OUR NEWS

Noticias y Tendencias Inmobiliarias

Qué pasa con la hipoteca si la casa sufre daños o es destruida

Cuando suceden desastres naturales como inundaciones o incendios es frecuente que surjan preguntas sobre qué pasa con la hipoteca si la casa sufre daños e incluso si es destruida. La respuesta depende de cada caso particular pero, en general, contar con un seguro de hipoteca o un seguro de hogar que cubra la hipoteca es lo mejor que podemos hacer para prevenir estas situaciones. Repasamos algunas consideraciones al respecto.



La casa como garantía de la hipoteca

Lo primero que hay que tener en cuenta es que, cuando vamos a pedir una hipoteca, el banco nos concede el dinero porque tiene una garantía que le permitirá recuperarlo en caso de impago. Esta garantía es la propia vivienda sobre la que recae la hipoteca. Sin embargo, en caso de que la casa sea destruida o dañada, la vivienda ya no constituye una garantía en sí misma, ya que ha perdido el valor que tenía en el momento en el que se realizó la tasación y que fue considerado a la hora de conceder la hipoteca.


El seguro de hogar como seguro de hipoteca

En general, cuando una casa con hipoteca es dañada o destruida, lo primero que debemos hacer es tener en cuenta el seguro de hogar contratado. El seguro de hogar es un seguro con el que el tomador se protege de determinados riesgos que pueden afectar a su casa. Estos riesgos van desde cortocircuitos eléctricos, roturas de las cañerías, accidentes domésticos a inundaciones o incendios, entre otros muchos.


En este sentido, es importante tener en cuenta el artículo 40 de la Ley 50/1980 de contrato de seguro. Este artículo viene a decir que, en caso de que la casa sea dañada o destruida, si el seguro se hace cargo de la hipoteca, el seguro se encargará de realizar el pago de parte de la hipoteca que quede pendiente de amortizar. Además, el banco tendrá una posición preferente a la hora de recibir el dinero. Es decir, que el seguro deberá pagar antes la deuda de la hipoteca y, a continuación, al propietario de la vivienda en las condiciones correspondientes a cada caso.


El Consorcio de Compensación de Seguros

Respecto a situaciones en las que la casa es dañada o destruida completamente, cabe mencionar la importancia tiene el Consorcio de Compensación de Seguros, también denominado simplemente como Consorcio. El Consorcio es una entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.


Las funciones del Consorcio son varias, aunque una de las principales es la de dar cobertura en caso de siniestros de gran magnitud, como por ejemplo el volcán de La Palma, ya que los seguros de hogar no incluyen en sus pólizas este tipo de siniestros. Es decir, en el contrato del seguro de hogar no está estipulado que el seguro cubrirá los gastos derivados de una hipotética erupción volcánica. Sin embargo, en este caso, es el Consorcio de Compensación de Seguros el que interviene para financiar los gastos derivados de este tipo de siniestros, aunque no estén incluidos en la póliza de los seguros convencionales.


No obstante, hay que tener en cuenta que, para poder beneficiarse de cualquier compensación aprobada por el Consorcio, es indispensable contar con un seguro previamente contratado y estar al corriente de los pagos correspondientes.


¿Qué sucede cuando no hay un seguro de hipoteca?

Finalmente, si se da la circunstancia de que no existe un seguro de hogar contratado, la situación es más complicada. En este sentido, lo primero que hay que tener en cuenta es que la deuda contraída con el banco no desaparece por el hecho de que la vivienda haya sido dañada o destruida. Debido a esto, la deuda hipotecaria debe seguir pagándose independientemente de la situación concreta de la vivienda.


En esta situación, podemos encontrarnos con dos casos concretos que son clave a la hora de afrontar la situación:


Grandes catástrofes


En el caso de las grandes catástrofes, por ejemplo la acontecida con el volcán de La Palma, es habitual que la Administración Pública intervenga para paliar el daño causado. En este sentido, si se declara el territorio afectado como zona catastrófica según lo previsto en el artículo 23 de la Ley 17/2015, las personas afectadas tendrán acceso a ayudas económicas concretas y en proporción a su patrimonio inicial. De esta forma, las personas que reciban estas ayudas podrán hacer frente al pago de la hipoteca y, en muchos casos, liquidar la deuda pendiente con el banco.


Desastres particulares

 

Otra situación diferente es la que se da en el caso de no contar con un seguro de hogar pero que, al mismo tiempo, la magnitud del desastre o catástrofe no implique la intervención de la Administración Pública.


¿Es obligatorio el seguro de hogar en una hipoteca?

Por todo lo visto anteriormente, es muy recomendable que, tanto si tenemos una hipoteca como si no, contratemos un seguro de hogar, aunque no es obligatorio por ley. Es obligatorio contar con un seguro de hogar, pero no que vaya ligado al préstamo.


No obstante, también hay que tener en cuenta que, actualmente, casi todos los bancos exigen disponer de un seguro de hipoteca a la hora de conceder el préstamo. Por tanto, contratar un seguro de hogar se convierte en una de las formas más fáciles y sencillas para mejorar las condiciones si estamos pensando en solicitar una hipoteca en cualquier entidad bancaria. Además, es la mejor forma de evitar vernos en la hipotética situación de sufrir un desastre y vernos sin casa, pero con una deuda que pagar.

Mas info: https://www.inmobiliariaoficasa.com/blog/