autónomos&nbsp;deben
realizar las retenciones en las facturas que emitan y presentar declaraciones
trimestrales a través del&nbsp;modelo 130, si tributan en&nbsp;estimación
directa, o el&nbsp;modelo 131,&nbsp;si lo hacen en&nbsp;estimación
objetiva o por módulos. El&nbsp;porcentaje&nbsp;que
te tocará pagar por los beneficios será el&nbsp;20%
sobre la diferencia entre los ingresos brutos&nbsp;(sin
IVA) y&nbsp;los gastos brutos&nbsp;(sin
IVA).Para final de ejercicio,&nbsp;Hacienda
pagará a aquellos que hayan pagado más de lo que les corresponde,
es decir, la Declaración de la Renta les saldrá a devolver. En cambio, si han
pagado menos, deberán abonar la cantidad correspondiente.La Agencia Tributaria pone a disposición de los&nbsp;autónomos
una calculadora del IRPF&nbsp;con la que calibrar&nbsp;las
retenciones. Puedes acceder a ella desde&nbsp;aquí.El IRPF en los nuevos autónomosSi te acabas de dar de alta como autónomo podrás aplicar
una&nbsp;retención reducida al 7% en el
primer año y en los dos siguientes de actividad.
Luego pasará al 15%, aunque Hacienda plantea establecer que los nuevos
autónomos puedan disfrutar del 7% durante los dos años.Cómo se calcula el IRPF de los autónomosComo autónomo puedes tributar el&nbsp;IRPF&nbsp;de
tres maneras distintas:&nbsp;estimación directa simplificada,
directa normal y estimación objetiva o por módulos.Estimación directa simplificada

























La&nbsp;estimación directa simplificada&nbsp;es la más sencilla y la que se suele aplicar
durante los primeros años de autónomo. Puedes acogerte a ella si la cifra de
negocios de tu actividad&nbsp;no ha superado los 600.000 euros.Mediante
esta modalidad,&nbsp;el IRPF se calcula según los
beneficios obtenidos por tu actividad laboral.&nbsp;Estimación
directa normalCasi
idéntica a la anterior. La diferencia radica en que&nbsp;tendrás
que recurrir a este régimen si tu actividad ha superado los 600.000 euros&nbsp;anuales.&nbsp;En
el caso de que tengas que tributar mediante esta modalidad,&nbsp;debes
vigilar las siguientes obligaciones contables&nbsp;y
de registro de cuentas:·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Si desarrollas&nbsp;actividades
mercantiles&nbsp;debes ajustar tu contabilidad al Código de
Comercio y al Plan General de Contabilidad.·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Si tu&nbsp;actividad no
es mercantil, solo estás obligado a poseer los libros de
registro de ventas e ingresos, de compras y gastos y el de bienes de inversión.·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
En cambio, si tu&nbsp;actividad es
profesional, serán obligatorios los libros de registro de
ingresos, de gastos, de bienes de inversión y el de provisiones de fondos y
suplidos.&nbsp;Estimación objetiva o módulosEsta
modalidad también es un régimen simplificado por el que&nbsp;se
tributa según una previsión del rendimiento económico&nbsp;en
vez de por los beneficios reales. Esta previsión se basa en unos
parámetros&nbsp;objetivos fijados por el Ministerio de Hacienda&nbsp;y solo puede aplicarse a algunas actividades.¿Cuánto paga de IRPF un autónomo en 2022?





















Como norma general&nbsp;será un 15%.&nbsp;Este es el tipo genérico al que
están sometidos la mayoría de autónomos.Cuándo
se paga el IRPF&nbsp;Los
autónomos están obligados a realizar&nbsp;autoliquidaciones de forma
trimestral&nbsp;para abonar el IRPF. De este modo, el pago se
hace fraccionado. Las fechas del calendario son del&nbsp;1 al 20 del
mes siguiente (ambos días inclusive) al período de liquidación (abril, julio,
octubre). La autoliquidación del&nbsp;cuarto
trimestre&nbsp;se presentará del&nbsp;1 al 30 de enero,
ambos incluidos.¿La cuota de autónomos es deducible en el IRPF?





La cuota que los autónomos tienen que pagar a la Seguridad Social todos
los meses&nbsp;sí
es deducible del IRPF, siempre que en la declaración de la
Renta se presente un justificante bancario.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/calcular-cuanto-paga-irpf-un-autonomo-2022-retenciones-y-tramos.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Thu, 17 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Indique que el plazo es esencial]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/indique-que-plazo-es-esencial.html]]></link>
<description><![CDATA[INDIQUE QUE EL PLAZO ES ESENCIAL]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Usted está interviniendo en una compraventa inmobiliaria, y el vendedor
le remarca que necesita firmar la escritura antes de una fecha concreta. Hágalo
constar en el contrato expresamente indicando que el plazo es esencial. Vea por
qué. Contrato privado de compraventa

Previo.&nbsp;En las
compraventas inmobiliarias es habitual que las partes firmen un contrato
privado previo en el que se otorgan un plazo para hacer los preparativos de la
escritura.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Y conviene
que este sea suficientemente holgado según las necesidades:

El vendedor puede necesitar
     tiempo para inscribir su propiedad (porque la ha adquirido recientemente,
     por ejemplo), o estar pendiente de obtener la licencia de primera
     ocupación, la cédula de habitabilidad...Respecto al comprador, puede
     necesitar tiempo para obtener financiación bancaria.Este plazo también puede ser
     necesario porque, por ejemplo, se va a adquirir otro inmueble, o se debe
     abandonar aquel en el que se reside por finalización del plazo de
     arrendamiento.

Término.&nbsp;A estos efectos,
es habitual estipular que el vendedor y el comprador se comprometen a otorgar
la escritura en una fecha máxima,&nbsp;pero sin añadir más consideraciones.&nbsp;Por
ejemplo, "la escritura pública se otorgará por todo el día 23 de abril de..." o
"como máximo el día 31 de diciembre de...".&nbsp;¡Atención!&nbsp;&nbsp;Sin embargo, puede ocurrir que, llegada
esa fecha, alguno de los contratantes no esté en condiciones de cumplir&nbsp;por
razones que no le sean imputables&nbsp;(enfermedad, insolvencia
sobrevenida, demora en los trámites bancarios...). Y en estos casos los
tribunales se muestran flexibles y no consideran que el incumplimiento del
plazo justifique la resolución del contrato. ¿Cómo prever incluso estos
supuestos?

Establezca un término&nbsp;esencial

Condición obligatoria.&nbsp;Indique expresamente en el contrato privado de compraventa
que ese término es&nbsp;esencial&nbsp;(es decir, que se trata de una
condición fundamental del contrato).&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;De esta manera, las causas que se invoquen para
justificar el no otorgamiento de la escritura pública en dicho plazo van a ser
irrelevantes, y ante el incumplimiento de una parte, la otra parte podrá optar
entre:Cumplimiento.&nbsp;Exigir a la otra el cumplimiento de lo pactado.Resolución.&nbsp;O bien resolver la compraventa, sin necesidad de más trámites.



¡Atención!&nbsp;&nbsp;En cambio, de no indicarse expresamente que el término
es&nbsp;esencial&nbsp;, el mero retraso de una de las partes (por
ejemplo, si el comprador no paga el precio en el plazo establecido porque
todavía no ha obtenido financiación) no sería, en principio, suficiente para
que la otra pudiera instar la resolución. Así, el vendedor primero debería
requerirle notarial o judicialmente. No obstante, podrá reclamar una
indemnización por daños y perjuicios, que pueda acreditar, por el retraso. Por
ejemplo, el alquiler de una vivienda durante el tiempo que se ha producido el
retraso.

En la práctica

Seguridad.&nbsp;El
establecimiento de un plazo con carácter esencial ofrece a ambas partes certeza
y seguridad. Especialmente a la parte vendedora, que en caso de impago del
precio podrá exigir o bien el cumplimiento o bien la resolución del contrato,
sin necesidad de conceder al comprador ningún plazo adicional para pagar.&nbsp;¡Atención!&nbsp;&nbsp;Eso sí: informe a sus clientes que
establecer un plazo esencial conlleva necesariamente prever y anticiparse a
eventuales contingencias que puedan impedirles en su momento cumplir dentro de
plazo. Calcule con ellos unos plazos realistas para evitar que la resolución de
la compraventa opere de manera automática.Pactando un plazo para escriturar con carácter esencial conseguirá que, llegado el momento, si una parte incumple y se retrasa, la otra pueda exigir el cumplimiento o la resolución del contrato sin más trámites, siendo irrelevantes las razones alegadas.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/indique-que-plazo-es-esencial.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Wed, 16 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Santander dará hipotecas de hasta el 95% a jóvenes menores de 36 años]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/santander-dara-hipotecas-hasta-95-jovenes-menores-36-anos.html]]></link>
<description><![CDATA[SANTANDER DARÁ HIPOTECAS DE HASTA EL 95% A JÓVENES MENORES DE 36 AÑOS]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Banco Santander financiará 1.000 millones de euros
en hipotecas para que 5.000 jóvenes&nbsp;menores de 36 años accedan a su primera vivienda al cubrir&nbsp;el 95% del
valor de tasación de la vivienda frente al 80% de media&nbsp;que
cubre el mercado, con lo que multiplica por cinco la oferta que lanzó el pasado
abril. Cómo acceder a esta hipoteca joven&nbsp;Para acceder a estas hipotecas, el contratante debe tener&nbsp;una antigüedad
laboral de al menos un año y unos ingresos netos mínimos de entre 1.600 y 2.200
euros&nbsp;mensuales, en función de la geografía de residencia.

Así mismo,&nbsp;tienen que aportar un aval personal&nbsp;que
estará en vigor durante los primeros cinco años de vida del préstamo.&nbsp;El plazo
máximo de concesión es de 30 años&nbsp;y la tasa de esfuerzo
(el porcentaje de los ingresos mensuales que se destina al pago de la hipoteca)
no debe superar el 30%.

Esta hipoteca se puede contratar a tipo fijo o
variable.&nbsp;Santander ha señalado que ha adaptado también
su oferta hipotecaria a la nueva situación del mercado, con una mejora de
condiciones de las hipotecas a tipo variable en función del préstamo y las
bonificaciones y un ajuste del tipo fijo.La entidad lanzó a finales de abril del pasado año&nbsp;una primera fase del programa con la oferta de 1.000 hipotecas en estas condiciones&nbsp;y según ha informado en un comunicado, en ocho meses se comercializaron la práctica totalidad de los préstamos.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/santander-dara-hipotecas-hasta-95-jovenes-menores-36-anos.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Wed, 16 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[A qué edad me puedo jubilar: estos son los tres casos posibles]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/a-que-edad-me-puedo-jubilar-estos-son-tres-casos-posibles.html]]></link>
<description><![CDATA[A QUÉ EDAD ME PUEDO JUBILAR: ESTOS SON LOS TRES CASOS POSIBLES]]></description>
<content:encoded><![CDATA[El 2022 ha venido cargado de novedades y algunas de
ellas guardan relación con las&nbsp;jubilaciones. Uno de los cambios es una
consecuencia de&nbsp;la aplicación de la&nbsp;reforma de las pensiones de
2011,&nbsp;que
estima elevar la edad de jubilación hasta los 67 años en algunos casos a partir
de un calendario progresivo&nbsp;que va elevando dicha edad
(desde 2013, primer año en el que se sintieron sus efectos) hasta llegar al
objetivo final. Por
este motivo, todos los contribuyentes que se quieran jubilar en 2022 deberán de
hacerlo a los 66 años y dos meses si no han alcanzado los 37 años y seis meses
de cotización previa. Sin embargo, la&nbsp;edad de jubilación desciende hasta los 65 años&nbsp;si
el empleado ha logrado cumplir este periodo.

