Conocer y cumplir con la ley del ruido es fundamental para garantizar nuestra propia calidad de vida y la de nuestro entorno. Esta normativa no solo protege la salud auditiva de las personas, sino que también promueve la convivencia pacífica entre vecinos y el respeto por el entorno.
Además, el cumplimiento de estas regulaciones contribuye a evitar conflictos y disputas entre individuos y fomenta un ambiente más seguro y armonioso para todos. Asimismo, cumplir con los horarios de ruido es esencial para preservar el bienestar tanto físico como emocional de las personas, así como para mantener el equilibrio ambiental en nuestras ciudades y pueblos.
El Real Decreto 1513/2005 de 16 de diciembre, consolidado a 24 de octubre de 2007, tiene como objetivo desarrollar la Ley 37/2003 del Ruido. Aquí se establecen las directrices sobre el control del ruido, sin embargo, son las comunidades autónomas y los municipios los que tienen la última palabra a la hora de fijar los horarios y niveles de ruido permitidos.
Mapas estratégicos de ruido que determinan la exposición de la población al ruido ambiental y la adopción de planes de acción para prevenir y reducir dicho ruido, especialmente cuando puede tener efectos nocivos en la salud humana. También pone énfasis en la importancia de informar a la población sobre el ruido ambiental y sus efectos, así como sobre las medidas de prevención y corrección adoptadas.
La respuesta depende de lo que diga la ordenanza municipal aplicable en el domicilio en el que se encuentre el inmueble. Por lo general, los municipios permiten el ruido de lunes a viernes, de 8.00 de la mañana a 21.00 o 22.00 de la noche, mientras que los fines de semana y días festivos este horario se reduce de 9.30 a 21.00.
En cualquier caso, esto no significa que todo valga durante el día: aunque es posible tolerar más ruido durante el horario de actividad, deberemos tener cuidado y evitar ruidos constantes y/o muy elevados: normalmente las ordenanzas también establecen límites diurnos.
Como hemos comentado, existen diferencias entre localidades. Por ejemplo, en comunidades autónomas como Andalucía, el horario para regular el ruido es de 8.00 a 21.00 p.m. Sin embargo, en ciudades como Sevilla hay dos tramos horarios: de 8.00 a 15.00 y de 17.00 a 21.00. Mientras que en Málaga, el horario es de 8.00 a 22.00.
A modo de ejemplo, la ordenanza de ruido en Madrid (en concreto, la Ordenanza de Protección contra la Contaminación Acústica y Térmica (OPCAT), del año 2011), define los siguientes horarios:
Para responder esta pregunta habrá que atender a lo que diga la normativa del ayuntamiento correspondiente y, en concreto, a la ordenanza municipal aplicable, en la que se especificarán cuáles son las horas de descanso y cuáles no.
En realidad, no se puede hacer "ruido" ni de día ni de noche, ya que, siempre que sobrepasemos los decibelios indicados por la ordenanza municipal con respecto al ruido diurno o nocturno permitidos, estaremos exponiéndonos a multas y denuncias.
Como norma general, la hora tope varía entre las 21.00 y las 22.00, independientemente de si es o no fin de semana.
Las ordenanzas municipales contemplan el número de decibelios que se permiten en las viviendas, en cuyo caso se tendrán en cuenta tanto la estancia de la casa, como el horario. En general, durante el horario diurno está prohibido superar los 35-40 decibelios y durante el nocturno los 25-30. Por debajo de estos decibelios, se pueden hacer fiestas, obras y lo que se desee.
Por ejemplo, si nos fijamos en el límite de decibelios permitidos en dormitorios, en Andalucía el tope está en 40 en el horario de día y 30 en el de por la noche; en Barcelona y en Madrid durante el día no se pueden sobrepasar los 30 y por la noche los 25.
Según la Ley del Ruido, el horario para acometer obras en una casa es de lunes a viernes, y se puede hacer ruido desde las 8.00 de la mañana hasta las 21.00 o las 22.00 de la noche. Como norma general, aunque depende una vez más de los ayuntamientos, se podrá utilizar maquinaria (taladros, etc.) de 8.00 de la mañana a 20.00 de la tarde.
Se podrá llamar a la policía por ruidos siempre se estime que se están superando los niveles permitidos. No es necesario disponer de un sistema de medición de decibelios: los propios agentes de policía se encargarán de medir el nivel de ruido para, en su caso, apercibir al responsable o incluso multarle.
Es preferible intentar dialogar para que cese la actividad molesta antes de llamar a la policía con el fin de mantener un buen clima. En caso de que no atienda a tus necesidades, será el momento de tomar medidas.
Superar los límites y horarios determinados por cada municipio está castigado con multas que suelen oscilar entre los 750 y 3.000 euros, si bien las cuantías dependerán de lo que diga la ordenanza municipal correspondiente.
Por ejemplo, las multas por ruido en casa en Madrid pueden clasificarse en leves, graves o muy graves dependiendo del grado de infracción incumplido:
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