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Alquileres y fin del estado de alarma

Prórroga. Con el fin del estado de alarma, el Gobierno ha prorrogado las medidas extraordinarias aplicadas hasta ahora a los arrendamientos de vivienda para mitigar los efectos de la pandemia:



·         Arrendatarios. Se prolonga hasta el 9 de agosto de 2021 la posibilidad para los arrendatarios en situación de vulnerabilidad de instar el aplazamiento temporal en el pago de la renta, así como la suspensión del desahucio o lanzamiento (se haya suspendido o no previamente).

·         Arrendadores. Se prorroga hasta el 9 de septiembre de 2021 la posibilidad de solicitar la compensación económica por el retraso de la Administración en adoptar medidas.

·         Fin contrato. También se aplica la prórroga extraordinaria de seis meses a los contratos que finalicen antes del 9 de agosto de 2021, a solicitud del arrendatario y sin necesidad de consentimiento del arrendador, excepto pacto de otras medidas o comunicación de la necesidad de recuperar la vivienda para residencia habitual del arrendatario o sus familiares.

Se prorrogan las medidas adoptadas en materia de arrendamientos y el plazo del arrendador para solicitar su compensación.