La
realidad es que en 2021&nbsp;se exigía una&nbsp;menor edad para jubilarse&nbsp;y
se imponía un límite menor de años cotizados para determinar dicha edad:

- 66 años para los que
tuviesen menos de 37 años y tres meses cotizados;

- 65 años para el resto de
cotizantes.Pero ¿qué ocurre con las jubilaciones anticipadas?&nbsp;-
Las&nbsp;jubilaciones
anticipadas voluntarias&nbsp;(las que cuentan con un anticipo
de hasta dos años respecto a la&nbsp;edad ordinaria de jubilación), la edad de
jubilación mínima se fija&nbsp;en:- 64
años y dos meses&nbsp;si no se llega a 37 años y seis meses cotizados;- 63 años&nbsp;para los
trabajadores que si cumplan esta premisa.-
Otro tema son las&nbsp;jubilaciones anticipadas que provengan de un&nbsp;cese no
voluntario&nbsp;en el trabajo&nbsp;(también
llamadas&nbsp;involuntarias). En este caso,&nbsp;el adelanto
puede ser de hasta cuatro años, así que la edad mínima de jubilación en estas
situaciones es de:- 62 años y dos
meses&nbsp;para las personas que no han llegado a 37 años y seis meses &nbsp;&nbsp;de cotización;- 61 años&nbsp;para las
personas que sí han llegado.-
El último de los supuestos de jubilación anticipada&nbsp;viene marcada
por la peligrosidad, penosidad o toxicidad del trabajo del cotizante.&nbsp;En
este apartado entran profesiones como los mineros, bomberos al servicio de la
Administración, toreros, artistas, personal ferroviario, personal de vuelo de
trabajos aéreos, toreros, policías locales, miembros de la Ertzaintza o
Trabajadores del Mar. Cada uno de estos trabajos cuentan con sus propias normas
y&nbsp;edades
para poder jubilarse, pero en&nbsp;los casos más extremos la
edad de jubilación anticipada&nbsp;puede llegar a ser de 52 años.Cabe
destacar que la reforma de 2011 también se dejará notar en la edad de acceso a
la&nbsp;jubilación parcial, la que permite compaginar el cobro de una pensión
con un contrato a tiempo parcial. Para este grupo de gente la edad mínima para
jubilarse con contrato de relevo es&nbsp;de:- 63 años y cuatro
meses&nbsp;para las personas que no lleguen a una cotización de 35 años y seis
meses;





















- 62 años y dos meses&nbsp;para los trabajadores que sí acumulen esa
cotización.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/a-que-edad-me-puedo-jubilar-estos-son-tres-casos-posibles.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Tue, 15 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Llegan los paneles solares flexibles que revolucionarán la vivienda]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/llegan-paneles-solares-flexibles-que-revolucionaran-vivienda.html]]></link>
<description><![CDATA[LLEGAN LOS PANELES SOLARES FLEXIBLES QUE REVOLUCIONARÁN LA VIVIENDA]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Investigadores de la&nbsp;Universidad
de Newcastle, en Australia, han desarrollado un nuevo tipo de paneles
solares flexibles. Afirman que se pueden imprimir como los periódicos
tradicionales. Se podrán usar para cargar aplicaciones
pequeñas o colocar en tejados donde no se pueden instalar los paneles
tradicionales. Su coste no supera los nueve euros por metro cuadrado y tiene un
bajo coste de mantenimiento.

Los expertos, en colaboración
con otras universidades, han desarrollado esta&nbsp;técnica de
imprimación&nbsp;que permitirá recubrir ventanas y tejados en cualquier
momento, y de una manera fácil. Además, tienen un fácil servicio de
mantenimiento, ya que simplemente hay que reemplazar la unidad rota por una
nueva.

Una nueva forma de reducir
el coste de construcción de la energía y las emisiones de carbono a la
atmósfera.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/llegan-paneles-solares-flexibles-que-revolucionaran-vivienda.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Tue, 15 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[¡Firmó como propietario!]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/firmo-como-propietario.html]]></link>
<description><![CDATA[¡FIRMÓ COMO PROPIETARIO!]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Arrendamientos.&nbsp;Usted intervino en un contrato de arrendamiento en el que el
propietario de una vivienda la cedió en alquiler.&nbsp;¡Atención!&nbsp;&nbsp;No obstante, con posterioridad el
arrendador vendió la nuda propiedad de la vivienda, reservándose el usufructo
vitalicio, y tras su fallecimiento el nuevo propietario dice que el alquiler ha
finalizado. ¿Es así? Usufructo.&nbsp;Es
cierto, tal y como argumenta el propietario, que cuando un usufructuario firma
un contrato de alquiler sobre el inmueble usufructuado, dicho alquiler termina
cuando fallece el arrendador, independientemente de si ha transcurrido el plazo
legal del contrato o no.&nbsp;¡Atención!&nbsp;&nbsp;Sin embargo, en este caso no firmó como
usufructuario, sino como propietario; por tanto, el inquilino se convierte en
un tercero de buena fe y, en consecuencia, el nuevo propietario deber respetar
la duración del contrato pactada o, en caso de no haberse pactado, la duración
mínima legal.

Si un propietario firma un
alquiler y con posterioridad vende la nuda propiedad, el arrendamiento no se
extingue a su muerte.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/firmo-como-propietario.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Mon, 14 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Los economistas insisten: no es el momento de subir impuestos y hay que eliminar Patrimonio]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/los-economistas-insisten-no-es-momento-subir-impuestos-y-hay-que-eliminar-patrimonio.html]]></link>
<description><![CDATA[LOS ECONOMISTAS INSISTEN: NO ES EL MOMENTO DE SUBIR IMPUESTOS Y HAY QUE ELIMINAR PATRIMONIO]]></description>
<content:encoded><![CDATA[El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) plantea una serie de recomendaciones antes de que se
conozca el veredicto del comité de expertos para la reforma fiscal. El&nbsp;REAF, el órgano especializado en fiscalidad del
Consejo General de Economistas de España,&nbsp;considera que
ahora no es el momento de&nbsp;subir&nbsp;los
impuestos&nbsp;en la reforma fiscal que
planea abordar el Ejecutivo y creen que convendría
plantearse seriamente la eliminación del
Impuesto sobre el Patrimonio porque en la actualidad ha perdido potencia
recaudatoria.

Los
economistas creen que la fórmula para dar cumplimiento a las recomendaciones
europeas para incrementar la recaudación en España pasan,&nbsp;no por subir
los tipos, sino por tratar de revisar determinados incentivos, relacionados
principalmente con las deducciones.&nbsp;Además, consideran que
este objetivo se podría alcanzar generando actividad económica y facilitando el
crecimiento empresarial.

Esta aceleración de la actividad económica que ya se está
produciendo, unido a los elevados precios de la energía, ha provocado que las
tasas de la inflación se hayan disparado en los últimos meses.

Sobre esta cuestión, los economistas creen que deberían
modificarse algunos parámetros, como establecer reducciones para rendimientos
de trabajo, si el Índice de Precios al Consumo sigue incrementándose y supone
una subida importante de la tributación por esta vía.En cuanto a abolir Patrimonio, un impuesto que no se aplica en todas las comunidades
autónomas,&nbsp;los economistas creen que el impuesto podría transformarse en una
declaración informativa, solo para patrimonios que superen un determinado
umbral.Sobre&nbsp;Sucesiones y Donaciones, los economistas
consideran que es una figura que plantea problemas de competencia fiscal a la
baja.En
cuanto a otras medidas concretas, los economistas asesores fiscales, a
propósito del&nbsp;anteproyecto
de ley para el impulso de los planes de pensiones, entienden que es conveniente incentivar las
aportaciones a los planes de empleo de las empresas, estableciendo para los
empleadores una deducción en cuota para darle un impulso a esta interesante
iniciativa.La reforma de la fiscalidad autonómica y localAnte
una más que polémica posible reforma de la fiscalidad autonómica y local, los
economistas no creen que sea necesario modificar las cestas de impuestos
asignadas porque ya tienen cedidos tramos de la mayor parte de los impuestos
importantes.El
único impuesto troncal no cedido es el Impuesto sobre Sociedades&nbsp;y,
en este sentido, creen que no sería recomendable cederlo porque se generarían
muchos problemas si se tratase de utilizar para competir fiscalmente entre los
territorios.En
opinión de los economistas, habría que mejorar la implicación de las
comunidades autónomas en la administración de los impuestos en cuyos
rendimientos participan, a través de fórmulas consorciadas, como prevén algunos
estatutos. A este respecto, dado que en la gestión tributaria hay importantes
economías de escala y alcance, convendría unificarla en manos de una agencia
única compartida por Estado y CCAA, que no supondría "trocear" la
Agencia Tributaria.









Además, en cuanto al&nbsp;Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos
Documentados, los economistas consideran que debería acometerse una profunda
reforma,&nbsp;porque, "claramente, está anticuado" y
la modalidad de operaciones societarias es un lastre para el dinamismo
empresarial.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/los-economistas-insisten-no-es-momento-subir-impuestos-y-hay-que-eliminar-patrimonio.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Mon, 14 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Evo Banco simplifica su hipoteca variable: esta es su oferta sin comisiones y 100% online]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/evo-banco-simplifica-su-hipoteca-variable-esta-es-su-oferta-sin-comisiones-y-100-online.html]]></link>
<description><![CDATA[EVO BANCO SIMPLIFICA SU HIPOTECA VARIABLE: ESTA ES SU OFERTA SIN COMISIONES Y 100% ONLINE]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Pasado el primer año, el interés se sitúa en euríbor + 0,83%
si el cliente domicilia la nómina y contrata los seguros de vida y hogar. Evo
Banco&nbsp;sigue ofreciendo&nbsp;una de las
hipotecas variables&nbsp;más
competitivas del mercado, a pesar de haber&nbsp;modificado
las condiciones&nbsp;para simplificar su
oferta.

Su
préstamo para la compra de vivienda establece un tipo de interés de&nbsp;euríbor +
1,85% durante el primer año, aunque a partir de entonces, y
durante el resto de la vida de la hipoteca, aplica&nbsp;euríbor +
0,83% (0,99% TAE). Para optar a estos números, el cliente debe
cumplir tres condiciones: domiciliar la nómina en la entidad y contratar los
seguros de hogar y de vida.

En
caso contrario, el tipo de interés se eleva a euríbor + 2,2% durante los
primeros 12 meses desde la apertura del préstamo. Y, pasado ese plazo, pasaría
a euríbor + 1,18% (1,04% TAE).

Independientemente
de que el cliente se aplique o no las bonificaciones, la hipoteca variable de
Evo&nbsp;no
tiene comisiones. No penaliza el estudio de la operación, ni la
apertura, ni la amortización anticipada, ya sea un desembolso parcial o total.

Otra
de sus ventajas competitivas respecto a las demás entidades es que el
préstamo&nbsp;puede contratarse 100% online, y que se muestra
flexible en los plazos de contratación. La única condición en este sentido es
que la suma de la edad del solicitante y plazo de la hipoteca no exceda
de&nbsp;75
años.

