¿Sabía que por
el mero hecho de superar los 300 metros cuadrados construidos una vivienda ya
es considerada suntuaria y, por tanto, su arrendatario no tiene la protección
de la LAU? Vea cómo puede beneficiarle esta circunstancia.
Características. Al contrario de lo que pueda parecer
inicialmente, una vivienda suntuaria no tiene por qué ser un palacio. Con que
tenga más de 300 metros cuadrados o se pague una renta inicial superior a 5,5
veces el salario mínimo interprofesional (5.225 euros), ya queda fuera de la
regulación habitual. ¡Atención! Además, estos contratos no son tan
excepcionales: las viviendas unifamiliares amplias son muy buscadas entre
personas que, por trabajo, deben desplazarse temporalmente a otra región con
sus familias.
Excluida
de la protección de la LAU. Si
usted tiene una casa con varias plantas, verifique si alcanza los 300 metros
cuadrados construidos. De ser así, podrá arrendarla sin quedar sujeto a la
normativa obligatoria prevista en la LAU:
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Así, en la mayoría de cláusulas podrá fijar las condiciones que
más le convengan, sin que le apliquen las limitaciones que en los
arrendamientos normales fija la ley para proteger al inquilino.
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¡Atención! Eso sí: en aquello que no concrete se
aplicará la LAU, por lo que le conviene asegurarse de lo que le interesa
negociar.
Duración. En estos contratos el arrendatario no puede
obligarle a una duración mínima, de modo que podrá fijar la que más le convenga
e incluso establecer una duración obligatoria.Apunte. En este último caso, puede exigir el
cumplimiento íntegro o pactar también una indemnización por resolución
anticipada por parte del arrendatario.
Renta. Podrá pactar aumentar la renta como
considere (por ejemplo, a los seis meses), sin que necesariamente se aplique el
IPC.
Obras. Tal vez lo más interesante de este tipo de
contratos es poder pactar cualquier cosa en cuanto a las obras:
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Puede pactar, por ejemplo, que todas las obras vayan a cargo del
arrendatario, incluso las de mantenimiento, al contrario de lo que ocurre en
los contratos de arrendamiento ordinarios. ¡Atención! Páctelo expresamente
para evitar que el arrendatario alegue que, al no decir nada, se aplica la LAU,
pues entonces las obras de mantenimiento irían a su cargo
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Otra posibilidad muy habitual es pactar que el arrendatario deba
pedir permiso para hacer el más mínimo cambio, aunque sea un beneficio (como
instalar fibra óptica).
Fianza. Lo habitual es aplicar lo mismo que a los
arrendamientos de vivienda ordinarios (depósito de un mes de renta en el
organismo competente). No obstante, puede exigir el importe que considere oportuno,
sin límite legal, o un aval bancario por el importe que considere. ¡Atención! Sepa que las comunidades autónomas pueden
tener sus propias regulaciones; compruébelo antes.
Derechos. Debe pactar la renuncia al derecho de
adquisición preferente en caso de venta de la vivienda, y también que el
inquilino ni puede cederla ni subarrendarla (si no dicen nada, el arrendatario
tiene dichos derechos). Además, usted también podrá prohibir ejercer algunas
actividades, como desarrollar un negocio en el inmueble o domiciliar
sociedades.
Disputas. Si tuviera que recurrir al juzgado, sepa
que la ley obliga a acudir al tribunal del domicilio donde se encuentre la
vivienda. ¡Atención! No será válido el pacto que disponga otra
cosa.
Estos
arrendamientos permiten un amplio margen de negociación, ya que no quedan
limitados por la protección que la LAU presta al arrendatario, de modo que
usted puede pactar libremente plazos, incremento de la renta o cargar todas las
obras a su inquilino.