Precauciones ante el
impago de renta
Antes
de alquilar un inmueble, conviene elegir bien al inquilino para prevenir
impagados. Vea algunas medidas que puede adoptar.
Fianza. Además
del mes de fianza que establece la ley, pida otras garantías adicionales (más
mensualidades de fianza, un aval, un seguro...). ¡Atención! En arrendamientos de vivienda inferiores a
cinco años (siete años si usted es persona jurídica), la fianza no puede
superar dos mensualidades de renta.
Estudio
del candidato. Solicite documentación
que acredite la solvencia económica y la estabilidad laboral del interesado.
Además del contrato laboral y las últimas nóminas, pida la vida laboral y la
declaración de la renta. Apunte. Esta información le permitirá ver su
trayectoria laboral, así como saber si en caso de perder el trabajo tendrá
derecho a una prestación por desempleo o si dispone de ahorros u otros recursos
económicos.
Seguro. Valore
contratar un seguro que cubra los principales escenarios en los que se pueda
encontrar. Pedir presupuesto a una compañía de seguros le permite comprobar si
el arrendatario es solvente, que no figura en ningún registro de morosos, que
no tiene deudas, etc. Y si se decide a contratar, los riesgos asegurables son:
Impago
del alquiler . Puede contratarse
una cobertura de seis, nueve o hasta doce meses de impago. Apunte. Además,
también puede darse cobertura a las deudas por impago de suministros e incluso,
en caso de siniestro (explosión, incendio...), puede indemnizarse al
propietario por las rentas dejadas de cobrar mientras dure la reparación.
Defensa jurídica .
Cubre cualquier reclamación judicial, ya sea por impago de rentas o por
expiración del plazo del contrato, incluido el desahucio. Apunte. También
pueden incluirse reclamaciones por obras de reparación o mantenimiento. Y suele
ofrecerse un servicio de asistencia jurídica telefónica ilimitada, para
resolver dudas.
Actos vandálicos .
Algunas compañías cubren desperfectos de cierta entidad ocasionados por el
inquilino intencionadamente en la vivienda.
Coste. El
coste del seguro no suele exceder de entre el 3 y el 5% del coste anual de la
renta (para una renta mensual de 800 euros, el seguro tendrá un coste de entre
280 y 460 euros al año). Apunte. Además, contratar este seguro no supondrá superar las
garantías máximas previstas por la ley para los arrendamientos de vivienda.
Pacte
garantías adicionales ?como más fianza o un aval? y valore contratar un seguro,
que además le puede servir para comprobar la solvencia del futuro inquilino.
Mas info: https://www.inmobiliariaoficasa.com/