Por último,&nbsp;permite financiar hasta el 80%&nbsp;del menor de
estos importes: el valor de tasación o el precio de compra, siempre que se
trate de una vivienda habitual. Y establece un&nbsp;periodo anual
de revisión&nbsp;de las condiciones.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/evo-banco-simplifica-su-hipoteca-variable-esta-es-su-oferta-sin-comisiones-y-100-online.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Mon, 14 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[La casa tiene vicios ocultos y son graves...]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/la-casa-tiene-vicios-ocultos-y-son-graves--.html]]></link>
<description><![CDATA[LA CASA TIENE VICIOS OCULTOS Y SON GRAVES...]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Su cliente ha comprado
una casa y, al poco de instalarse, ve que es necesario realizar muchas
reparaciones de las que no se le advirtió cuando la compró y quiere reclamar.
¿Qué opciones tiene y cuáles son los plazos para ejercitarlas? Concepto y requisitosVicios ocultos.&nbsp;Cuando, con posterioridad a una compraventa, aparecen
desperfectos que no se veían a simple vista, el comprador puede reclamar un&nbsp;saneamiento
por vicios ocultos.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Para ello, los tribunales exigen unos requisitos:Inhábil.&nbsp;La anomalía debe convertir la cosa en total o
     parcialmente inhábil para su uso (por ejemplo, filtraciones que impidan
     que el tejado cumpla su función de cubierta o grietas en paredes de
     carga).&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;En cambio, no se considera así una fuga en una
     tubería que no impida su utilización y pueda ser reparada por el seguro
     sin causar perjuicio al comprador.Grave.&nbsp;De manera que, si el comprador hubiese conocido
     el defecto, no habría adquirido la cosa o habría pagado un precio
     inferior.Oculto.&nbsp;Si los defectos son manifiestos o el comprador
     pudo percibirlos a simple vista, la ley exime de responsabilidad al
     vendedor.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;También le exime si el comprador es un perito que
     debía fácilmente conocerlos por razón de su profesión o si contrató a un
     técnico para que examinara la cosa antes de comprarla.Anterior. El defecto debe existir en el momento de firmar la
     compraventa, aunque se manifieste con posterioridad.Plazo.&nbsp;La reclamación por
vicios ocultos está sujeta al corto plazo de seis meses contados desde la
entrega de la cosa vendida.&nbsp;¡Atención!&nbsp;&nbsp;Además este plazo no puede interrumpirse
mediante una reclamación extrajudicial (por ejemplo, un burofax), por lo que
debe presentar la demanda necesariamente dentro de dicho plazo.Posibles accionesAcción redhibitoria.&nbsp;Permite al comprador desistir del contrato y reclamar los
gastos que haya pagado (el precio de venta, el notario, el registro y los
impuestos).&nbsp;¡Atención!&nbsp;&nbsp;Además, si el vendedor actuó de mala fe porque conocía los
vicios y no informó, el comprador también podrá reclamar los daños y perjuicios
que haya sufrido.Acción quanti minoris.&nbsp;Para obtener una rebaja proporcional del precio de la
compra. El importe de esta rebaja lo determina un perito según el menor valor
que la cosa tenga en el mercado como consecuencia del vicio.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Sin embargo, algunos tribunales aceptan
que la rebaja del precio sea precisamente el coste de la reparación.Pasados los seis meses...Tardío.&nbsp;Aun así, puede
ocurrir que el auténtico vicio se detecte más tarde; por ejemplo, porque una pequeña
grieta se ha hecho más grande revelando un problema mayor como la ruina de la
edificación o porque el vendedor ha ocultado una humedad grave con un falso
techo.&nbsp;¡Atención!&nbsp;&nbsp;¿Significa esto que no se puede reclamar?Incumplimiento.&nbsp;En ese caso, si el vicio es tan grave que hace que la casa
sea inservible, los tribunales consideran que hay incumplimiento contractual,
entendiendo que el vendedor ha entregado una cosa distinta a la pactada.&nbsp;¡Atención!&nbsp;&nbsp;El comprador podrá ejercitar las
siguientes acciones:Indemnización de daños, con la que podrá reclamar el coste de la reparación.Resolución del contrato por incumplimiento.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;En este caso podrá devolver la casa, recuperar el precio con intereses y reclamar una indemnización por daños y perjuicios.Apunte.&nbsp;&nbsp;Ambas
acciones tienen la ventaja de que están sujetas a un plazo de ejercicio de
cinco años y, además, pueden interrumpirse extrajudicialmente.























Si los vicios ocultos
son graves y existen en el momento de la transmisión, el comprador podrá
reclamar en un plazo de seis meses. Sin embargo, si la casa resulta inservible,
se puede reclamar por incumplimiento de contrato en un plazo de cinco años.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/la-casa-tiene-vicios-ocultos-y-son-graves--.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Fri, 11 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[IVA y carencia por obras]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/iva-y-carencia-por-obras.html]]></link>
<description><![CDATA[IVA Y CARENCIA POR OBRAS]]></description>
<content:encoded><![CDATA[El
propietario de un local va a alquilarlo y ha acordado con el arrendatario que,
a cambio de una carencia o reducción del alquiler durante unos meses, este
efectuará unas obras de mejora. ¿Cómo se ven afectados el IVA y las
retenciones? Tributación del arrendadorDoble
contraprestación.&nbsp;En estos casos, si las obras
van a permanecer en el local una vez finalizado el contrato, se entiende que el
arrendatario está satisfaciendo una doble contraprestación por el alquiler:

Por un lado, una contraprestación
     dineraria por las cantidades que satisfaga cada mes.Por otro, una contraprestación
     no dineraria (el coste de las mejoras que, al no poder separarse del
     local, pasarán a ser del propietario al finalizar el contrato).Tracto sucesivo.&nbsp;Respecto a cuándo debe repercutirse el IVA, tenga en cuenta que el alquiler es una operación de&nbsp;tracto sucesivo. Por tanto:Respecto a la parte satisfecha
     en metálico, el devengo se producirá a medida que los pagos sean
     exigibles.En cuanto a la parte satisfecha en especie, su
exigibilidad se producirá al finalizar el contrato (cuando el arrendatario
ponga las obras a disposición del arrendador).&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;En
estos casos es de aplicación una regla especial: el IVA se devengará cada 31 de
diciembre de forma proporcional a la duración del contrato.Tributación del arrendatario

Permuta.&nbsp;El arrendatario, por su parte, soportará el IVA
derivado de las obras. Asimismo, dado que satisface parte del precio con la
entrega de las obras, estará interviniendo en una permuta y cada 31 de
diciembre deberá emitir una factura con IVA por las obras (del mismo importe
que la que el arrendador emita en dicha fecha por ellas).&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;De
este modo, tanto el propietario como el arrendatario tendrán un IVA repercutido
y soportado del mismo importe, de forma que, si ambos pueden deducirse el IVA
que soportan, esta operativa no les supondrá costes adicionales.

Retención
del 19%.&nbsp;Otro aspecto que se debe tener
en cuenta en estos supuestos es cómo afecta la existencia de una carencia o de
una reducción en el alquiler a la retención del 19%, que debe practicar el
arrendatario sobre las rentas que satisfaga (salvo que el arrendador esté
exento de soportar retención).&nbsp;¡Atención!&nbsp;&nbsp;Pues bien, en
estos casos la retención debe practicarse cuando se satisfagan las rentas:

Monetario.&nbsp;El arrendatario deberá practicar una retención a
     medida que satisfaga los alquileres mensuales en efectivo.En
     especie.&nbsp;Y al final del contrato,
     cuando abandone el local, sobre el valor de las mejoras que queden en este
     ?dado que estas constituirán una retribución en especie?, deberá
     satisfacer un ingreso a cuenta del 19%.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Al
     formalizar el contrato de alquiler, es conveniente establecer si el
     arrendatario podrá repercutir al arrendador dicho ingreso a cuenta.El arrendador deberá repercutir IVA tanto por los
alquileres que sean exigibles cada mes como por las obras que haya realizado el
arrendatario. Respecto a dichas obras, el IVA se devengará de forma
proporcional cada 31 de diciembre.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/iva-y-carencia-por-obras.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Fri, 11 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Toca pasar la ITE]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/toca-pasar-ite.html]]></link>
<description><![CDATA[TOCA PASAR LA ITE]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Una de las comunidades de propietarios que usted administra ha recibido
una notificación del ayuntamiento conforme debe pasar la Inspección Técnica del
Edificio. Recuerde los aspectos básicos de este trámite y vea cómo actuar. Es un trámite obligatorio

Antigüedad.&nbsp;En general, los edificios
construidos hace más de 50 años están obligados a pasar una inspección (ITE)
por parte de un técnico especialista (por ejemplo un arquitecto) que evalúe su
estado de conservación.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Cada comunidad autónoma
tiene su propia regulación (por ejemplo, en Cataluña son 45 años y en Madrid,
30), así que debe revisar dicha normativa y las ordenanzas municipales para
cumplir con los plazos y requisitos específicos que hayan fijado.

Responsabilidad.&nbsp;Son los propietarios los obligados
a llevar a cabo este trámite, por lo que, aunque no se haya recibido una
notificación, si el edificio tiene la antigüedad correspondiente, deben
realizar el trámite igualmente.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Anticípese y
revise la antigüedad de otros edificios que usted administre por si también
hubiera que hacer esta inspección. Puede verificar la antigüedad del edificio a
través del Catastro.

Cómo actuar

Junta.&nbsp;Convoque a la junta de
propietarios a una reunión e incluya como puntos por tratar el de informar de
la necesidad de pasar la ITE y el de la contratación de un profesional que la
lleve a cabo.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;De cara a esta reunión, tenga
presente las siguientes cuestiones:

Contacte con
     distintos arquitectos y solicite presupuestos para presentarlos en la
     junta.Al ser una
     actuación obligatoria, el acuerdo se referirá a la elección del técnico y
     la forma de distribución del gasto entre propietarios.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Bastará
     el voto de la mayoría de los propietarios que representen la mayoría de
     las cuotas y, en segunda convocatoria, la mayoría de los asistentes si
     representa más de la mitad del valor de las cuotas de los presentes.Sin
     deficiencias o con deficiencias leves.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;En
     este caso no habrá que hacer nada, aunque podrá acordarse la solución de
     las deficiencias halladas.Con
     deficiencias importantes&nbsp;.Con
     deficiencias graves o muy graves&nbsp;.La
inspección técnica del edificio es obligatoria cuando se alcanza una cierta
antigüedad y su regulación varía según la comunidad autónoma. No requiere
acuerdo de junta (salvo para repartir los gastos) y su incumplimiento puede
acarrear sanciones.

Inspección.&nbsp;El técnico escogido
realizará una inspección visual del edificio y será muy posible que deba
acceder a los pisos de los distintos propietarios.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Estos
deberán permitir el acceso a sus viviendas o locales, aunque no suele ser
imprescindible entrar en todos, por lo que, si alguno se niega, lo más probable
es que se pueda emitir el informe igualmente. En cualquier caso, informe con
antelación de esta necesidad para poder planificar las visitas.

Resultado y consecuencias

Informe.&nbsp;El informe elaborado por el
técnico describirá el estado del edificio, determinará los siguientes
resultados e incluirá propuestas de actuación, así como los plazos recomendados
para su reparación:



¡Atención!&nbsp;En los dos últimos casos la
comunidad de propietarios deberá subsanar las deficiencias: no realizar las
actuaciones propuestas en el informe para corregir deficiencias puede acarrear
sanciones, por lo que es imprescindible actuar.

Certificado.&nbsp;El informe se presentará a
la Administración competente, que emitirá un certificado favorable (si el
resultado es&nbsp;sin deficiencias&nbsp;o&nbsp;con deficiencias leves&nbsp;)
o desfavorable (en el resto de los casos). Tras las obras, se podrá obtener la
certificación favorable.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Además, algunas
comunidades como Cataluña exigen este certificado en las compraventas, salvo
que el comprador exonere al vendedor de esta obligación.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/toca-pasar-ite.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Thu, 10 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Qué es el modelo 145 del IRPF y cómo hay que rellenarlo]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/que-es-modelo-145-irpf-y-como-hay-que-rellenarlo.html]]></link>
<description><![CDATA[QUÉ ES EL MODELO 145 DEL IRPF Y CÓMO HAY QUE RELLENARLO]]></description>
<content:encoded><![CDATA[El&nbsp;modelo 145&nbsp;es un&nbsp;formulario de
la Agencia Tributaria&nbsp;que sirve para calcular&nbsp;el
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Con este documento, el
contribuyente comunica al pagador (habitualmente su empresa) sus datos
familiares y personales, que servirán para establecer el&nbsp;porcentaje de
retención a aplicar en la nómina. Es importante rellenarlo
bien, ya que la empresa calculará las retenciones en base a los datos que
aparezcan en este modelo. El
modelo 145&nbsp;&nbsp;es uno de los más importantes de cara a la&nbsp;declaración
de la renta. La Agencia Tributaria lo utiliza para&nbsp;comparar el
resultado de la renta con las retenciones&nbsp;que se han
abonado previamente durante todo el año para:

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Si has retenido más de
la cuenta, te devolverán la diferencia.&nbsp;

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Si has retenido menos,
deberás pagar lo restante.Cuándo hay que presentar el modelo 145 del IRPFComo
norma general, se suele rellenar cuando&nbsp;se empieza a trabajar en una nueva
empresa, pero también hay que hacerlo cuando se da alguna
variación en la situación personal o familiar.¿Quién está obligado a presentar el modelo 145?Todos
los trabajadores están obligados a rellenar y entregar el modelo 145&nbsp;todos los
años durante los primeros días del año, ya que la compañía
necesita actualizar sus datos para&nbsp;calcular las retenciones de IRPF que les va a aplicar en las
nóminas.La&nbsp;empresa
calculará las retenciones&nbsp;en base a los&nbsp;datos que
haya aportado el&nbsp;trabajador, por lo que si estos son erróneos, la
culpa será suya, pudiendo suponer una multa de hasta el 150% de los importes
que hubiesen sido retenidos. Por eso hay que actualizarlos,&nbsp;presentando
el modelo 145, si han ocurrido alteraciones que puedan suponer
una mayor cuantía en las retenciones.&nbsp;









En
caso de que así suceda, se deberá comunicar al pagador en un&nbsp;plazo máximo
de 10 días&nbsp;desde que dichas circunstancias se produzcan.
Cabe destacar que si quedan&nbsp;menos de cinco días&nbsp;para elaborar la nómina
del mes en curso,&nbsp;la nueva retención se practicará a partir del mes siguiente&nbsp;al
de la alteración comunicada.Modelo 145 y autónomosPor
otro lado, los&nbsp;autónomos&nbsp;pueden estar obligados a presentar
el modelo 145 en algunas situaciones como por ejemplo&nbsp;solicitar
prestaciones por cese de actividad&nbsp;o si tienen&nbsp;trabajadores
a su cargo. En este supuesto, el autónomo está obligado a que
sus empleados rellenen el documento, indicando su situación personal y
familiar, para así establecer las retenciones de IRPF en base a cada uno de los
trabajadores.¿Qué pasa si no presento el modelo 145?





Si incluyes datos falsos o no incluyes las alteraciones que modifiquen
tu situación, puedes&nbsp;ser sancionado con una multa del 35% al 150% de los importes&nbsp;que
hubieran sido retenidos por este motivo y responderás tú y no la empresa.¿Cuánto me tienen que retener de IRPF en la nómina?Las&nbsp;retenciones&nbsp;son
una cantidad del salario que cada mes se adelanta a la Agencia Tributaria en
previsión de lo que más tarde habrá que pagar de IRPF en la renta. Estas&nbsp;oscilan en
función de la cantidad de dinero que percibe el contribuyente.Los
tramos del IRPF para 2022&nbsp;son de la siguiente manera:·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Hasta 12.450 euros: 19%·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;De 12.450 euros hasta
20.200 euros: 24%·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;De 20.200 euros hasta
35.200 euros: 30%·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;De 35.200 euros hasta
60.000 euros: 37%·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;De 60.000 euros hasta
300.000 euros: 45%·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;De rentas superiores a
300.000 euros: 47%También
puedes consultar la&nbsp;calculadora&nbsp;&nbsp;de
la Agencia Tributaria o descargar el&nbsp;documento&nbsp;explicativo de las retenciones.Cómo conseguir el modelo 145 del IRPF





















El&nbsp;modelo 145&nbsp;se
obtiene a través de la página oficial de la Agencia Tributaria o&nbsp;se
puede descargar&nbsp;directamente&nbsp;en
este&nbsp;enlace. Se puede rellenar en línea
y luego descargar el pdf para imprimirlo.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/que-es-modelo-145-irpf-y-como-hay-que-rellenarlo.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Wed, 09 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Hipoteca fija o variable: qué conviene más en plena escalada del euríbor]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/hipoteca-fija-o-variable-que-conviene-mas-plena-escalada-euribor.html]]></link>
<description><![CDATA[HIPOTECA FIJA O VARIABLE: QUÉ CONVIENE MÁS EN PLENA ESCALADA DEL EURÍBOR]]></description>
<content:encoded><![CDATA[La decisión dependerá de factores como la situación
personal del cliente, su aversión al riesgo o si tiene pensado realizar
amortizaciones anticipadas. De
cara a este año, los expertos no esperan grandes cambios, aunque los últimos
movimientos que se están produciendo en el mercado han reactivado las dudas de
quienes buscan un préstamo para adquirir una vivienda:&nbsp;¿es mejor una
hipoteca fija o una variable?

Para
responder a esta pregunta conviene primero saber&nbsp;cómo está el
euríbor&nbsp;y qué tipos de interés están aplicando los bancos
a las&nbsp;diferentes
hipotecas.

El euríbor a 12 meses es, como decimos, uno de los principales
factores a tener en cuenta, ya que su evolución condiciona cuántos intereses
van a tener que pagar los consumidores en las&nbsp;hipotecas
variables&nbsp;que están referenciadas a dicho índice.

En las últimas semanas, el indicador de referencia para la mayoría de
las hipotecas en España está subiendo con fuerza y&nbsp;su
media de febrero ya se sitúa en torno al -0,33%, su nivel más alto en los
últimos 20 meses&nbsp;(en concreto, desde julio de 2020).A priori, la subida del euríbor podría restar
atractivo a la opción de elegir una&nbsp;hipoteca variable, pero conviene tener en cuenta
que el indicador&nbsp;sigue en terreno negativo y que los expertos afirman que su
tendencia al alza será paulatina y moderada.Cómo están ahora las hipotecas variables y fijasA grandes rasgos, las hipotecas variables están sujetas a unos tipos de
interés más bajos que las fijas, aunque tienen un ?plus? de riesgo porque los
intereses a pagar dependen de indicadores como el euríbor. En cambio, en las
fijas el cliente debe asumir un tipo de interés superior a cambio de ganar
tranquilidad y saber que siempre va a pagar la misma cuota hipotecaria: desde
el primer mes hasta el último.En el mercado podemos encontrar actualmente&nbsp;hipotecas
fijas a 30 años un interés inferior al 1,5% TIN, siempre que el
cliente se aplique las máximas bonificaciones de la entidad en cuestión (como
domiciliar la nómina, contratar un seguro de hogar, de vida o de protección de
pagos, usar las tarjetas de crédito y débito, o bien abrir un plan de
pensiones). En el caso de la&nbsp;oferta variable, encontramos alternativas con un diferencial
inferior al 1%,&nbsp;al que habría que sumarle el euríbor.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/hipoteca-fija-o-variable-que-conviene-mas-plena-escalada-euribor.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Tue, 08 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Todo sobre la inscripción de viviendas en el Registro de la Propiedad]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/todo-sobre-inscripcion-viviendas-en-registro-de-propiedad.html]]></link>
<description><![CDATA[TODO SOBRE LA INSCRIPCIÓN DE VIVIENDAS EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Para
comprar una casa hay que pasar por el&nbsp;Registro de la Propiedad.
Primero, para pedir la nota simple y conocer todos los datos sobre ella.
Después, para cambiar la titularidad y que se nos reconozca como nuevo
propietario. Te mostramos toda la información sobre esta institución pública. ¿Qué es el Registro de la Propiedad?El Registro de la Propiedad tiene por objeto la inscripción o anotación de los actos, contratos y resoluciones judiciales o administrativas que afecten a la propiedad y a otros derechos sobre bienes inmuebles (fincas, casas, naves industriales, etc.),&nbsp; así como los derechos sobre ellos (hipotecas, embargos, etc.).¿Es obligatorio inscribir mi vivienda en el Registro?No es obligatorio, pero sí recomendable. Al&nbsp;inscribir los inmuebles en el Registro de la Propiedad&nbsp;se genera mayor seguridad jurídica en las transacciones. Para&nbsp;comprar&nbsp;una vivienda, lo ideal es acudir al Registro y&nbsp;solicitar información sobre el inmueble&nbsp;(lo mejor es pedir la nota simple, que se explicará más adelante). De este modo, se podrá comprobar si el propietario es quién dice ser o si cuenta con cargas, entre otros aspectos a tener en cuenta. En cambio,&nbsp;la inscripción en el catastro sí que es obligatoria.¿Cuál es el riesgo que se corre si no se inscribe la vivienda en
el Registro de la Propiedad?No registrar la propiedad a tu nombre no acredita que seas el dueño. Es decir, la seguridad jurídica es muy baja y puede llegar a ocasionar problemas en el futuro, como que la&nbsp;vendan sin tu consentimiento&nbsp;o que la lleguen embargar por deudas del anterior propietario.Cómo registrar una propiedad en el Registro- Para&nbsp;inscribir tu vivienda en el Registro de la Propiedad&nbsp;se requieren únicamente&nbsp;tres documentos:- Una&nbsp;copia autorizada&nbsp;ante notario de la&nbsp;escritura pública de venta.&nbsp;- El&nbsp;&nbsp;Impreso de Autoliquidación&nbsp;que justifique el pago del Impuesto de&nbsp;Transmisiones Patrimoniales&nbsp;correspondiente a su comunidad autónoma.- La&nbsp;justificación&nbsp;de haber presentado el documento para el&nbsp;pago de la plusvalía municipal.La presentación de estos documentos se puede hacer de&nbsp;forma presencial en la Oficina Registral de la localidad de la vivienda adquirida. La puede llevar a cabo el comprador, por una gestoría o por la notaría. También la puede hacer el&nbsp;notario ante el cual se ha otorgado la escritura por vía telemática.¿Cuánto tarda el Registro en inscribir un inmueble?Una vez presentados los documentos,&nbsp;la inscripción se practicará&nbsp; dentro de los siguientes 15 días hábiles. El registrador comprobará que el contrato se ha celebrado con todos los requisitos que establece la ley para que tenga plena eficacia y pueda acceder al Registro el derecho de propiedad del comprador.Si el registrador entiende que el documento tiene&nbsp;algún defecto que impide su inscripción, lo notificará de forma fehaciente para que se subsane o,&nbsp; en caso de que el interesado no esté de acuerdo con la calificación del registrador, se solicite la&nbsp;revisión de la calificación por alguno de los procedimientos que determina la ley.Después de&nbsp;realizarse la inscripción en el Registro de la Propiedad, éste comunica al&nbsp;Catastro el cambio de titularidad de la vivienda. Una vez se ha inscrito en el catastro, el derecho dura para siempre, sin que sea necesario renovarlo ni volver a pagar cantidad alguna por el mantenimiento de la protección registral.¿Qué es una nota simple registral?La
nota simple es un&nbsp;documento informativo que resume todos los datos de interés de un
inmueble&nbsp;(titularidad, cargas, dimensiones, etc.).&nbsp;Concretamente,
aporta la siguiente información:- Descripción de la finca:&nbsp;La&nbsp;
información sobre los m2 de la vivienda, la referencia catastral, su división,
la ubicación, las lindes, etcétera. Muchas veces, la información registral no
coincide con la catastral. Si sucede esto,&nbsp;deberíamos
comunicarnos con el catastro&nbsp;para
cotejar la información.- Titularidad de la finca:
Aparece el nombre y apellidos de los dueños del inmueble y el porcentaje que
poseen, en caso de que haya más de uno.



























- Cargas: Sin duda es una de las
partes más importantes a tener en cuenta a la hora de una compraventa. En ella
aparecen las hipotecas, los embargos y los gravámenes, entre otras cuestiones.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/todo-sobre-inscripcion-viviendas-en-registro-de-propiedad.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Mon, 07 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Cesión de viviendas privadas vacías en alquiler social]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/cesion-viviendas-privadas-vacias-alquiler-social.html]]></link>
<description><![CDATA[CESIÓN DE VIVIENDAS PRIVADAS VACÍAS EN ALQUILER SOCIAL]]></description>
<content:encoded><![CDATA[En el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025 se prevé la posibilidad que las
personas que dispongan de viviendas vacías las cedan a la administración para
destinarlas a alquiler social. Vea en qué consiste este programa. Movilización.&nbsp;El
programa pretende fomentar la movilización de viviendas vacías privadas y lo
gestionarán las comunidades autónomas, que fijarán, en última instancia,
requisitos, plazos, precios y los términos concretos de la cesión.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Además, se prevé crear una&nbsp;comisión
de seguimiento&nbsp;que velará por el buen cumplimiento del plan.

Cesión de viviendas privadas

Propietario.&nbsp;Toda
persona física o jurídica que tenga una vivienda vacía puede dirigirse a la
Administración competente de su comunidad (ayuntamiento o entidad que gestione
alquileres sociales) para cederla, pudiendo estos también gestionar el
alquiler.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;La
mayoría de las comunidades autónomas disponen de bolsas de alquiler social que,
además, ofrecen garantías a los propietarios (respecto al cobro de la renta,
posibles reclamaciones judiciales, desperfectos que ocasione el inquilino...) y
facilitan asesoramiento durante toda la vida del contrato de alquiler.

Acuerdo.&nbsp;Para acceder al
programa se firma un&nbsp;acuerdo de cesión&nbsp;de la vivienda con la
entidad correspondiente (previamente aprobado por la&nbsp;comisión de
seguimiento&nbsp;) por plazo mínimo de siete años (a contar desde el
acuerdo de cesión), que se hará constar en el Registro de la Propiedad en una
nota al margen de la inscripción del inmueble.&nbsp;¡Atención!&nbsp;&nbsp;Según las circunstancias, la comunidad
autónoma puede acordar que este plazo de cesión sea menor.

Precio y condiciones

Cuota.&nbsp;El precio lo
fijará la comunidad autónoma y no superará los 400&nbsp;euros mensuales, más
una cantidad equivalente a la mitad de la diferencia entre el alquiler social y
el precio de mercado que se acuerde en la&nbsp;comisión de seguimiento&nbsp;.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Por tanto, si, por ejemplo, el precio de
mercado fijado por la comisión es de 600&nbsp;euros y el alquiler se fija en
300, usted recibirá la cantidad total de 450&nbsp;euros (300+150 [600-300/2]).

Condiciones.&nbsp;Para
el resto de las cuestiones se aplicará la ley de arrendamientos urbanos.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;De este modo:

Se podrá actualizar anualmente
     la renta según el índice acordado (sin que se supere el IPC).El arrendador podrá recibir el
     coste real de los servicios que disfrute el arrendatario y que abone el
     arrendador.Se podrá repercutir al
     arrendatario los gastos de sostenimiento del inmueble, como, por ejemplo,
     el IBI, las tasas de basuras y el parte de las cuotas de la comunidad de
     propietarios.Si dispone de una o varias
viviendas vacías, puede cederlas a la Administración para su gestión como
alquiler social. Usted percibirá el importe del alquiler y podrá solicitar un
complemento adicional y una ayuda si fuera necesario hacer obras de adecuación.

Incentivos para el propietario

Ayuda adicional.&nbsp;Además, los propietarios podrán recibir una ayuda adicional
equivalente a la mitad de la diferencia entre el alquiler social y el precio de
mercado.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Por
tanto, se acabaría cobrando un alquiler a precio de mercado. Siguiendo con el
ejemplo anterior, el propietario podría llegar a cobrar 600&nbsp;euros (450 en
concepto de cuota de alquiler y 150 en concepto de ayuda).

Obras.&nbsp;Además, en caso de
necesidad, se podrá solicitar un ayuda para financiar hasta el 75% de las obras
de habitabilidad, accesibilidad o adecuación (incluidos gastos profesionales y
tributos), con un límite de 8.000&nbsp;euros.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Esta ayuda se dará por vivienda, no por
propietario.

Ayudas directas.&nbsp;Finalmente, cabe mencionar que estas ayudas las abonarán de
forma periódica las comunidades autónomas directamente a los propietarios y son
compatibles con cualquier otra subvención concedida por otras administraciones
para el mismo objeto.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/cesion-viviendas-privadas-vacias-alquiler-social.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Mon, 07 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Los factores que debes revisar antes de alquilar una casa para evitar sustos]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/los-factores-que-debes-revisar-antes-alquilar-una-casa-para-evitar-sustos.html]]></link>
<description><![CDATA[LOS FACTORES QUE DEBES REVISAR ANTES DE ALQUILAR UNA CASA PARA EVITAR SUSTOS]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Hay una serie
de aspectos que conviene revisar en cada uno de los inmuebles y que
determinarán que alquilemos ese piso u otro. Además del precio, nuestro presupuesto y la zona, antes de
alquilar una casa, hay una serie de aspectos que conviene revisar en cada uno
de los inmuebles y que determinarán que alquilemos ese piso u otro. Veamos los
más importantes.

La orientación

La orientación es otro de los aspectos más
supervisados. Para maximizar las horas de luz&nbsp;natural la mejor opción es una
orientación sur.&nbsp;

Estado de la casa en general

No es lo mismo alquilar un piso que se acaba de reformar que
otro que tiene sus años, presenta grietas y humedad y luego habrá que hacer
obras sí o sí. Por lo que siempre es mejor ir a ver pisos durante el día, con
mucha luz, para no perder detalles que se nos puedan escapar. Con todo ello
será&nbsp;más fácil negociar un precio del alquiler.

Distribución

Todo depende siempre de las necesidades de cada uno. Pero
también hay que fijarse en la distribución que tiene la casa. Es importante fijarse si el inmueble&nbsp;tiene espacios que
consumen metros cuadrados, pero que no se pueden habilitar, como pasillos o
terrazas que no ofrecen la posibilidad de poner unas sillas o un tendedero.

¿Hay ruidos?

Muchas personas también preguntan por este aspecto, pues se
busca tranquilidad y bienestar para vivir, aunque sea de paso, para unos meses
o años. Es importante inspeccionar la zona por si es ruidosa, ver si la casa
tiene doble vidrio, quienes hay de vecinos y preguntar por este aspecto.

Gastos y otros

Nos centramos en temas más
burocráticos, comprobar en el contrato de alquiler, la vigencia del mismo, en
qué momento se actualiza&nbsp;la renta,&nbsp;qué gastos están incluidos en
la renta, cuándo hay que abonarla, si hay que pagar fianza o no (en la
mayoría de las CCAA es obligatorio hacerlo).

Mientras que también hay que cerciorarse de los gastos incluidos
y no en la renta del alquiler y un aproximado de los consumos mensuales en la
actualidad. Así como tener la plena garantía de que hasta la fecha todas las
facturas están al corriente de pago y cómo será la fórmula para abonarlas a
futuro.

Con o sin muebles

Que el piso esté amueblado o no es importante porque de ello dependerá el precio a pagar por el alquiler. Que un piso esté amueblado
determina en gran medida el precio final del alquiler, alcanzando porcentajes
de incluso el 20% de la cifra total. Es importante que el inquilino revise los
muebles antes de firmar el contrato para comprobar que están en buen estado y
hacer un inventario de todo el mobiliario y el estado actual antes de empezar a
vivir.

Desde la Agencia Negociadora del Alquiler recuerdan que son
muchos los inquilinos que prefieren decorar la casa a su gusto y que, si bien
es cierto que el precio final se puede encarecer por los muebles, normalmente
es porque son de muy buena calidad. También insisten en que el inventario de la
vivienda lo suele realizar el propietario, para que quede patente de todo lo
que se queda en la vivienda y en qué estado, y que se suele adjuntar al
contrato. No obstante, el inquilino también puede hacer un inventario por su
cuenta.&nbsp;

Actualmente también se tiene en cuenta el&nbsp;gasto
doméstico. Es recomendable, en este sentido, preguntar al propietario por
el certificado de eficiencia energética del inmueble y si los suelos y techos
están construidos con materiales aislantes. &nbsp;

Mientras que, desde la irrupción de la pandemia, tener una&nbsp;buena
conexión a Internet&nbsp;y cobertura telefónica se ha vuelto un aspecto
calve, sobre todo si el inquilino debe teletrabajar en el inmueble.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/los-factores-que-debes-revisar-antes-alquilar-una-casa-para-evitar-sustos.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Fri, 04 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Cómo debes declarar tu dinero en efectivo en el IRPF para evitar problemas con Hacienda]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/como-debes-declarar-tu-dinero-efectivo-en-irpf-para-evitar-problemas-con-hacienda.html]]></link>
<description><![CDATA[CÓMO DEBES DECLARAR TU DINERO EN EFECTIVO EN EL IRPF PARA EVITAR PROBLEMAS CON HACIENDA]]></description>
<content:encoded><![CDATA[La
pandemia ha aumentado el pago telemático y sin contacto, pero todavía se sigue
usando el dinero en efectivo. Y aún hay personas que cuentan con dinero en
metálico en casa para casos de emergencia, es lo que se conoce como tener el
dinero "bajo el colchón".&nbsp;Guardar dinero en casa es totalmente legal,&nbsp;pero
para evitar problemas con Hacienda&nbsp;hay que declararlo de forma correcta en la Declaración de la
Renta. La&nbsp;campaña
de la Renta 2021 arranca el próximo 6 de abril&nbsp;y el procedimiento para declarar nuestro dinero en
metálico es sencillo:&nbsp;hay que especificar de dónde procede ese dinero, si de actividades
económicas, si son rendimientos del trabajo, capital mobiliario o inmobiliario.&nbsp;La
Agencia Tributaria no exige pagar impuestos por el dinero en efectivo, pero sí
considera obligatorio justificar su procedencia. Así, al haber declarado
correctamente en su momento el ingreso, no habrá problema de demostrar cómo se
ha ganado.

Pero si el contribuyente no puede justificar la procedencia del
dinero, entonces la Agencia Tributaria sí que le hará pagar impuestos como
ganancia patrimonial no justificada. Estos importes se integran en la base
liquidable general en el ejercicio en el que se descubran.

¿Qué pasa si no se declara el dinero en efectivo?Además, el pasado verano el Gobierno aprobó, mediante Ley 11/2021, de 9
de julio, la reducción del límite de pago en efectivo que ha pasado de 2.500 a
1.000 euros para todas las operaciones en las que estén implicados
profesionales.

Hacienda cada vez está más atenta a las operaciones con dinero
en efectivo, en especial aquellas que supongan el pago o retirada de billetes
de 500 euros y todas las retiradas de dinero superiores a los 3.000 euros. En
caso de que haya alguna de estas variables, el banco está obligado a
comunicárselo al Ministerio de Hacienda, con lo que este organismo directamente
hará las comprobaciones oportunas.

El objetivo que busca el Ministerio de Hacienda es acabar con la
economía sumergida. Tanto es así, que en su Plan Anual de Control Tributario y
Aduanero de 2022 ha señalado que "las operaciones en efectivo continuarán
siendo objeto de atención una vez más por parte de la Administración
tributaria", con especial atención en los sectores donde más se mueve ese
dinero en efectivo: restauración, construcción, hostelería, reformas..."]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/como-debes-declarar-tu-dinero-efectivo-en-irpf-para-evitar-problemas-con-hacienda.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Fri, 04 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Las ayudas para instalar placas solares en casa tributan en el IRPF]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/las-ayudas-para-instalar-placas-solares-casa-tributan-en-irpf.html]]></link>
<description><![CDATA[LAS AYUDAS PARA INSTALAR PLACAS SOLARES EN CASA TRIBUTAN EN EL IRPF]]></description>
<content:encoded><![CDATA[La Subdirección General de Impuestos sobre la renta
de las Personas Físicas del Ministerio de Hacienda confirma que&nbsp;las subvenciones para instalar placas solares de autoconsumo en la
vivienda de un particular deben tributar en el IRPF. Estas
ayudas se consideran una ganancia patrimonial que debe declararse en este
impuesto. El argumento que esgrime Hacienda es que&nbsp;instalar
energía solar en la vivienda de un particular&nbsp;no tiene
como finalidad desarrollar una actividad económica, sino que las subvenciones recibidas suponen para
el beneficiario una ganancia patrimonial.&nbsp;Además, este
tipo de subvención (en el caso resuelto, se trata de una ayuda autonómica
concedida por la Junta de Andalucía) no está contemplada entre los supuestos de
exención o no sujeción regulados por la propia normativa del IRPF.

A la hora de declarar la subvención en el
IRPF,&nbsp;el
contribuyente deberá declarar la cuantía dineraria de la ayuda obtenida en el
apartado de ganancias patrimoniales&nbsp;del periodo en el que
tuvo lugar el cobro.

Tras esta consulta resuelta, cabe destacar que otras
subvenciones más frecuentes que también deben tributar en el IRPF son las
destinadas a la compra de viviendas, las destinadas a mejoras en las viviendas
con fines energéticos o accesibilidad.

¿Qué subvenciones
hay para la colocación de placas solares?¿Y de qué cifras estamos hablando? El decreto estatal estipula que se
concederán como máximo&nbsp;12.000 euros en el caso de las viviendas unifamiliares.
A los domicilios de cada&nbsp;edificio&nbsp;les pueden corresponder hasta&nbsp;8.000
euros. De cualquier modo, la ayuda no deberá superar el 40 % de
la inversión en ambos escenarios. Te recomendamos acudir a tu consistorio a
pedir información. En el caso de obtener la subvención, deberás finalizar la
instalación en un plazo de 24 meses como máximo.

Las
Comunidades Autónomas se muestran cada vez más partidarias de incentivar este
modelo responsable con ayudas económicas.&nbsp;En algunas regiones se cubre hasta
el 80% de inversión en proyectos responsables.

Te interesará saber que los ayuntamientos de
diversas capitales de provincia y localidades de más de 100.000 censados
brindan&nbsp;descuentos
del IBI. Estas rebajas se aplican durante los años
inmediatamente posteriores a la instalación. Además, el Gobierno premiará a
quienes desarrollen proyectos de este tipo en municipios de menos de 20.000
habitantes. Estas subvenciones ayudan a amortizar la instalación de los paneles
solares, reduciendo los costes.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/las-ayudas-para-instalar-placas-solares-casa-tributan-en-irpf.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Thu, 03 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Las alternativas de los expertos del Gobierno para hacer obligatorio el impuesto de Patrimonio]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/las-alternativas-de-expertos-gobierno-para-hacer-obligatorio-impuesto-patrimonio.html]]></link>
<description><![CDATA[LAS ALTERNATIVAS DE LOS EXPERTOS DEL GOBIERNO PARA HACER OBLIGATORIO EL IMPUESTO DE PATRIMONIO]]></description>
<content:encoded><![CDATA[El comité de académicos debe decidir si recomienda un
tipo mínimo o deja esa tarea en manos de Hacienda. El
comité de expertos para la reforma fiscal que prepara el Gobierno está
avanzando en el encargo de buscar fórmulas para que&nbsp;el impuesto
de Patrimonio sea obligatorio en toda España.Los académicos coinciden en que&nbsp;es necesario
establecer un tipo mínimo para que el pago del tributo sea efectivo en todo el
país, evitando así que las bonificaciones que establecen las
comunidades autónomas generen grandes ventajas fiscales en unos territorios
respecto a otros, es decir, lo que desde el Ministerio de Hacienda bautizan
como el ?dumping fiscal?.El Ejecutivo no tiene sobre la mesa la eliminación del impuesto
de Patrimonio, a pesar de que&nbsp;España es el único país de la UE que aplica este tributo&nbsp;que
grava el patrimonio de las personas físicas y se aplica sobre el valor de sus
bienes, y que actualmente&nbsp;afecta a más de 200.000 contribuyentes. De
hecho, el encargo al comité de expertos fue claro: encontrar la manera de hacer
efectiva la tributación, aumentar la recaudación y generar riqueza a la
sociedad.Está previsto que las conclusiones de los académicos
se hagan públicas a final de mes y de momento barajan dos alternativas:
establecer un tipo mínimo de tributación o&nbsp; dejar ese cometido en manos
del Ministerio.De momento no hay consenso sobre qué opción elegir, los expertos defienden que lo más conveniente es no poner tipos mínimos de
tributación. De hecho, se propone eliminar este impuesto y mantener el de
Sucesiones (que también grava la riqueza), así como sus bonificaciones, aunque
no descarta aplicar ajustes.&nbsp;La patronal también se inclina por
eliminar Patrimonio y afirma que acercar la presión fiscal de España a la media
europea podría ser contraproducente, sobre todo en un momento de recuperación
económica. Además, muchos
economistas y organismos de estudios,
como el IEE, recomiendan suprimir esta figura.En cambio, otras propuestas apuestan por establecer una&nbsp;doble escala
de tributación.Actualmente Madrid establece una bonificación del 100%, mientras
que Aragón, Extremadura, Cataluña y Comunidad Valenciana son las regiones donde
más pagan los contribuyentes.















Por ejemplo, por un patrimonio de 800.000 euros, excluyendo de esa cifra
la vivienda habitual, el impuesto supondría unos 200 euros en regiones como La
Rioja, Galicia, Castilla y León, Castilla-La Mancha o Canarias y los más de
1.000 euros en Aragón y Extremadura. En Comunidad Valenciana, el pago sería de
más de 900 euros y en Cataluña, de unos 770 euros. En Madrid, en cambio, el
contribuyente no tendría que pagar ni un céntimo.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/las-alternativas-de-expertos-gobierno-para-hacer-obligatorio-impuesto-patrimonio.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Thu, 03 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Valor de referencia: inmuebles heredados]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/valor-referencia-inmuebles-heredados.html]]></link>
<description><![CDATA[VALOR DE REFERENCIA: INMUEBLES HEREDADOS]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Si hereda un inmueble,
desde el 1 de enero de 2022 deberá calcular el Impuesto sobre Sucesiones
considerando como base imponible el mayor de entre el valor declarado en la
escritura de herencia y el valor de referencia... Escriturar por el valor de referencia

Valor escriturado.&nbsp;Cuando se adquiere un inmueble por compraventa, el valor a
consignar en la escritura es objetivo (la contraprestación pactada).&nbsp;¡Atención!&nbsp;&nbsp;No obstante, en las adquisiciones por
herencia, el valor que se consigna en la escritura es subjetivo según la
valoración realizada por los herederos (lo que puede crear inseguridad sobre si
están actuando correctamente o no).

Valor de referencia.&nbsp;Pues bien, con los nuevos valores de referencia aplicables
en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD) a partir de 2022, la
valoración se simplifica.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Escriturar en función del valor de referencia puede ser
conveniente por dos motivos:

En primer lugar, porque es un
     valor aproximado al valor de mercado, de forma que, en caso de herencias,
     se facilita el reparto equitativo de los bienes entre herederos.Por otro lado, porque así los
     herederos sólo pagan el ISD mínimo.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Recuerde que en el ISD los inmuebles deben
     valorarse por el valor escriturado, actuando el valor de referencia como
     el mínimo a declarar. ¡Si el valor escriturado es mayor, el ISD aumenta!IRPF. A la hora de calcular la ganancia o pérdida obtenida
     en la venta, podrá considerar como valor de adquisición ese mayor valor
     escriturado en la herencia, lo que reducirá la ganancia por la que deberá
     tributar en el IRPF.Plusvalía municipal.&nbsp;Si la venta se realiza por el mismo importe
     escriturado en la herencia o uno inferior, no deberá satisfacer la
     plusvalía municipal.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Y
     si el precio de venta es superior, podrá optar por tributar sobre la menor
     ganancia en lugar de por el sistema de coeficientes (si ello le conviene
     más).El valor de referencia es el
     90% del valor de mercado del inmueble calculado según el Catastro.&nbsp;Apunte.&nbsp;&nbsp;Por tanto, si escritura por un valor igual al
     resultado de dividir el valor de referencia entre 0,9, Hacienda no podrá
     cuestionarle el valor declarado.No obstante, si escritura por
un importe más alto, deberá poder acreditar ese mayor valor (por ejemplo,
mediante una tasación pericial).

¿Va a venderlo?

Ahorro fiscal.&nbsp;No
obstante, si va a vender el inmueble heredado, declarar un valor superior al de
referencia puede ahorrarle impuestos en la venta futura:



Limitación.&nbsp;Así
pues, escriturar por un mayor valor puede ser ventajoso si el aumento del ISD
es bajo o nulo (por ejemplo, si puede disfrutar de reducciones o bonificaciones
elevadas).&nbsp;¡Atención!&nbsp;&nbsp;Eso sí, no podrá escriturar por un valor superior al valor
de mercado real. A estos efectos:



Hacer coincidir el valor
escriturado con el valor de referencia permite pagar el ISD mínimo. No
obstante, si tiene previsto vender el inmueble que ha heredado, plantéese
escriturarlo por un mayor valor y así tributar menos en el momento de la venta.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/valor-referencia-inmuebles-heredados.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Tue, 01 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Qué hacer con el piso heredado mientras se pacta quién se lo queda]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/que-hacer-con-piso-heredado-mientras-se-pacta-quien-se-lo-queda.html]]></link>
<description><![CDATA[QUÉ HACER CON EL PISO HEREDADO MIENTRAS SE PACTA QUIÉN SE LO QUEDA]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Hay varias vías para saber qué hacer con el piso heredado
mientras se acuerda quién se lo queda, como ponerlo en alquiler. Qué pasa si se alquila la vivienda heredada antes de aceptar y
partir la herenciaLos costes de la herencia suelen ser elevados, por lo que muchos herederos deciden poner en alquiler la casa mientras la herencia está yacente. A los llamados a la herencia puede interesarles arrendarlo para costear los gastos del inmueble o para obtener rendimientos con los que sufragar en parte los&nbsp;trámites de la herencia. En tal caso, los&nbsp;potenciales herederos&nbsp;podrán firmar el contrato de alquiler como representantes de la herencia yacente.Eso sí, una vez que la vivienda sea adjudicada, los beneficiarios deberán respetar el contrato de arrendamiento firmado con el inquilino.Se puede dar la situación de que los&nbsp;beneficiarios de la herencia&nbsp;no se pongan de acuerdo sobre el alquiler de la casa, con lo que se hará lo que diga la mayoría. En caso de que finalmente se alquile&nbsp;sin que haya unanimidad, el contrato sólo podrá firmarse por un máximo de seis años de duración, ya que si supera dicho plazo será considerado como un acto de disposición que va más allá de la administración ordinaria.Qué pasa si la vivienda en herencia estaba alquiladaEn caso de que la vivienda dejada en herencia estuviera ya alquilada, los beneficiarios deberán respetar el contrato de arrendamiento, aunque todo depende de si el fallecido era propietario o usufructuario del piso alquilado:·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Arrendador con pleno dominio del piso alquilado:&nbsp;en este caso el contrato de arrendamiento se mantendrá en vigor sin modificaciones. Los herederos simplemente se subrogarán en el contrato y respetarán las condiciones pactadas. Y será el cónyuge del fallecido el que ostentará la condición de arrendador si tras la herencia se le adjudica, como suele ser habitual, el usufructo vitalicio de los bienes del difunto.·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Arrendador usufructuario del piso alquilado:&nbsp;tras el fallecimiento del usufructuario en principio el contrato de alquiler queda extinguido, según prevén los artículos 13.2 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, así como el 480 y 513 del Código Civil que resultarán de aplicación subsidiaria. No obstante, quien consolide el dominio de la casa en alquiler tras el fallecimiento del usufructuario, podrá decidir si sigue en vigor el contrato de arrendamiento, salvo si se trata de un alquiler de renta antigua, ya que en estos casos el contrato perdurará, aunque el usufructuario fallezca.&nbsp; &nbsp; &nbsp; Qué pasa si el inquilino deja de pagar el alquilerEn ocasiones, el inquilino puede tener dudas sobre&nbsp;a quién debe abonar la renta si el arrendador fallece. Lo mejor es seguir pagando el alquiler en la cuenta corriente del difunto arrendador. En ocasiones algún heredero del casero muerto puede reivindicar para sí el cobro del alquiler, por lo que, en este caso, aconseja al inquilino que se cerciore de que es el único con derecho al cobro de la renta solicitando que acredite su condición de nuevo arrendador.Pero si el inquilino deja de pagar la renta por voluntad propia, debe saber que los llamados a la&nbsp;herencia del arrendador, aunque no la hayan aceptado aún, tienen legitimidad para plantear un juicio de desahucio frente al inquilino moroso. Eso sí, deberán acreditar su condición de herederos y dejar claro que actúan en beneficio de la&nbsp;comunidad hereditaria, con el fin de recuperar la posesión de la casa alquilada, así como el cobro de las rentas adeudadas en interés de la herencia yacente.Hay que referirse, por último, a la posibilidad de que algunos de estos actos supongan la&nbsp;aceptación tácita de la herencia. Así, dispone el artículo 999 del Código Civil que esta aceptación tácita "es la que se hace por actos que suponen necesariamente la voluntad de aceptar, o que no habría derecho a ejecutar sino con la cualidad de heredero." Por ello, los contribuyentes que lleven a cabo estos actos se entenderá que ya han aceptado la herencia, no pudiendo con posterioridad renunciar a la misma, aunque ésta fuera su voluntad.Estamos ante una situación que deberá analizarse caso por caso, existiendo jurisprudencia que ha considerado que la dirección de la actividad del causante, la&nbsp;venta de bienes hereditarios, el otorgamiento de la escritura de apoderamiento, la interposición de reclamaciones o demandas, o la realización de&nbsp;gestiones sobre bienes hereditarios, supondría dicha aceptación tácita de la herencia.Cuidado con la posibilidad de que la herencia se considere
aceptada de forma tácitaPor el contrario,&nbsp;actuaciones
como la liquidación y pago del impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISyD) no
suponen la aceptación tácita de la herencia. Ello, salvo que
vengan acompañados de otros actos que denoten la intención de actuar como
propietario. Y es que, se considera que el pago del ISyD es un deber impuesto
por la normativa tributaria, y sometido a unos plazos, no siendo un acto libre,
en el que se actúe como propietario.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/que-hacer-con-piso-heredado-mientras-se-pacta-quien-se-lo-queda.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Tue, 01 Mar 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Todo lo que debes saber sobre la cancelación de la hipoteca]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/todo-lo-que-debes-saber-sobre-cancelacion-de-hipoteca.html]]></link>
<description><![CDATA[TODO LO QUE DEBES SABER SOBRE LA CANCELACIÓN DE LA HIPOTECA]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Tras realizar la amortización y para
proceder a la cancelación de hipoteca es necesario seguir una serie de pasos,
que son los siguientes: 1.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; En primer lugar, para la tramitación de la cancelación de hipoteca se debe&nbsp;acudir
a la entidad bancaria para solicitar el "certificado de deuda cero". Las
entidades financieras deben hacer entrega del mismo de manera&nbsp;gratuita,
tal y como destaca el Banco de España. Sin embargo, hay bancos que cobran por
este documento hasta 100 euros, aunque es una práctica ilegal.

2.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Hecho lo anterior será el momento de&nbsp;acudir a la notaría, donde
se firmará la escritura pública que certifique la&nbsp;cancelación de
hipoteca. Para ello tendrás que presentar el mencionado certificado de
deuda cero, así como una copia de los Documentos Nacionales de Identidad
(DNI?s) de los propietarios y la&nbsp;escritura de compra del inmueble.
Será necesario abonar los honorarios del notario.

En este trámite se requiere el desplazamiento de los representantes de la
entidad bancaria para la firma de la cancelación. Por este traslado algunos
bancos podrían tratar de cobrar una comisión, pero este&nbsp;no procede,
tal y como determina el Banco de España.&nbsp;La firma ante notario es el
cumplimiento de una obligación y no un servicio prestado, ya que la entidad
debe extinguir las garantías una vez que se ha procedido a amortizar hipoteca.

3.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; El siguiente paso consiste en&nbsp;dirigirse a Hacienda para la
solicitud y cumplimentación del formulario del Impuesto de Actos Jurídicos
Documentados&nbsp;(modelo 600). Este es un paso obligado, aunque el trámite
de cancelación de hipoteca se encuentra exento del pago de este tributo, por lo
que el pago será de&nbsp;0 euros. De esta manera se obtendrá el
formulario presentado y sellado por parte de la Oficina liquidadora.

4.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Con toda la información anterior, la escritura de cancelación de hipoteca
de la notaría, el certificado de deuda cero y la copia del formulario del
Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, será el momento de&nbsp;acudir al
Registro de la Propiedad&nbsp;para levantar la carga y dando así por
finalizado todo el proceso de cancelación de la hipoteca.

Una vez
finalizado con este trámite se aconseja&nbsp;solicitar una nota simple en el
Registro de la Propiedad. De esta manera podrás corroborar que&nbsp;la
propiedad ya no está hipotecada.

Documentos para la cancelación de la hipotecaTras amortizar hipoteca, los documentos
que se necesitan para proceder a la&nbsp;cancelación de hipoteca&nbsp;de
acuerdo a las instrucciones mencionadas son los siguientes:·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Escritura de la hipoteca de la vivienda·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Escritura de la cancelación de hipoteca
de la notaría.·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Impuesto de Actos jurídicos documentados
(Modelo 600).·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Certificado de deuda cero por parte de
la entidad bancaria.·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Provisión de fondos en el registro
mercantil. Este último depende de la cuantía de la hipoteca.













En qué
momento debo cancelar la hipoteca

Los casos en los que una persona puede
proceder a la&nbsp;cancelación de hipoteca, procediendo a acudir al
registro para que la hipoteca deje de constar como una carga sobre la vivienda,
pueden ser tres:

Cancelación anticipada

La&nbsp;cancelación anticipada&nbsp;tiene
lugar cuando quieres&nbsp;amortizar hipoteca total&nbsp;de todo el
importe que debes en ese momento a la entidad bancaria. En función del contrato
que se haya suscrito, es posible que haya que enfrentarse al pago de una
comisión por la amortización, un coste que deberías sumar a los gastos
cancelación hipoteca totales.

Cancelación final

En el caso de que hayas terminado con
los plazos acordados para hacer frente a&nbsp;todas las cuotas de tu
préstamo hipotecario, te encontrarás con la cancelación de hipoteca final.

Cancelación en casos especiales

Además de las dos opciones anteriores,
existe la posibilidad de que se den cancelaciones en casos especiales, como
ocurre en aquellos casos en los que no se está satisfecho con las condiciones
de la hipoteca y no se puede subrogar. En este caso puede ser útil&nbsp;cancelar
y proceder a abrir una nueva hipoteca en otra entidad.

En este
tipo de casos, la subrogación a otro banco es más rentable que la cancelación
de hipoteca, ya que conlleva costes superiores.

El precio de cancelar una hipoteca

Los&nbsp;gastos cancelación hipoteca&nbsp;deben
tenerse muy en cuenta al amortizar hipoteca. Partiendo de la base de que los
gastos de la misma comienzan desde el momento en el que el cliente se dispone a
su contratación, a ello hay que sumar los costes añadidos de la cancelación de
hipoteca, los cuales pueden rondar los&nbsp;400-500 euros, dependiendo
de si se realiza de manera independiente o bien se opta por los servicios de
una gestoría.

El
resumen de los gastos son los siguientes:

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Gastos notariales y registrales: los gastos cancelación hipoteca se encuentran regulados por el Real
Decreto Ley 18/2012, del 11 de mayo. El coste exacto de esto&nbsp;depende
del importe de cada préstamo. Estos aranceles son calculados a través de un
porcentaje sobre el capital otorgado originalmente, sobre&nbsp;un mínimo 90
euros para las costas de notaría; y 24 euros para los gastos del Registro de la
Propiedad.

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Honorarios del gestor: Los honorarios no se encuentran regulados por la legislación, por lo que
dependerá de manera exclusiva de las tarifas que sean aplicadas por cada gestoría
en particular.

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Comisión por cancelación de hipoteca
anticipada: Entre los gastos cancelación hipoteca
también tenemos que mencionar la comisión por reembolso anticipado. Esta
comisión depende de&nbsp;cuándo se haya firmado el préstamo.

¿Quién paga la cancelación de una
hipoteca?

No es posible vender un inmueble con una
hipoteca pendiente, por lo que se debe tener muy presente que es necesario
eliminar esta carga que tiene un coste. La cancelación de hipoteca implica
unos gastos&nbsp;y, a menudo, hay dudas con respecto quién debe hacer
frente a los mismos.

En este sentido, se debe
saber que los gastos cancelación hipoteca&nbsp;deben ser abonados por el
interesado. No obstante, podría haber más de un interesado: el hipotecado,
el banco o el posible comprador de esa vivienda.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/todo-lo-que-debes-saber-sobre-cancelacion-de-hipoteca.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Thu, 24 Feb 2022 00:00:00 +0100</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Precios en alquileres y compraventa]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/precios-alquileres-y-compraventa.html]]></link>
<description><![CDATA[PRECIOS EN ALQUILERES Y COMPRAVENTA]]></description>
<content:encoded><![CDATA[De forma general,&nbsp;Eduardo Molet, experto inmobiliario, asegura que&nbsp;los precios de los inmuebles en verano continuarán bajando como lo han hecho hasta ahora, aunque sin caer tanto como en el año anterior. Será una bajada continuada, constante y ligera. Los precios dependerán del equilibrio entre la oferta y la demanda. Así lo ve&nbsp;Cayetano Rengel Pérez, vicepresidente del Consejo General de los Coapis de España y presidente del Coapi de Málaga. "En cuanto a vivienda usada, los precios seguirán a la baja sobre todo en las zonas que se encuentran en los centros históricos de las ciudades o en zonas más deprimidas". Respecto a los precios de obra nueva, el experto cree que no se han visto afectados por la pandemia, incluso hay zonas donde la demanda supera a la oferta y eso hará que en este tipo de viviendas los precios suban.Para hacernos una idea de los distintos precios en la costa, a destacar que el precio de venta de las viviendas en la costa española se incrementó un 0,5% durante el último año, hasta situarse en 1.751 euros/m2, según un estudio publicado por idealista.Las viviendas costeras en Baleares son las que más han subido en el último año, con un incremento del 4,4% en abril. Le siguen los municipios de la Costa del Sol (Málaga), con una variación del 3,1%, y los de la Costa Blanca (Alicante), donde crecieron un 2,6%.Respecto a los alquileres, los precios dependen de las zonas y no están presentando un comportamiento homogéneo en todo el territorio nacional. "Han acusado una evolución a la baja en los grandes núcleos urbanos y en aquellos que venían teniendo una alta presencia de tránsito turístico, pues el pase de viviendas turísticas a alquileres de larga duración ha aumentado la oferta y eso ha hecho bajar los precios; sin embargo, en otras ubicaciones con una presión turística no tan acusada la variación ha sido al alza", responden desde el Consejo General de los Coapis de España.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/precios-alquileres-y-compraventa.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Fri, 04 Jun 2021 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[La Junta de Propietarios NO pueden reunirse.]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/la-junta-propietarios-no-pueden-reunirse-.html]]></link>
<description><![CDATA[LA JUNTA DE PROPIETARIOS NO PUEDEN REUNIRSE.]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Como
consecuencia de las restricciones de aforo por la pandemia, la mayoría de
juntas de propietarios no se han podido celebrar. Vea la nueva legislación
aprobada por el Gobierno a este respecto.

Demoras por la
pandemia Reuniones.&nbsp;Con motivo de las medidas de
prevención del Covid-19, muchas comunidades de propietarios llevan más de un
año sin celebrar juntas, aun cuando es obligatorio su celebración al menos una
vez al año.&nbsp;Apunte.&nbsp;Además de no estar cumpliendo con la
obligación legal de celebración de la junta, esto puede generar problemas por
la falta de toma de decisiones. Por ejemplo, a la hora de reclamar cuotas no
pagadas ?pues es necesario el acuerdo de la junta para poder interponer la
acción legal correspondiente?, si hay que acometer alguna obra de reparación o
mantenimiento, etc.

Nueva normativa.&nbsp;Pues bien, para solucionar esta
situación, el Gobierno ha aprobado un nuevo decreto con una serie de medidas de
carácter excepcional. Vea cuáles son.

Hasta el 31 de
diciembre de 2021

Suspensión.&nbsp;La nueva normativa deja en
suspenso, hasta el próximo 31 de diciembre de 2021, las siguientes
obligaciones:

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
La obligación de convocar y celebrar juntas de propietarios.

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
La de aprobar el plan de ingresos y gastos, las cuentas y el
presupuesto anual.Apunte.&nbsp;En este sentido, se entenderán
automáticamente prorrogados los vigentes, así como los nombramientos del
presidente y el administrador.

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Excepcionalmente, si hubiera que tomar un acuerdo que no pudiera
demorarse hasta esa fecha, la junta podrá reunirse a solicitud del presidente,
o de una cuarta parte de los propietarios, o del número que represente como
mínimo el 25% de las cuotas. Especialmente cuando deban hacerse obras para
eliminar barreras arquitectónicas.

Posibles reuniones de
la junta

Telemáticas.&nbsp;A los efectos de poder llevar a
cabo estas reuniones, la nueva norma prevé la posibilidad de celebrar las
juntas a través de videoconferencia o por conferencia telefónica múltiple,
siempre que:

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Todos los propietarios dispongan de los medios necesarios.&nbsp;Apunte.&nbsp;Será el administrador quien deberá
verificarlo antes de la celebración de la junta.

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
El secretario pueda reconocer la identidad de los propietarios
asistentes a la junta.¡Atención!&nbsp;De hecho, deberá plasmar esta
circunstancia en la propia acta de la junta.

Sin reunión.&nbsp;También se prevé la adopción de
acuerdos sin celebración de junta mediante la emisión de voto por correo postal
o comunicación telemática, siempre que puedan cumplirse las debidas garantías
de participación de todos los propietarios, de identidad del remitente y de
recepción de la comunicación.&nbsp;Apunte.&nbsp;En
este último caso, el presidente solicitará el voto a todos los propietarios
mediante escrito en el que se hará constar la fecha, el objeto de la votación
(que deberá expresarse de manera clara), la dirección habilitada para el envío
del voto, y el plazo para emitirlo (que será de diez días naturales).

A tener en cuenta

Presencialmente.&nbsp;No obstante, siempre podrá
celebrarse la junta de forma presencial cuando se garanticen las medidas de
seguridad aplicables en cada momento.

Impugnación.&nbsp;En todo caso, será motivo de
impugnación de los acuerdos que se adopten el incumplimiento de las garantías
de participación e identificación que marca la ley.

Hasta el próximo 31 de diciembre de 2021 no hay obligación de celebrar
junta de propietarios, aunque en caso necesario podrá reunirse por medios
telemáticos si puede garantizarse la asistencia y la participación.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/la-junta-propietarios-no-pueden-reunirse-.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Tue, 01 Jun 2021 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[Arrendamiento y Covid-19]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/arrendamiento-y-covid-19.html]]></link>
<description><![CDATA[ARRENDAMIENTO Y COVID-19]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Renta.&nbsp;Una sentencia reciente&nbsp;[Jdo. 1ª Inst. nº
20 Barcelona 08-01-2021]&nbsp;ha obligado a un
arrendador a reducir el 50% de la renta del alquiler desde el 1 de abril de
2020 hasta el 31 de marzo de 2021, aplicando la cláusula&nbsp;"rebus sic
stantibus"&nbsp;.&nbsp;Apunte.&nbsp;Se ha considerado que en este
caso (alquiler de un inmueble destinado a arrendamiento de tipo turístico) se
cumplían todos los requisitos para aplicar dicha cláusula: Renta.&nbsp;Una sentencia reciente&nbsp;[Jdo. 1ª Inst. nº
20 Barcelona 08-01-2021]&nbsp;ha obligado a un
arrendador a reducir el 50% de la renta del alquiler desde el 1 de abril de
2020 hasta el 31 de marzo de 2021, aplicando la cláusula&nbsp;"rebus sic
stantibus"&nbsp;.&nbsp;Apunte.&nbsp;Se ha considerado que en este
caso (alquiler de un inmueble destinado a arrendamiento de tipo turístico) se
cumplían todos los requisitos para aplicar dicha cláusula:

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Se ha producido (por
la pandemia) una alteración extraordinaria e imprevisible de los elementos
tenidos en cuenta al firmar el contrato.

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Se ha alterado la base
del negocio, haciendo que el contrato sea excesivamente oneroso para el
arrendatario (ésta acreditó que en 2019 tuvo beneficios, mientras que en 2020
ha sufrido pérdidas elevadas).&nbsp;Apunte.&nbsp;Además, las partes
intentaron llegar a un acuerdo sin éxito (pues el arrendador sólo ofreció una
moratoria en el pago).

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Finalmente, la
solución que se persiga (sea poner fin al contrato o modificarlo) debe ser
equitativa y justa (que las pérdidas y ganancias que se deriven del cambio se
distribuyan entre las partes).&nbsp;Apunte.&nbsp;En este sentido, la
sentencia ha considerado equitativo disminuir la renta un 50%.

Una sentencia reciente
ha obligado al arrendador a reducir un 50% de la renta a causa del Covid-19.]]></content:encoded>
<guid><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/arrendamiento-y-covid-19.html]]></guid>
<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Mon, 26 Apr 2021 00:00:00 +0200</pubDate>
<category><![CDATA[NUESTRAS NOTICIAS]]></category>
</item>
<item>
<title><![CDATA[ARRENDAMIENTOS]]></title>
<link><![CDATA[http://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/arrendamientos.html]]></link>
<description><![CDATA[ARRENDAMIENTOS]]></description>
<content:encoded><![CDATA[Se amplía la prórroga... y la moratoria Si es propietario de una
vivienda arrendada, recuerde que se han prorrogado dos medidas aprobadas a raíz
del Covid-19.

Prórroga.&nbsp;A causa del Covid-19,
se aprobó una prórroga extraordinaria de los alquileres de vivienda que
finalizasen entre el 2 de abril de 2020 y el 31 de enero de 2021.&nbsp;Apunte.&nbsp;Pues bien, ahora se ha ampliado esa posible
prórroga, que se aplica a los contratos en los que la prórroga obligatoria o la
adicional acaben hasta el final del actual estado de alarma (9 de mayo). En
todo caso:

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
No
automática.&nbsp;El plazo máximo de la
prórroga sigue siendo de seis meses, y durante ella se aplican las mismas
condiciones del contrato en vigor.&nbsp;Apunte.&nbsp;Eso sí: el arrendatario debe pedirla y debe
ser un alquiler de vivienda sujeto a la LAU de 1994.

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Necesidad.&nbsp;Si su inquilino pide esta prórroga, usted está
obligado a aceptar.&nbsp;Apunte.Pero no lo estará si le ha comunicado la necesidad de ocupar la
vivienda para sí, para un familiar de primer grado (un hijo, por ejemplo) o para
su cónyuge en caso de separación, divorcio o nulidad matrimonial. Por tanto, si
ése es su caso, aváncese y comunique al arrendatario que necesita la vivienda.

Moratoria.&nbsp;También se ha ampliado
hasta el 9 de mayo el derecho del arrendatario a solicitar una moratoria en el
pago de la renta.&nbsp;Apunte.&nbsp;Si recibe una solicitud de ese tipo, recuerde:

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Gran
tenedor.&nbsp;Usted sólo está
obligado a aceptar si es una entidad o empresa pública o un "gran tenedor de
inmuebles" (personas físicas o jurídicas titulares de más de diez inmuebles
urbanos ?excluyendo los garajes y los trasteros? o de una superficie construida
de más de 1.500 m2&nbsp;).&nbsp;Apunte.&nbsp;También en este caso es necesario que sea un
arrendamiento de vivienda sujeto a la LAU de 1994.

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Vulnerabilidad.&nbsp;Asimismo, es necesario que el inquilino esté
en situación de "vulnerabilidad económica".

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Renta.&nbsp;Si el inquilino lo solicita, comuníquele (en
el plazo máximo de siete días laborables) si opta por reducir el 50% de la
renta (con un máximo de cuatro meses) o por una moratoria en el pago de la
renta (sin que puedan superarse los cuatro meses) En general, le interesará más
la moratoria, para poder cobrar el 100% de las rentas aplazadas.

&nbsp;

·&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;
Se amplía la prórroga
extraordinaria del contrato y la moratoria en el pago. Pero ni una ni otra son
automáticas, y usted, como propietario, tiene algunos derechos.]]></content:encoded>
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<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Thu, 22 Apr 2021 00:00:00 +0200</pubDate>
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<title><![CDATA[Andalucía, valencia y Madrid aguantaron las ventas de viviendas en el 3º Trimestre]]></title>
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<description><![CDATA[ANDALUCÍA, VALENCIA Y MADRID AGUANTARON LAS VENTAS DE VIVIENDAS EN EL 3º TRIMESTRE]]></description>
<content:encoded><![CDATA[La compraventa de viviendas creció un 6,7% interanual en el tercer trimestre de 2020, hasta superar las 132.000 transacciones, según los datos del Mitma. Tras seis meses de caídas, Andalucía, Comunidad Valenciana y Madrid lideraron el volumen de ventas y acapararon el 48% del total. Sin embargo, fue en Asturias (48,7%), Castilla y León (25,9%) y Galicia (22%) donde más aumentaron las ventas frente al verano de 2019. El verano cerró con datos positivos el tercer Trimestre. Según las estadísticas del&nbsp;Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana&nbsp;entre julio y septiembre se contabilizaron 132.006 transacciones de vivienda, el mejor dato en lo que va de un 2020 marcado por la pandemia del coronavirus.El incremento interanual alcanza al 6,7% de media nacional,&nbsp;un 67% si lo comparamos con el trimestre anterior (abril-junio),&nbsp;cuando España se paralizó por el estado de alarma. Recordar que el descenso registrado en el primer y segundo trimestre del año fue de un 16% y un 47%, interanual, respectivamente.La mayor actividad se registró en la obra nueva, con un incremento del 43,6% interanual hasta las 17.333 operaciones, la cifra del año. En el caso de las viviendas de segunda mano, las transacciones también crecieron, aunque de forma más moderada con un 2,7%, hasta las 114.673 ventas. La venta de casas usadas supuso el 86,8% del total de operaciones durante el tercer trimestre.Por regiones,&nbsp;Andalucía (26.917) , Comunidad Valenciana (19.465) y Madrid (17.056)&nbsp;tuvieron un buen comportamiento en cuanto al volumen de transacciones y acapararon el 48% del total. Las tres regiones crecieron un 13,2%, un 6,7% y un 2,7% interanual, respectivamente.Cataluña, recogió 18.451 operaciones entre junio y septiembre, más que en Madrid,&nbsp;tuvo una caída del 7,3%,&nbsp;debido sobre todo a la caída del un 14,5% en Barcelona.Además de Cataluña, el mercado de la vivienda vio descensos en ventas en Baleares (-16,4%), Navarra (-15,7%), País Vasco (-11,4%) y Canarias (-4,8%).Sin embargo en Asturias (48,7%), Castilla y León (25,9%) y Galicia (22%) aumentaron las ventas frente al verano de 2019.TRANSACCIÓN VIVIENDAS 3º TRIMESTRE MITMA]]></content:encoded>
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<author><![CDATA[www.inmonews.es]]></author>
<pubDate>Mon, 28 Dec 2020 00:00:00 +0100</pubDate>
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